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Fundamentos Del Registro Civil


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2013  •  812 Palabras (4 Páginas)  •  1.126 Visitas

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Fundamento del registro civil

las relaciones sociales requieren frecuentemente acreditar de forma segura e indiscutible las condiciones de capacidad y el entorno familiar de las personas, su edad, su soltería o la posible incapacitación.

la experiencia ha demostrado que los datos relativos al estado civil de las personas deben ser recogidos de modo fidedigno y custodiados en archivos oficiales. esto beneficia, tanto a los interesados como al estado y a los terceros.

además los estados modernos han mostrado un enorme interés por contar con un registro de sus ciudadanos, de gran utilidad para diversas cuestiones como el censo electoral, la protección de las familias numerosas, etc. el registro civil viene a ser el organismo que cubre esta información.

antecedentes históricos.

los vestigios más remotos que pueden citarse como antecedentes del registro civil los encontramos en algunas culturas orientales, en las que practicaban censos.

en la antigua roma (siglo vi a. c.), existieron datos censales desde la época del rey servio tulio. en el siglo ii, se implantaron normas sobre filiación. también se decretó la obligación de los padres de registrar el nacimiento de sus hijos.

durante la edad media, la expansión y el auge del catolicismo hizo que la iglesia católica tuviera el control del registro de los nacimientos y matrimonios. los primeros libros parroquiales en donde aparecen inscripciones se encuentran en francia e italia central, a mediados del siglo xiv.

en 1787 en francia, luis xvi dispuso la libertad de cultos y, con ello, el establecimiento de un rústico registro civil para que los nacimientos, matrimonios y defunciones fueran objetos de inscripción ante los oficiales de la justicia real.

la revolución francesa de 1789 trajo consigo la constitución civil del clero y, en 1804, se reguló el funcionamiento del registro civil, secularizando en el código de napoleón.

a partir del siglo xix, su existencia se extendió al resto del mundo como parte del progresivo proceso seculizador del estado y el dictado de leyes laicistas

competencias del registro civil

por lo general, según el art. 9 de la ley de registro civil, es competente para hechos que ocurran a españoles o hechos que ocurran en españa. también lo es para hechos acaecidos en el extranjero cuando su inscripción sirva de base para otra posterior (inscripción marginal) exigida por el derecho español. los registros municipales tienen competencia territorial (término municipal). los registros consulares tienen competencia estrictamente personal (lo que afecte a españoles en su zona).

concretamente, las oficinas municipales y consulares son competentes para hechos relativos al matrimonio, nacimiento, defunción o hechos anómalos (como el desconocimiento, naufragio,

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