ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Estructura Del Poder Judicial

124418039 de Febrero de 2014

2.371 Palabras (10 Páginas)367 Visitas

Página 1 de 10

Estructura del poder judicial:

Poder Judicial:

Es el poder encargado de administrar justicia, ordena concretamente que el poder judicial corresponde conocer de las causas y asuntos civiles, mercantiles, penales, del trabajo, de menores, militares, políticos y fiscales, sin distingo de las personas que intervengan en ellos; decidirlos definitivamente y ejecutar o hacer ejecutar las sentencias que dictare, la justicia se administra en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela.

La nueva estructura del Poder Judicial prevista dentro del marco de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, señala como atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia la dirección, gobierno, y administración del Poder Judicial, así como la inspección y vigilancia de los Tribunales de la República y Defensorías Públicas. Igualmente le corresponde la elaboración y ejecución tanto de su propio presupuesto como del Poder Judicial; la autonomía, organización, funcionamiento, disciplina e idoneidad del servicio de la Defensa Pública y promover la descentralización administrativa y jurisdiccional de dicho Poder.

2.- Funcionamiento de los diferentes órganos que forman el Poder Judicial

1) El Tribunal Supremo de Justicia

2) Los demás Tribunales de la Republica.

3) El Ministerio Público.

4) La Defensoría del Pueblo.

5) La Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

1.- El Tribunal supremo de justicia: Art. 1 LOTSJ.

El tribunal supremo de justicia constituye parte del sistema de justicia, es el máximo órgano y rector del poder judicial y goza de autonomía funcional, financiera y administrativa. El Tribunal Supremo de Justicia es el más alto tribunal de la Republica, contra sus decisiones, en cualquiera de sus salas, no se oirá, ni admitirá acción o recurso alguno.

ORGANIZACIÓN JUDICIAL VENEZOLANA

Tribunal Supremo de Justicia.

1) Sala constitucional: Que maneja todo lo que sea inconstitucional. Esta por encima de la ley.

2) Sala político administrativa: Que es donde se maneja el contencioso administrativo.

3) Sala electoral: Donde se maneja todos los asuntos electorales del país.

Cuando se habla de electorales no es solamente la parte del CNE OJO es de los sindicatos, es la de todos organismos que tenga elecciones.

4) Sala de casación civil: Que maneja todo lo que sea civil y mercantil en ultima instancia.

5) Sala penal: La cual maneja todos los asuntos de materia penal.

6) Sala de casación social: Maneja la materia laboral.

Jurisdicción Ordinaria Civil

1) Corte de apelaciones o juzgados superiores:

Estará constituida por tres jueces profesionales.

Deberes de la corte de apelaciones en materia civil:

a) Conocer en apelación de las causas e incidencias decididas por los tribunales de primera instancias en lo civil, y de los recursos de hecho;

b) Conocer de las solicitudes sobre legitimación de hijos, en conformidad con el Código Civil;

c) Ejercer las funciones que en materia civil les señalen las leyes.

Los juzgados superiores estarán constituidos por un juez, un secretario y un alguacil.

Deberes de los juzgados superiores en materia civil:

1º Conocer en apelación de las causas e incidencias decididas por los tribunales de primera instancia en lo civil, así como también en los casos de consulta ordenados por la ley y de los recursos de hecho.

2º Conocer de las solicitudes sobre legitimación de hijos, en conformidad con el Código Civil.

3º Ejercer las funciones que en materia civil les confieran las leyes nacionales.

2) Tribunales de Primera Instancia en materia civil.

(Conocen de las causas cuya cuantía excede a 5 millones de bolívares)

Los jueces de primera instancia civil actuarán como jueces unipersonales en la forma y con la competencia establecida en el Código de Procedimiento Civil y en las demás leyes; o como presidentes de los tribunales integrados con participación ciudadana que se establecieren.

Deberes y atribuciones de los jueces de primera instancia en materia civil.

1º Conocer en la primera instancia de todas las causas civiles que les atribuya el Código de Procedimiento Civil.

2º Conocer de los juicios en que la República sea parte, cuyo conocimiento no esté atribuido a la Corte Suprema de Justicia.

3º Conocer de los procesos fiscales relativos a impuestos nacionales, cuyo conocimiento no esté atribuido por la ley a otro tribunal.

4º Conocer en segunda y última instancia de las causas e incidencias civiles decididas en primera instancia por los juzgados de Municipio, así como también de los recursos de hecho.

3) Juzgados de Municipio (Conocen de las causas cuya cuantía no exceda de 5 millones de bolívares)

Los jueces de municipio actuarán como jueces unipersonales.

Los juzgados de municipio serán ordinarios y especializados en ejecución de medidas.

Los juzgados ordinarios tienen competencia para:

1º Conocer en primera instancia de las causas civiles y mercantiles cuyo interés, calculado según las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, no exceda de cinco millones de bolívares.

2º Ejercer las atribuciones que les confiere la Ley de Registro Público.

3º Conocer en primera instancia de los juicios de quiebra de menor cuantía.

4º Conocer de los juicios de deslinde, de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil.

5º Recibir manifestaciones de esponsales y presenciar la celebración de matrimonios.

6º Proveer lo conducente en los interdictos prohibitivos, de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil.

7º Las demás que les señalen las leyes.

Los juzgados especializados en ejecución de medidas tienen competencia para cumplir las comisiones que le sean dadas por los tribunales de la República, de acuerdo con la ley.

Desde el artículo 288 al 298 del código de procedimiento civil nos habla sobre la apelación y el 312 del mismo código nos habla cuando se propone el recurso de casación ante el tribunal supremo de justicia en sala civil.

Jurisdicción ordinaria penal.

1) Corte de Apelaciones

a) Conocer en apelación de las causas e incidencias decididas por los tribunales de primera instancia en lo penal;

b) Ejercer las atribuciones que les confieren el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y las demás leyes nacionales.

2) Tribunales de primera instancia.

Los jueces de primera instancia penal actuarán como jueces unipersonales, como presidentes de los tribunales mixtos y como presidentes de los tribunales de jurados en la forma y con la competencia establecida en la ley procesal penal y demás leyes.

3) Deberes y atribuciones de los jueces de primera instancia en materia penal.

1º Conocer en primera instancia de las causas en materia penal cuyo conocimiento no esté atribuido al tribunal.

2º Conocer de todas las causas o negocios de naturaleza penal, que se les atribuyan.

Jurisdicción ordinaria especializada

1) Jurisdicción laboral: Conoce de todos los conflictos entre patrono – trabajador. 1ra instancia a cargo de tribunales unipersonales. 2da instancia integrado por 3 jueces y 2 secretarios.

2) Jurisdicción de Transito: Donde no haya tribunales de transito se remiten a civil.

3) Jurisdicción contenciosa administrativa: Corresponde al tribunal supremo de justicia son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho.

Los tribunales de carrera administrativa fueron eliminados, pero hay tribunales de 1ra, 2da, 3ra y 4to de transición, para que conozcan y decidan lo referente a los problemas de carrera administrativa, son unipersonales. Corte 1ra contenciosa administrativa fue eliminada.

Los tribunales contencioso administrativo conocen de casación en sala político administrativa.

4) Jurisdicción agraria: Tenemos tribunales de 1ra y 2da instancia y conocen de casación en sala social.

5) Jurisdicción inquilinaría: Área de arrendamiento inmobiliario, no existe contencioso administrativo se ventila por la parte civil.

6) Jurisdicción fiscal: Conoce sobre impuesto sobre la renta.

7)

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (16 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com