ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

IMPACTO SOCIAL DE LA ADOPCIÓN

Luz MendozaApuntes5 de Julio de 2016

3.763 Palabras (16 Páginas)328 Visitas

Página 1 de 16

[pic 1]

FACULTAD DE EDUCACIÓN Y HUMANIDADES

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

ENSAYO

TÍTULO

IMPACTO SOCIAL DE LA ADOPCIÓN EN LA UNIÓN HOMOAFECTIVA DE LA LEY DE LA UNION CIVIL  PERU 2015

AUTOR/ES

JIMÉNEZ GARCÍA, Mirely Yuliana

MOGOLLÓN IMÁN,  Marggie Maricruz

ASESOR

OMAR BELLIDO VALVIDIEZO

Chimbote - Perú

Año 2015

Contenido

I. Introducción…………………………………………………….3

II. Desarrollo………………………………………………………4

III. Conclusión……………………………………………………12

IV.        Bibliografía        

IMPACTO SOCIAL DE LA ADOPCIÓN EN LA UNIÓN

HOMOAFECTIVA

  1. INTRODUCCIÓN

E

n nuestro país la unión civil entre homosexuales es un hecho social inevitable donde el Estado y la sociedad no lo aceptan a cabalidad, causando indiferencia en las personas conservadoras, estas se sostienen en argumentos morales.

Hoy en día en el Perú, un problema importante es la Aprobación de la Ley de la Unión Civil. La gran parte de la sociedad lo considera como un mal ejemplo y orientación para las nuevas generaciones. Se ha hecho un largo debate acerca de los beneficios y perjuicios de admitir una institución así en el Derecho. Por nuestra parte, nos limitaremos a dar la perspectiva sociológica.

El propósito de este ensayo es reflexionar si la adopción sería uno de los motivos por el cual la ley no es aprobada y como es natural en estos trabajos arribamos a una tesis, esta es, que la adopción no es una dificultad para aprobar una ley que permita la unión homoafectiva. Sin embargo, en la actualidad no vemos que la gran parte de la sociedad se concientice con este problema.

Con todo, la importancia de proponer una tesis así radica en deslindar posturas y argumentar objetivamente las razones por las que se debe permitir la adopción en una unión homoafectiva. Sostenemos que no es cierto que la adopción por parte de una pareja homosexual causaría daños en el desarrollo de los menores.

Para que nuestra postura sea entendible es necesario abordar dos puntos importantes: la aceptación social de la unión homoafectiva (Capítulo I) y la adopción en la unión homoafectiva (Capítulo II). Es de precisar que estos puntos serán vistos desde una óptica global, nacional y local.

Así mismo el ensayo da inicio con la formulación de los siguientes problemas: ¿La adopción es una de las causas para que la ley de la unión civil no sea aprobada? ¿Cuál es la percepción de los estudiantes de Derecho y Ciencia Políticas de la UNS frente a la aprobación de la ley  de la unión civil?

  1. DESARROLLO

La Unión Homoafectiva  es una de las varias denominaciones usadas para establecer un estado  distinto al matrimonio civil. Creada típicamente para que las parejas homosexuales gocen de similares o iguales derechos y obligaciones de las que gozarían las parejas heterosexuales al estar civilmente casadas. 

En el artículo 1 de nuestra constitución política del Perú está regulado   “la defensa de la persona  humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y Estado “y el artículo 2 inciso 2 regula  “la igualdad ante la ley. Nadie puede ser discriminado por raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole”. (Injante T. A., Constitución Política del Perú, 2014)

Esto quiere decir que la persona no debe ser discriminada  por la sociedad que juzga su condición sexual ya que se estaría atentando contra su dignidad.

Como se sabe la Unión Homoafectiva se ha legalizado en muchos países teniendo diferentes maneras de aceptación por parte de la sociedad.

A nivel Europeo, Suecia, Dinamarca (en el norte), España, Francia (en el oeste), Eslovenia y Luxemburgo (en el  centro), aceptan directamente la unión homoafectiva.

Resaltamos que en Europa Dinamarca es el primer país del mundo en reconocer a las parejas del mismo sexo con una ley de unión civil y al igual que España y Francia se le otorga derechos  que simbolizan un reconocimiento social. Suecia es considera uno de los países más tolerante por esta razón se legalizo, teniendo como consecuencia la protección a los homosexuales y además su constitución a prohibido que se discrimine  su orientación sexual.

A nivel Norteamericano Estados Unidos y México; son países  donde se a permitido el matrimonio en las parejas homoafectivas.

En Estados Unidos  es válido para los ciudadanos que en ciertos estados se haya legalizado ley de la Unión Civil. Massachusetts se convirtió en el primer estado en permitir el matrimonio a parejas del mismo sexo. Así también como México que tuvo un impacto más distinto, aquí influía mucho las cuestiones religiosas en la aprobación de esta ley.

A nivel sudamericano, Brasil, Colombia y Ecuador permiten las uniones civiles entre homosexuales, mientras que Argentina y Uruguay, aceptan directamente el matrimonio homosexual.

En Argentina el país se convirtió en el primero de América Latina en reconocer este derecho en todo su territorio nacional en donde se le  consigna «Los mismos derechos, con los mismos nombres”. Así también en Brasil  se considera que las parejas homoafectivas tienes los mismo derechos que una pareja heterosexual, se reconoce el matrimonio igual para todos.

Sin embargo así como existen países que reconocen y legalizan la Ley de la unión civil; hay otras que no, como es el caso de Perú, uno de los pocos países de Sudamérica que no se reconoce la Ley de la Unión Civil, siendo una de las causas de la no regulación seria la adopción monoparental en las parejas homoafectivas, dando así un debate sobre si la adopción seria un factor importante por la cual no se aprueba la Ley de la Unión Civil en nuestro país.

A nivel nacional, el Proyecto de Ley N°2647/2013 hace ciertas precisiones que nos conviene tomar en cuenta tales como el nombre jurídico (unión civil) y la definición de este. (Bruce Montes de Oca, 2013)

“Artículo 1° del Proyecto de Ley de la Unión Civil.

A los efectos de esta Ley, se entiende por Unión Civil no Matrimonial, a la unión voluntaria conformada por dos personas del mismo sexo con el fin de establecer y garantizar derechos y deberes, el uno para con el otro, dispuestos en la presente ley.” [1]

A los efectos de este Proyecto de Ley, se entiende por Unión Civil No Matrimonial, a la unión voluntaria conformada por dos personas del mismo sexo con el fin de establecer y garantizar derechos y deberes, el uno para con el otro, dispuestos (Opinión sobre el Proyecto de Ley N° 2647/2013-CR, establece la unión civil no matrimonial para personas mismo sexo, 2015) en la presente Ley” 

En el proyecto de Ley mencionan que se trata de una figura civil paralela al matrimonio civil, que no es un sacramento religioso, sino una institución y un contrato civil. “Es un concepto distinto y separado del sacramento del matrimonio”.

Unión Civil no matrimonial respaldada por el Poder Judicial, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Justicia y organismos internacionales como la ONU y Amnistía Internacional.

Una de las causas de la no regulación de la ley de la unión civil en nuestro país es la adopción monoparental es la adopción de un niño por parte de una pareja de personas homosexuales, formándose una familia homoparental.

Internacionalmente la adopción por parte de parejas del mismo sexo es legal. Sin embargo, no es reconocida en la mayor parte de los países, aunque en algunos se debate permitirla coincidentemente a la aprobación del matrimonio igualitario.

Los siguientes Estados permiten la adopción homoafectiva conjunta en todo su territorio:

Canadá (1999-2010) la adopción se encuentra regulada por la jurisdicción provincial o territorial, por lo que las leyes pueden variar de una provincia o territorio a otro. La adopción por parejas del mismo sexo es legal en todas las provincias y territorios.

Uruguay(2009/2013) A principios del año 2009 se aprobó el proyecto, que es parte de una modificación al Código de la Niñez y la Adolescencia, que habilitó a parejas con cuatro años de unión civil o concubinato -incluidas las homosexuales- a solicitar un menor en adopción. La ley fue promulgada por el Poder Ejecutivo en octubre de 2009,75 siendo Uruguay el primer país de América Latina en abrir las adopciones a las parejas homosexuales.76 En noviembre del 2012 comenzó en el Congreso el debate acerca de la posibilidad de abrir el matrimonio a las parejas homosexuales, siendo aprobado en abril de 2013 otorgando idénticos derechos en materia de adopción y reproducción asistida a las parejas de igual y distinto sexo.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (24 Kb) pdf (353 Kb) docx (156 Kb)
Leer 15 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com