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Expediente policial


Enviado por   •  30 de Agosto de 2018  •  Documentos de Investigación  •  24.238 Palabras (97 Páginas)  •  990 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE PUNTO FIJO

ASUNTO PRINCIPAL: FJH-2017-02

ASUNTO: FJH-2017-02

INTERVINIENTES: ANGEL LOPEZ, anexa folios útiles. -   el asunto al cual se asigno el numero FJH-2017-02

IMPUTADO: PEDRO JOSE RUIZ TEXEIRA

MOTIVO:                   PRESENTACION DE IMPUTADO

VICTIMA: MARIO JESUS ROCA DURANA

DELITO: CONTRA LAS PERSONAS, PORTE ILICITO DE ARMAS Y VIOLACION AGRAVADA DE DOMICILIO.

PROCEDENCIA:   FISCALIA 13 DEL MINISTERIO PÚBLICO

FECHA DE ENTRADA: 09/02/2017

CONCLUSIÒN

TERMINADO:

Fecha terminación:

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA – MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ – CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS – DELEGACIÓN DEL ESTADO FALCÓN - SUB DELEGACIÓN PUNTO FIJO – PUNTO FIJO 9 DE FEBRERO DE 2017.

ACTA POLICIAL FJH-2017-02

En esta misma fecha, siendo las 12:45 horas de la tarde, quienes suscriben, compareció por ante este despacho el funcionario DETECTIVE JOSÉ ARTEAGA, C.I.V.- 11.576.894, adscrito a la Sub Delegación del C.I.C.P.C Punto Fijo, ubicada en la calle Falcón, Sector Centro, amparados en los artículos 113, 114, 115, 116, 117,  191, 193, 266, 153,186 y 187 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24, numeral 13 del artículo 25, artículo 40 y artículo 42 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y El Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, quien de conformidad con lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, deja constancia de las siguientes actuaciones policiales: “el día 09 de Febrero del 2017 aproximadamente a las 11:30 minutos de la mañana se recibió una llamada realizada por la señora Andrea Toro a la Policía Municipal Bolivariana de Carirubana, reportando que en una casa de familia ubicada en el conjunto residencial Las Tres Carabelas, Santa Irene, Torre B apartamento siete B uno, se había producido un hecho de sangre a tal manera de ocasionar la muerte a una persona de sexo masculino mediante disparo de arma de fuego; y que la persona que había perpetrado, estaba escapando, identificado como PEDRO RUIZ, cuyas identificaciones físicas corresponden a un sujeto de 1.70m aproximadamente, barba poblada, tez blanca, camiseta blanca. Lo que se procedió pasar la novedad directamente al oficial del día COMISARIO ANTONIO FANEITE, inmediatamente se constituyó una comisión integrada por cinco (05) efectivos del C.I.C.P.C identificados como AGENTE AUGUSTO ANDRADE, C.I.V.- 13.329.078, AGENTE IBRAHIM ESCALONA, C.I.V.- 13.654.210, AGENTE EDUARDO MACHADO, C.I.V.- 18.542.990, AGENTE FRANCISCO GARCIA, C.I.V.- 17.435.793 al mando del COMISARIO ANTONIO FANEITE, en vehículos de la delegación marca Toyota, placas “GLH-95J” y “AE350UG”, con el fin de atender dicha denuncia, procedimos a dirigirnos de forma rápida al lugar donde habían ocurrido los hechos, al llegar al sitio nos desplegamos en diferentes puntos de la zona, de Santa Irene donde me traslade en compañía del funcionario ANDRADE situándonos en la calle Tumarusa que esta al lado del conjunto residencial Tres Carabelas avistando un sujeto con comportamiento sospechoso, el cual tenia las mismas características antes mencionadas, trepando una pared de bloques del lado izquierdo de dicho conjunto residencial, cumpliendo con las características descritas en la denuncia y teniendo en su camiseta manchas rojas la cual se presume como sangre y cerca de el un arma de fuego tipo Pistola Marca Pietro Beretta 92 calibre 9MM (objeto de que fue despojado) identificado como PEDRO RUIZ quien al observar a la comisión presentó una actitud nerviosa, y relacionando las características dichas en la denuncia y el sujeto antes identificado quedo aprehendido, puesto a la orden del Ministerio Publico, para las averiguaciones correspondientes, por la presunta comisión de un delito de Homicidio, hecho antijurídico tipificado en el articulo 405 del Código Penal y se le informaron sus derechos, contenidos en el Artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte los agentes ESCALONA, MACHADO Y GARCIA se dirigieron a la residencia donde habían ocurrido los hechos encontrándose con el occiso MARIO ROCA, junto a él estaba su esposa la señora MIRTHA BOLAÑES, y algunos vecinos que habían escuchado los disparos,  se procedió al levantamiento del cuerpo y a requerirle a la Sra. Bolaños que se dirigiera a la Sub Delegación a que prestara testimonio de lo que había ocurrido, para que diera su versión de los hechos referente a lo acontecido con el fin de que se realizara formalmente las investigaciones pertinentes. Posteriormente se procedió a realizar llamada telefónica al Abogado ANGEL DIAZ, Fiscal XIII del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a quien se hizo conocimiento del caso específico y la realización de las siguientes actuaciones complementarias: 1- Que se les efectuó la respectiva reseña de Ley en el C.I.C.P.C Sub-Delegación Punto Fijo del Estado Falcón, 2- trasladar a la Sub delegación del C.I.C.P.C de Punto Fijo al presunto homicida para iniciar el procedimiento. 2- trasladar a la Sub delegación del C.I.C.P.C de Punto Fijo el armas de fuego tipo Pistola Marca Pietro Beretta 92 calibre 9MM para las respectivas experticias, que se realizaran las actuaciones pertinentes al caso y fueran remitidas a su despacho. Se terminó, se leyó y para dar fe, conformes firman:

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COMISARIO ANTONIO FANEITE                              DETECTIVE JOSÉ ARTEAGA

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AGENTE IBRAHIM ESCALONA                                    AGENTE EDUARDO MACHADO

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AGENTE FRANCISCO GARCIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.[pic 2]

GOBERNACION BOLIVARIANA DEL ESTADO FALCÓN.

SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA.

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