ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Fuentes Del Derecho

paupaau18 de Agosto de 2013

3.275 Palabras (14 Páginas)257 Visitas

Página 1 de 14

FUENTES DEL DERECHO.

2.1 Concepto y Clasificación

2.2 Enunciación

2.1 Concepto y Clasificación.

2.1.1 Concepto.

Con el término fuentes del derecho entendemos dos aspectos: el acto concreto (autoridad o ente) creador del derecho y la forma de expresión de la norma jurídica creada.

Cada rama del derecho, (sea civil, constitucional, administrativo, etc.) tiene sus fuentes especiales y específicas. Sin embargo, tales expresiones son sólo un aspecto de lo que constituye el ordenamiento jurídico nacional, son enfoques parciales.

Se considera como fuentes del derecho:

- La Constitución Política,

- la ley,

- el tratado internacional,

- el decreto con fuerza de ley,

- el decreto ley,

- el reglamento,

- la ordenanza,

- la instrucción,

- la jurisprudencia,

- la costumbre y

- la doctrina jurídica.

2.1.2 Clasificación.

I. Fuentes formales y materiales.

a) Formales, son las formas en que se expresan las normas jurídicas en la vida social.

b) Materiales, son los órganos de los cuales emanan las normas jurídicas: autoridades administrativas (Presidente de la República, Alcaldes, Jefes de servicios públicos, etc.), Congreso, autoridades judiciales (Corte Suprema, Tribunal Constitucional, etc.), organismos públicos (Contraloría General de la República, Servicio de Impuestos Internos, Superintendencias, etc.).

II. Desde un punto de vista de su escrituración, se distingue entre:

a) Fuentes positivas: Constitución Política, Ley, Decreto con Fuerza de Ley (DFL), Decreto Ley (DL), Tratado Internacional, Reglamento, Ordenanzas, Instrucciones.

b) Fuentes racionales o no escritas: Jurisprudencia, Costumbre y Doctrina Jurídica.

III. Dado su carácter legal o no legal, se diferencia entre:

a) Fuentes legales, dentro de ellas se comprenden:

a.1) fuentes legales propiamente tales: Constitución Política y Ley.

a.2) fuentes con rango legal: Decreto con Fuerza de Ley, Decreto Ley, Tratado Internacional.

b) Fuentes no legales: Reglamento, Ordenanzas, Instrucciones, costumbre, jurisprudencia y doctrina.

2.2 Enunciación.

A este conjunto de normativas es posible distinguirlas de acuerdo a su finalidad y contenidos de ellas. En nuestro ordenamiento jurídico nacional podemos distinguir las siguientes.

2.2.1 La Constitución Política (CP).

La CP es el texto escrito en el cual se contienen los principios y elementos básicos y necesarios para la ordenación y organización de la convivencia social dentro de los límites de un Estado concreto, y se señalan los derechos y garantías que se reconocen a sus habitantes, de suerte que en ella se determina quiénes y cómo deben regir el Estado-Nación.

Los pueblos necesitan una base y ella es su Constitución Política, es por eso que, apenas nace un país a la vida independiente su primera aspiración al constituirse, es tener un Código Fundamental.

La Constitución suele ser denominada de distintas maneras como, por ejemplo, Carta o Ley Fundamental, Ley Superior, etc. Estos términos que destacan el carácter de superioridad de las disposiciones constitucionales, son la expresión del principio jurídico básico de la "supremacía de la Constitución", de suerte que ninguna norma puede estar por sobre ella o en pugna con ella.

Así, la Constitución Política (CP) es la fuente del derecho más importante desde el punto de vista jerárquico, toda vez que ella reviste el carácter de Ley Fundamental de la República, a la cual debe someterse toda otra norma jurídica sea de carácter legal o no. Ello, la sitúa en la cúspide de la pirámide normativa.

La esencia del fenómeno constitucionalista radica en la tendencia que se extiende entre las naciones de expresar "solemnemente" la voluntad de organizarse sobre los marcos que se precisan en un documento escrito en que se determinan la estructura del Estado, sus órganos, los mecanismos del gobierno y las garantías de las libertades ciudadanas.

En el documento se consigna el estatuto de los gobernantes y el ámbito de los derechos de los gobernados, con tal fuerza obligatoria que la actividad del gobernante y la de los individuos y grupos integrantes del Estado tienen que ceñirse a la pauta fijada en él.

En el contenido de una CP escrita encontramos, generalmente, una parte introductoria que de ordinario comienza con la fecha y otras circunstancias históricas relativas a su génesis, establecimiento y promulgación. Luego, sigue una ordenación numerada de preceptos que se orientan a alcanzar objetivos como:

a) proclamar las características fundamentales que resumen el ordenamiento que va a desarrollarse en el articulado subsiguiente: señalar el título del poder supremo, carácter del Estado, régimen de gobierno, etc.;

b) reconocer, delimitar y organizar las garantías de las libertades y derechos de los miembros de la sociedad política,

c) establecer los diversos órganos que ejercen las varias funciones del Estado, determinar su composición y forma de investidura, indicar la competencia, mencionar las atribuciones de que quedan investidos, etc. Este tipo de mandato constituye lo típico de la Ley Fundamental, a tal punto que, si no se consigna en el documento, no podrá este ser catalogado como CP, cualquiera sea la importancia doctrinaria o cívica que se le atribuya,

d) consagrar el procedimiento de reforma de la misma ordenación constitucional, y

e) señalar las soluciones para los problemas prácticos que suscite la implantación y vigencia del documento mismo, consignando reglas transitorias para tal objeto.

La Constitución Política de la República de 1980.

La CP que actualmente rige en nuestro país es la aprobada en 1980 mediante plebiscito con las reformas que se han introducido progresivamente.

Nuestra CP contempla en su articulado permanente catorce capítulos que dicen relación con las siguientes materias:

- Bases de la institucionalidad (Cap. I),

- Nacionalidad y ciudadanía (Cap. II),

- Derechos y deberes constitucionales (Cap. iii),

- Gobierno (Cap. iv),

- Congreso Nacional (Cap. v),

- Poder Judicial (Cap. vi),

- Ministerio Público (Cap. vii)

- Tribunal Constitucional (Cap. viii),

- Justicia Electoral (Cap. ix),

- Contraloría General de la República (Cap. x),

- Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad (Cap. xi),

- Consejo de Seguridad Nacional (Cap. xii),

- Banco Central (Cap. xiii),

- Gobierno y Administración Interior del Estado (Cap. xiv) y

- Reforma de la Constitución (Cap. xv).

2.2.2 La Ley.

La ley aparece como la fuente más importante del derecho en cuanto emana de un órgano integrado, generalmente, por personas elegidas por la ciudadanía y por ende, en cuanto manifestación de la voluntad soberana del pueblo que ha de regirse por ella.

La ley tiene pues, un aspecto que la hace situarse por encima de las demás fuentes del derecho, pero bajo la Constitución. Este es un poder superior que la coloca, jurídicamente, por sobre todas las manifestaciones de las autoridades u órganos estatales. Preferencia que es consecuencia de que en un Estado democrático la máxima expresión de la soberanía está entregada al Parlamento o Congreso, a quien corresponde en su mayor parte el ejercicio de la función legislativa.

Desde un ángulo filosófico jurídico, la ley se entiende como "toda ordenación racional, encaminada al bien común, promulgada por el que tiene el cuidado de la comunidad" (Santo Tomás de Aquino).

En una perspectiva netamente jurídica, la definición de ley está contenida en el Código Civil que señala: "la ley es una declaración de voluntad soberana que manifestada en la forma prescrita por la Constitución (Política), manda, prohíbe o permite" (art. 1, Código Civil).

En suma, por ley hemos de entender aquella regla de carácter obligatorio, emanada de la autoridad (Congreso) con arreglo a la Constitución, y cuyo cumplimiento puede obtenerse por medios coactivos.

I. Caracteres de la Ley.

Las principales características de la ley son: su obligatoriedad, su imperio, su oportunidad y su permanencia. Hay autores que agregan la generalidad, pero hay otros que consideran que ella no constituye un requisito esencial de la norma legal.

a) Obligatoriedad: todos los habitantes de la República deben cumplir la ley y todos ellos están obligados a respetar el derecho que en favor de terceros establezca un precepto legal.

b) Imperio: la fuerza especial que la Ley lleva en sí y que permite que se pueda obligar a cumplirla aún por medios coactivos.

c) Oportunidad: ley debe responder a las necesidades sociales que llevan a su dictación en un momento determinado, de lo contrario carece de justificación y se expone a caer en desuso o bien, a ser sobrepasada por las prácticas de hecho.

d) Permanencia: la ley tiende a permanecer en el tiempo,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (19 Kb)
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com