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FORMATO DE DEMANDA


Enviado por   •  14 de Agosto de 2014  •  2.225 Palabras (9 Páginas)  •  352 Visitas

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ASUNTO: SE PROMUEVE DEMANDA DE NULIDAD EN CONTRA DE LAS RESOLUCIONES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAS. MULTAS POR INFRACCIONES ESTABLECIDAS EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

H. SALA REGIONAL DEL NORTE CENTRO II

DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL

Y ADMINISTRATIVA EN TURNO.

PRESENTE.

GRUPO CAMAR CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V., por propio derecho, con Registro Federal de Contribuyentes GCCO50125HW4, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Libramiento Periférico Gómez-Lerdo km 3.94, Colonia Primavera entre Malvas y Leonardo Rodríguez, Gómez Palacio Durango, Código Postal 35043; autorizando en términos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, al Licenciado en Derecho XXXX XXXXXXXX, con número de registro 00,000 a foja 0000 del Libro XXX del Registro de Cédulas de la Secretaría General de Acuerdos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como a los CC. XXXXXXX XXXXXXX y XXXXXXX, ante ésa H. Sala Fiscal con el debido respeto comparezco para exponer:

Que con fundamento en lo dispuesto por los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 13, 14, 15, 16, 19, 30, 40, 42, 50, 51, 52, 53, 58-1, 58-2 fracción V en relación con la fracción I del mismo dispositivo,58-3 y demás relativos aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los diversos artículos 1, 2, 3, 14, fracciones III y XIV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, vengo en tiempo y forma a interponer demanda de nulidad en vía sumaria en contra de la resolución negativa ficta recaída al recurso de revocación interpuesto el 9 de julio de 2012 ante la Administración Local Jurídica de Torreón.

En cumplimiento a lo previsto por el artículo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, manifiesto:

I.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDANTE:

GRUPO CAMAR CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V., con domicilio fiscal en Libramiento Periférico Gómez-Lerdo km 3.94, Colonia Primavera entre Malvas y Leonardo Rodríguez, Gómez Palacio Durango, Código Postal 35043; MISMO QUE SEÑALO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS

II.- RESOLUCIONES IMPUGNADAS:

Resolución NEGATIVA FICTA recaída al recurso de revocación interpuesto ante la Administración Local Jurídica de Naucalpan, en fecha 01 de febrero de 2012, en el cual se impugnaron los siguientes créditos fiscales:

por no proporcionar la información mensual de operaciones con terceros en el plazo establecido en el artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al mes de agosto de 2011

III.- AUTORIDADES DEMANDADAS:

a) El Presidente del Servicio de Administración Tributaria.

b) El Administrador Local Jurídico de Naucalpan.

IV.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCER INTERESADO.

En el presente caso se estima que no existe.

V.- HECHOS.

1.- Con fundamento…….

2.- Niego lisa y llanamente….

3.- ……...

C O N C E P T O S D E I M P U G N A C I Ó N

PRIMERO.- La Resolución NEGATIVA FICTA recaída al recurso de revocación interpuesto ante la Administración Local Jurídica del Naucalpan , en fecha 01 de febrero de 2012, en el cual se impugnaron los siguientes créditos fiscales:

a) El crédito fiscal número 2759306, contenido en la resolución con número de control 160641ab253242, de fecha 09 de noviembre de 2011, emitido por el Administrador Local de Servicios al Contribuyente de Naucalpan, por medio de la cual se me impone una multa en cantidad de $8,410.00, (ocho mil cuatrocientos diez pesos 00/100 m.n.), por no proporcionar la información mensual de operaciones con terceros en el plazo establecido en el artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al mes de julio de 2011.

b) El crédito fiscal número 2759303, contenido en la resolución con número de control 160641AB253233, de fecha 09 de noviembre de 2011, emitido por el Administrador Local de Servicios al Contribuyente de Naucalpan, por medio de la cual se me impone una multa en cantidad de $8,410.00, (ocho mil cuatrocientos diez pesos 00/100 m.n.), por no proporcionar la información mensual de operaciones con terceros en el plazo establecido en el artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al mes de agosto de 2011

Por otra parte, del contenido de los cardinales 37 y 131 del Código Fiscal de la Federación, se advierte que el plazo de tres meses para la actualización de la negativa ficta, por regla general, debe computarse a partir de la presentación del recurso de revocación ante la autoridad administrativa y excepcionalmente correrá a partir del desahogo de la prevención o requerimiento que se le haga al promovente, en el supuesto de ser necesario para que la autoridad esté en condiciones de pronunciarse al respecto. Si en la especie, el recurso se presentó ante la Administración Local Jurídica del Sur del Distrito Federal el 01 de febrero de 2012, es evidente que al día que se promueve el presente juicio de nulidad, ha transcurrido en exceso el plazo de tres meses, por lo cual es dable colegir que se ha configurado la negativa ficta que hoy se impugna.

Al respecto tiene aplicación la siguiente tesis de jurisprudencia.

Registro No. 163315

Localización:

Novena Época

Instancia: Segunda Sala

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

XXXII, Diciembre de 2010

Página: 586

Tesis: 2a./J. 156/2010

Jurisprudencia

Materia(s): Administrativa

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