Finanzas Del Estado Mexicano
niponnet17 de Agosto de 2014
5.936 Palabras (24 Páginas)579 Visitas
FINANZAS DEL ESTADO
A la intensa, compleja e importante actividad que realiza el Estado para recaudar los recursos pecuniarios que precisa para cumplir con sus atribuciones y que se efectúa sin ánimo de lucro, se le conoce como actividad financiera del Estado, estudiada por el Derecho Financiero
Esta actividad se desarrolla en tres etapas:
1. obtención;
2. manejo (administración) y;
3. erogación (gasto)
Clasificación de los ingresos del Estado
• Ordinarios: son los que se fijan en la Ley de Ingresos
• Extraordinarios: aquellos que eventualmente llega a fijar el poder público para hacer frente a una situación
Vías de ingreso
Estos ingresos los obtiene el Estado por vías de Derecho Privado como serían los que provienen de su actividad industrial o comercial estando el Estado en igualdad de circunstancias ante los particulares, o bien por vías Derecho Público conocido también como ingreso público o estatal actuando como ente soberano entre las que se encuentran los Impuestos, Derechos fiscales o tasas, Cuotas de Seguridad Social, Contribuciones de mejoras y Aprovechamientos, para que exista unas finanzas sanas por parte del Estado, tendríamos que estar hablando de que el ingreso público sea suficiente para cubrir el gasto público.
Todo con fundamento en lo señalado en el artículo 31 constitucional sobre las obligaciones de los ciudadanos fracción IV, así como en el artículo 1º del Código Fiscal de la Federación que señalan que es obligación de los ciudadanos contribuir para los gastos públicos, en sus tres órdenes de gobierno, dependiendo de la ubicación de su residencia, de manera proporcional y equitativa tal y como lo dispongan las leyes.
INGRESOS POR VÍAS DE DERECHO PRIVADO
Productos
Se les define como contraprestaciones por los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por la enajenación, uso o aprovechamiento de bienes de dominio privado.
Algunos autores los consideran como ingresos que se obtienen por vías de derecho público, en virtud de que el monto estimado que se calcula a percibir durante el año, está contemplado en la Ley de Ingresos de la Federación para Ejercicio Fiscal correspondiente, junto con todas las formas de adquirir ingresos por vías de derecho público.
INGRESOS POR VÍAS DE DERECHO PÚBLICO
1. Impuestos
Los define el artículo 2º del Código Fiscal de la Federación como Las prestaciones en dinero o en especie que fija la ley con carácter general y obligatorio, a cargo de personas físicas o morales para cubrir los gastos públicos
Características del impuesto
a) Prestación en la que el particular no recibe nada determinable a cambio
b) Lo pagan las personas tanto morales como físicas
c) Se cubre en dinero y excepcionalmente en especie
d) Es general
e) Es obligatoria
Elementos del impuesto
1. Sujetos
2. Objeto
3. Fuente
4. Cuota
Sujetos del Impuesto
• Activos: los que fijan, liquidan y recaudan, siendo estos la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios
• Pasivos, las personas obligadas al pago
• Objeto del impuesto: Las circunstancias de hecho que motivan el que una persona sea obligada a pagar
• Fuente: La actividad económica grabada por el legislador
• Cuota: La cantidad líquida que el sujeto pasivo tendrá que aportar una vez que se haya colocado en el supuesto señalado por la ley
2. Aportaciones de Seguridad Social
Considerada en el Código Fiscal de la Federación como una categoría especial dentro de los ingresos públicos, las define como las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionada por el mismo estado.
3. Derechos Fiscales o Tasas
En la Ley de Ingresos de la Federación se plasma el total de los montos a percibir y en la Ley Federal de Derechos, se regula, conceptúa y señala el costo de los servicios, cantidades que se actualizan por resolución de la Miscelánea Fiscal, cuando ésta se presenta por el ejecutivo dentro del paquete económico.
4. Ley Federal de Derechos
Son las contribuciones que se pagan por recibir servicios que presta el Estado y por el aprovechamiento de los bienes de dominio público de la nación.
Se exceptúan los servicios prestados por organismos descentralizados u órganos desconcentrados, si en el segundo caso, las contraprestaciones no están consideradas en la Ley.
Por regla general, los derechos que se cobran por la prestación de servicios, se relacionan con el costo total del servicio, excepto cuando los cobros tengan un carácter racionalizador.
La actualización de los derechos se da cuando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor, desde el mes de la última actualización, exceda del 10%.
5. Contribuciones de mejoras
Aquellas establecidas en la ley con cargo a las personas físicas o morales que se beneficien de manera directa o indirecta por las obras públicas.
Como ingresos accesorios a las contribuciones, el Código Fiscal de la Federación contempla los recargos, las sanciones (multas), los gastos de ejecución y la indemnización señalada en el párrafo séptimo del artículo 21
ACCESORIOS
1. Recargos: Cantidades adicionales que el particular debe cubrir, aparte del crédito fiscal, en virtud de no haberlo cubierto en su momento al fisco
2. Multas: El Código Fiscal de la Federación les llama sanciones, término que no expresa su concepto, ya que existen otras sanciones administrativas aparte de las pecuniarias, se les debe definir como sanciones pecuniarias que aplica la autoridad en castigo a las transgresiones que haga una persona física o moral a las disposiciones legales
3. Gastos de Ejecución: Pago del 2% del crédito fiscal, que se carga a las personas físicas y morales por cada diligencia que se lleve a cabo, como consecuencia de haber ejercido el procedimiento administrativo de ejecución para hacer valer un crédito fiscal.
4. Indemnización: Equivalente al 20% del valor de los cheques recibidos en tiempo que no sean pagados, valor que se cobrará más el valor del cheque
OTROS INGRESOS
Aprovechamientos
Todos los ingresos que el poder público recaude por vías de derecho público y que sean distintas a las anteriores, como lo son las indemnizaciones y los reintegros.
La totalidad de los ingresos que el Estado obtenga deben estar reglamentados desde el año anterior por medio de la Ley de Ingresos de la federación para el ejercicio fiscal (del año de aplicación)
Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal
Instrumento por el que el poder público fija los lineamientos para la captación de recursos pecuniarios.
También se le define como el instrumento jurídico por el que la autoridad determina los ingresos que serán captados durante un ejercicio fiscal.
En México, el ejercicio fiscal, coincide con el año calendario, esto es, del 1º de enero al 31 de diciembre.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tiene la obligación de presentar al Congreso de la Unión, un informe trimestral de los ingresos percibidos en relación con los ingresos estimados, a más tardar 30 días después de que haya vencido un trimestre.
En la misma ley, se autorizan algunos casos de distribución de recursos, que deberán ser plasmado en el Presupuesto de Egresos correspondiente, como lo es para los casos de Ciencia y Tecnología y la compensación parcial o total de los ingresos cuando los valores estimados sean inferiores a los percibidos.
Igualmente faculta al Ejecutivo para que previo convenio con las entidades federativas, destinen hasta el 25 de los Fondos de Aportaciones para el fortalecimiento de las entidades federativas y de los municipios para cubrir las obligaciones contraídas con el Gobierno Federal.
Se fijan autorizaciones para la emisión de bonos y valores, así como para la contratación de créditos para entes como la Institución para la Protección al Ahorro Bancario y se fija el techo de endeudamiento del Gobierno Federal y del Distrito Federal, apegados a lo establecido en la Ley General de Deuda Pública.
Se fija la obligación de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, al pago de contribuciones y sus accesorios, de productos y de aprovechamientos, excepto el impuesto sobre la renta.
Igualmente se estipulan los porcentajes de los montos que serán aplicados como recargos, en los casos autorizados como prórroga o pagos diferidos de los créditos fiscales.
Las características de esta Ley son:
1. Anualidad tiene vigencia durante un año fiscal
2. No reconducción una ley no continua en vigor una transcurrida su vigencia aunque la nueva no haya sido aprobada, promulgada y publica
3. Revalidación Da la vigencia a las leyes fiscales que establecen los tributos que recauda el Estado
4. Precisión Solo se pueden recaudar los impuestos o ingresos que estén incluidos en la ley, sin importar si la omisión fue voluntaria o involuntaria
5. Catalogación Enlista los rubros por los que se van a obtener los ingresos durante todo el año
6. Previsibilidad Establece de la manera más aproximada las cantidades que de cada concepto se habrán de obtener
PRESUPUESTO
...