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GENERALIDADES Y ANTECEDENTES HISTORICOS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT)


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2017  •  Documentos de Investigación  •  3.956 Palabras (16 Páginas)  •  559 Visitas

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GENERALIDADES Y ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

CREACIÓN DEL SAT

El 15 de diciembre de 1995 se publicó la Ley del Servicio de Administración Tributaria, mediante la cual se creó el nuevo órgano desconcentrado como máxima autoridad fiscal. En marzo de 1996 se autorizó y registró una nueva estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos, se cambió la denominación de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación, y de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales por Dirección General de Política de Ingresos; se crearon las direcciones generales de Interventoría y de Asuntos Fiscales Internacionales.

INICIO DE FUNCIONES

El 1 de julio de 1997 entró en funciones el órgano desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria, cuyo Reglamento Interior se publicó el 30 de junio de ese mismo año. Este órgano sustituyó en sus funciones a la Subsecretaría de Ingresos; con su creación surgieron diferentes unidades administrativas:

Presidencia del SAT:

  • Unidad de Comunicación Social
  • Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera
  • Dirección General de Interventoría
  • Dirección General de Planeación Tributaria
  • Dirección General de Asuntos Fiscales Internacionales
  • Dirección General de Coordinación con Entidades Federativas
  • Dirección General de Tecnologías de la Información
  • Administración General de Recaudación
  • Administración General de Auditoría Fiscal Federal
  • Administración General Jurídica de Ingresos
  • Administración General de Aduanas
  • Coordinación General de Recursos

Así como las administraciones regionales y locales dependientes de las administraciones generales de Recaudación, Auditoría Fiscal Federal, Jurídica de Ingresos y Aduanas, y las coordinaciones regionales y locales de Recursos, dependientes de la Coordinación General de Recursos. 

JUSTIFICACIÓN DE LA LEY DEL SAT

Para los efectos de los niveles de cumplimiento de las obligaciones fiscales se debe mejorar sustancialmente y así se podrá lograr internamente ser autosuficientes, es importante que todos los entes que integran la política trabajen en un solo objetivo que vaya encaminado a mejorar las condiciones de vida de la población en general y uno de los temas más relevantes es la reforma tributaria integral.

Que el SAT trabaje y sea eficiente como el órgano fiscal autónomo que es para que pueda concretar satisfactoriamente sus metas fijadas, que todos los que forman parte del ámbito fiscal (autoridades y contribuyentes) hagamos lo que corresponde dentro de un marco de legalidad y partiendo sobre todo al cumplimiento de los preceptos constitucionales en materia de impuestos.


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“ANALISIS DE LA LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA”

TÍTULO PRIMERO
De la Naturaleza, Objeto y Atribuciones

Capítulo l
De la Naturaleza y Objeto

En el primer artículo la ley nos deja aclarado que el SAT es un órgano desconcentrado ya que no tiene personalidad jurídica ni patrimonio propio, jerárquicamente están subordinados a las dependencias de la administración pública a que pertenecen, en este caso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y sus facultades son específicas para resolver sobre la materia y ámbito territorial que se determine en cada caso por la ley.

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El domicilio del SAT será la Ciudad de México, donde se encontrarán sus oficinas centrales, pero al mismo tiempo tendrán oficinas en todos los estados del país y también en el extranjero.

Al Servicio de Administración Tributaria, se le otorgan recursos tanto humanos, financieros y materiales para que pueda lograr el objetivo y misión que persigue. Y según la ley en el artículo 5 cada año el SAT recibirá recursos para que mejoren las instalaciones de las oficinas y al mismo tiempo den un mejor servicio al contribuyente.

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