ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Guia completa de garantias 8vo semestre usm


Enviado por   •  8 de Junio de 2019  •  Apuntes  •  15.198 Palabras (61 Páginas)  •  371 Visitas

Página 1 de 61

Garantías. Prof. José Manresa. Por Jhon O.

TEMA “1”                                                                                                                                                                        LAS GARANTÍAS

I. Concepto.- Desde el punto de vista del C.C., es la concesión voluntaria al acreedor de una situación más favorable de la que tiene el acreedor quirografario.

Otro Concepto.- Es la seguridad que se ofrece para el cumplimiento de una obligación, ya sea mediante una tercera persona (fiador) o, ya sea, mediante una cosa o un bien determinado (garantías reales), que pueden ser sobre bienes muebles e inmuebles.

Nota.- “En el contrato de fianza, quien garantiza el pago es el fiador (con todos sus bienes), no el deudor ni sus bienes”.

“Las garantías reales se refieren a un bien determinado”.

II. Tipos de Acreedores.- Acreedor hipotecario, acreedor privilegiado y, por último, acreedor quirografario.

III. Importancia.- Las garantías presentan gran importancia no solo en el aspecto jurídico sino también en la vida comercial, tanto para el acreedor, como para el deudor.

Las garantías tienen importancia para el acreedor, en el sentido de que le dan mayor seguridad para la satisfacción de su crédito; y para el deudor, también es importante, pues, le facilita la obtención de crédito, y la posibilidad de evolucionar económicamente mediante su otorgamiento.

IV. Clasificación de las Garantías.- Se clasifican en dos grupos, Según la fuente que las origina y Según su objeto:

Grupo 1.- Según la fuente que las origina:

1.- Garantías Legales.- Son aquellas que tienen su fuente en la propia Ley. Nacen por disposición de la Ley. Ej. La Hipoteca Legal, Art. 1.885 del C.C.

2.- Garantías Judiciales.- Son aquellas que tienen como fundamento una decisión judicial, una sentencia ejecutoriada, definitivamente firme, sobre la cual no cabe ningún otro recurso. Ej. Hipoteca Judicial, Art. 1.886 del C.C.

Condiciones Para que Proceda la Hipoteca Judicial:

  1. Que la sentencia que le da nacimiento u origen sea definitivamente firme y ejecutoriada.
  2. Que la sentencia esté referida a los tres supuestos siguientes:
  • A pagar una cantidad determinada de dinero que ha de ser cierta y líquida.
  • A la entrega de cosas muebles, las cuales pueden o no estar determinados como cuerpos ciertos.
  • A cualquier otra obligación de hacer o no hacer que pueda ser convertida en pagar una cantidad líquida, como en el caso en que el deudor haya sido condenado a la indemnización de daños y perjuicios.

c)  Que quien haya obtenido a su favor sentencia firme, señale ante el Tribunal los bienes sobre los cuales pretenda constituir la hipoteca.

3.- Garantías Convencionales.- Son aquellas que se establecen por la autonomía de la voluntad de los particulares. Tienen su fuente en la voluntad de las partes. Nacen por la libre decisión de las partes contratantes, por el acuerdo mutuo y por el libre arbitrio de las mismas.

Nota.- “El menor emancipado puede hipotecar sus bienes con autorización de un Juez”. Leer Art. Del 1.891 al 1.895 del C.C.

Grupo 2.- Según su Objeto:

1.- Garantías Personales.- Son aquellas que no afectan un bien determinado del patrimonio de la persona, sino que afecta todo el patrimonio del garante. En este caso la garantía se encuentra garantizada por el patrimonio de una persona que se obliga con el acreedor a cumplir con la obligación principal en caso de incumplimiento del deudor. Art. 1.804 del C.C.

2.- Garantías Reales.- Son aquellas con las cuales, se asegura el pago de la obligación principal, con uno o varios bienes que pueden ser de un deudor o de un tercero. En esta garantía el acreedor tiene un derecho de preferencia sobre el bien o los bienes afectados, para el cumplimiento de la obligación principal. En la garantía real no hay patrimonio afectado, lo que hay son bienes específicos afectados, sobre los cuales el acreedor tiene ventajas con respecto a otros acreedores del deudor. Ej. Art. 1.837 del C.C.

V. Enumeración de las Garantías:

1.- La Fianza.- Quien se constituya fiador de una obligación queda obligado para con el acreedor a cumplirla, si el deudor no la cumple. Art. 1.804 del C.C.

2.- La Prenda.- Es un contrato por el cual el deudor da a su acreedor una cosa mueble en seguridad del crédito, la que deberá restituirse al quedar extinguida la obligación. Art. 1.837 del C.C.

3.- La Anticresis.- Es un contrato por el cual el acreedor adquiere los derechos de hacer suyos  los frutos del inmueble que se le entregue, con la obligación de imputarlos a los intereses, si se le deben, y luego al capital de su acreencia. Art. 1.855 del C.C.

4.- El Derecho de Retención.- Es el derecho que la Ley le concede al acreedor para negarse (mientras no se le haya pagado) a la restitución de una cosa perteneciente al deudor aún cuando no haya recibido dicha cosa, en virtud de un contrato de pignoración y siempre y cuando las cantidades debidas sean por concepto de mejoras, daños o reparaciones hechas en el bien retenido.

5.- La Hipoteca.- Es un derecho real constituido sobre los bienes del deudor o de un tercero, en beneficio de un acreedor, para asegurar sobre estos bienes el cumplimiento de una obligación. Art. 1.877 del C.C.

VI. Evolución Histórica de las Garantías:

1.- Edad Media.- Prevalecieron las obligaciones personales, debido a dos circunstancias: en primer lugar, por la facilidad del deudor de encontrar dentro de su grupo, dispuestas a servir de garantes personales y, en segundo lugar, la dificultad que tenía el deudor para encontrar una garantía real, ya que los bienes más importantes, tenían carácter de bienes familiares y no de bienes personales o individuales.

2.- Derecho Romano.- En el Derecho Romano primitivo la responsabilidad recayó sobre la persona del deudor, o sea que el deudor garantizaba el incumplimiento de sus obligaciones con la persona misma, sobre la cual recaía el castigo y el cobro (manus injectio). EN Roma fue más fácil conseguir garantías personales que reales, ya que, el patrimonio pertenecía al llamado pater familiae y era potestad de él darlo o no. Además existía el sometimiento a esclavitud por deudas en caso de incumplimiento. Luego se adoptó la idea de que el deudor también respondía con su con su patrimonio.    

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (78.1 Kb)   pdf (361.4 Kb)   docx (48.2 Kb)  
Leer 60 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com