Guia de estudio examen de oposicion
davidosoApuntes7 de Octubre de 2015
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GUÍA DE ESTUDIO
¿Qué artículo habla sobre la evaluación, promoción, certificación y acreditación? 696
¿Que menciona el artículo 592? Sobre la articulación de la educación básica (preescolar, primaria y secundaria).
¿Qué reformas se realizaron en el artículo tercero? Que debe ser una educación de calidad, inclusiva y debe involucrar a los padres de familia.
ARTÍCULOS REFORMADOS EL 26 DE FEBRERO 2013
DECRETO por el que se reforman los artículos 3o. en sus fracciones III, VII y VIII; y 73, fracción XXV, y se adiciona un párrafo tercero, un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO TERCERO
III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República.
VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas;
VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios,
FRACCIÓN II
d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos;
IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa.
La coordinación de dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Reformulaciones de sus artículos
Artículo 2: deberá asegurar la participación activa de todos lo involucrados, privilegiando la participación de los educandos, padres y docentes.
Artículo tercer: Educación de calidad
Artículo seis: la educación será gratuita, las cuotas o donaciones voluntarias no condicionaran la prestación del servicio educativo.
Artículo ocho: transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno
Artículo diez: los educandos, educadores y padres de familia, el servicio de profesional docente, la evaluación educativa, el sistema de información y gestión educativa, la infraestructura educativa.
Artículo once: (personas que integran la educación, (actores escolares)instituto nacional de la educación autoridades escolares, el personal que lleva a cabo funciones de dirección o supervisión en los sectores, zona o centros escolares.
Artículo doce. Para la actualización y formulación de los planes y programas. Lineamientos generales para formular los programas de gestión. Regular un sistema nacional de formación, actualización, capacitación, y superación profesional docente. Servicio profesional docente.
Artículo doce: crear, regular, coordinar, operar y mantener actualizado el sistema de información y gestión educativa.
Artículo trece: prestar los servicios de formación, actualización, capacitación y superación profesional para los maestros de educación básica. LGSPD (ley general de servicio profesional docente)
Coordinar y operar un padrón estatal de alumnos, docentes, instituciones y centros escolares.
Artículo catorce: servicio de profesional docente
Artículo veinte: Ley general del servicio profesional docente.
Artículo veinticuatro: La secretaria; establecerá los lineamientos para la regulación y prohibición de alimentos que no favorezcan la salud de los alumnos.
Artículo veintiocho: autonomía de la gestión, usar resultados de la evaluación, planeación anual de actividades, administración transparente.
Artículo veintinueve: Corresponde al instituto nacional para la evaluación de la educación (nuestra lupa INEE)
Artículo sesenta y cinco: de la participación de los padres de familia. Conocer: la capacidad profesional, la relación oficial, la observación a la evaluación docente, opinar a través del CPS (centro de participación social), conocer el presupuesto y su aplicación y presentar quejas.
Artículo sesenta y siete: Las cuotas serán de carácter voluntario y en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.
Artículo sesenta y nueve: Consejo de participación social, proponer estímulos a; alumnos, docentes, padres, directivos y empleados de la escuela decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad con base a los resultados de la evaluación.
Artículo treinta y uno: se dará a conocer los resultados de evaluación para medir el desarrollo y los avances de la educación nacional
Articulo treinta y tres: prestar a servicio para atender a quienes abandonaron el sistema regular, adultos, mujeres, etc., fortalecer la educación indígena e inicial, educación a distancia, cobertura, fortalecer enseñanza de padres, escuelas de 6 y 8 horas, suministro de alimentos nutritivos.
Artículo cuenta y uno: se brindaran cursos a los docentes sobre los derechos de los educandos y la obligación que tienen al estar bajo si custodia
Artículo cuarenta y ocho: la secretaria realizara revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de los planes y programas cada cuatro años.
Artículo cincuenta y seis: serán publicados los nombres de los educadores que obtengan resultados suficientes, las autoridades educativas deberán entregar a las escuelas particulares un reporte de los resultados que hayan obtenido sus docentes y alumnos en las evaluaciones.
Artículo cincuenta y siete: las autoridades procuraran llevar a cabo una vista (visita) de inspección por lo menos una vez al año.
Artículo cincuenta y nueve: en el caso de la educación inicial deberán, además contar con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación.
Artículo setenta, setenta y uno y setenta y dos: Consejo Nacional de Participación Social Educativa.
Artículo setenta y cinco: contravenir las disposiciones.
Principios pedagógicos
Son condiciones esenciales para la implementación del currículo, la transformación de la práctica docente, el logro de los aprendizajes y la mejora de la calidad educativa.
1.1. Centrar la atención en los estudiantes y en sus procesos de aprendizaje.
1.2. Planificar para potenciar el aprendizaje
1.3. Generar ambientes de aprendizaje
1.4. Trabajar en colaboración para construir el aprendizaje.
1.5. Poner énfasis en el desarrollo de competencias, el logro de los estándares curriculares y los aprendizajes esperados.
1.6. Usar materiales educativos para favorecer el aprendizaje
1.7. Evaluar para aprender.
1.8. Favorecer la inclusión para atender a la diversidad.
1.9. Incorporar temas de relevancia social
1.10. Renovar el pacto entre el estudiante, el docente, la familia y la escuela
1.11. Reorientar el liderazgo
1.12. La tutoría y la asesoría académica a la escuela
Competencias para la vida
Movilizan y dirigen todos los componentes –conocimientos, habilidades, actitudes y valores–hacia la Consecución de objetivos concretos; son más que el saber, el saber hacer o el saber ser, porque se manifiestan en la acción de manera integrada.
Competencias para el aprendizaje permanente. Para su desarrollo se requiere: habilidad lectora, integrarse a la cultura escrita, comunicarse en más de una lengua, habilidades digitales y aprender a aprender.
Competencias para el manejo de la información. Su desarrollo requiere: identificar lo que se necesita saber; aprender a buscar; identificar, evaluar, seleccionar, organizar y sistematizar información; apropiarse de la información de manera crítica, utilizar y compartir información con sentido ético.
Competencias para el manejo de situaciones. Para su desarrollo se requiere: enfrentar el riesgo, la incertidumbre, plantear y llevar a buen término procedimientos; administrar el tiempo, propiciar cambios y afrontar los que se presenten; tomar decisiones y asumir sus consecuencias; manejar el fracaso, la frustración y la desilusión; actuar con autonomía en el diseño y desarrollo de proyectos de vida.
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