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INCIDENTE REDUCCION ALIMENTOS


Enviado por   •  2 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  3.436 Palabras (14 Páginas)  •  827 Visitas

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ROSAS MEDINA BARBRA ELYAN                

        VS                                

IVAN JAIR DOMINGUEZ GOMEZ                

JUICIO: DIVORCIO INCAUSADO                

EXPEDIENTE: 65/2013                        

C. JUEZ DÉCIMO CUARTO DE LO FAMILIAR,

EN EL DISTRITO FEDERAL.

P R E S E N T E:

                                IVAN JAIR DOMINGUEZ GOMEZ, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, valores y documentos el ubicado en Calle Aniceto Ortega número 817, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez en ésta Ciudad de México Distrito Federal y AUTORIZANDO EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 112 PÁRRAFO CUARTO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL, A LOS CC. LICENCIADOS EN DERECHO DIANA RODRÍGUEZ ROJAS Y GABRIEL ROBERTO MONTIEL GONZÁLEZ, con cedulas profesionales número 6019306 y 8232366, expedidas por la Dirección General de Profesiones y debidamente registradas ante la Primera Secretaría de la Presidencia de este H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, respectivamente, de los cual se anexa copia simple de la cedulas y registros para que obre en autos; asimismo autorizo al C. ADRIAN RODRIGO ORTIZ TORRES para oír y recibir toda clase de notificaciones, valores y documentos aún las de carácter personal; ante Usted C, Juez con el debido respeto comparezco para exponer:

                      Por medio del presente ocurso con fundamento en lo establecido  por el Artículo 955 del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Distrito Federal, vengo a interponer INCIDENTE DE REDUCCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA decretada a favor de la menor hija  de las partes ELYAN DOMÍNGUEZ ROSAS. Proporcionando desde este momento el domicilio en el que puede ser emplazada la demandada incidentista el ubicado en  Avenida Universidad 1200, Colonia Xoco, Delegación Benito Júarez, México, Distrito Federal, siendo este el domicilio de su empleo actual denominado APLICA TECNOLOGÍA AVANZADA S. A. DE C. V. en el área de Command Center; las siguientes:

        

PRESTACIONES

  1. La REDUCCIÓN DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA que hasta la fecha les proporciono a mi menor hija ELYAN DOMÍNGUEZ ROSAS actualmente menor de edad. En virtud de que dicha pensión alimenticia es excesiva aunado a ello la demandada incidentista cuenta con ingresos propios motivo por el cual está obligada a contribuir con la manutención de la menor, y siendo que  de acuerdo a la Jurisprudencia, se desprende que para fijar el monto de la pensión alimenticia, el juzgador debe atender a los principios de proporcionalidad y equidad, así como al estado de necesidad del acreedor alimentario y la posibilidad real del deudor para cumplir con su obligación, sirviendo de apoyo a lo antes mencionado el siguiente Criterio Jurisprudencial, que a la letra dice textualmente lo siguiente:

ALIMENTOS. SU FIJACIÓN EN PORCENTAJE RESULTA LEGAL Y CORRECTA CUANDO SE DESCONOZCAN LOS INGRESOS REALES DEL DEUDOR.  Cuando en un juicio de divorcio se condene al pago de pensión alimenticia, y no existan datos que permitan determinar los ingresos del deudor alimentista, es correcto fijar el monto de la pensión en un porcentaje de los ingresos del obligado, suficientes para cubrir los gastos indispensables para la subsistencia de los acreedores, a efecto de que la referida pensión resulte verdaderamente proporcional a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos. Ello cuando no queden probados dichos ingresos reales del deudor alimentista. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 656/99. Marisa Gómez Fernández y coags. 1o. de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Everardo Shain Salgado

Me fundo para hacerlo en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S.

                                I.- Es el hecho que en fecha 14 de enero 2013 la hoy demandada incidentista promueve en contra del suscrito demanda de divorcio incausado, recayendo en el juzgado 14 de lo familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, con el número de expediente 65/2013, siendo admitida dicha demanda en fecha 29 de enero de 2013 por este H. Juzgado.

                                ll.- Siendo el caso que dentro de dicho juicio de divorcio incausado, en fecha 12 de marzo de 2013 se lleva a cabo Audiencia Conciliatoria, en la que las partes determinamos que la guarda y custodia de mi menor hija Elyan Domínguez Rosas, quedaría en favor de la C. Bárbara Elyan Rosas Medina comprometiéndome a proporcionarle una pensión mensual en favor de mi menor hija por la cantidad de $ 4, 000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.) .

                                    III.- Es de hacer notar a su Señoría que el suscrito di cabal cumplimiento al convenio establecido entre las partes en la audiencia de fecha 12 de marzo de 2013 aún a pesar de estar desempleado desde el día 17 de diciembre de 2012, tal como consta en el expediente principal con la carta expedida a mi favor por el Licenciado Ignacio Ruíz Vázquez como Representante Legal del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, documental que desde este momento hago mía como prueba del presente incidente.

        

                                           Ante mi condición de desempleo tuve que solicitar diversos préstamos con mis parientes más cercanos como lo son mi madre y hermano de nombres María Teresa Gómez Aguirre y Ramón Gallaga Gómez respectivamente, así como vender diversas pertenencias propiedad del suscrito para poder continuar depositándole la cantidad convenida en fecha 12 de marzo de 2013, hasta que en fecha 21 de junio de 2013 mi situación se tornó completamente precaria y sin ningún tipo de ingreso económico para continuar depositándole una pensión a mi menor hija y aún así traté de dar cumplimiento a las necesidades de mi menor hija para salvaguardar su integridad tal y como consta en escrito presentado en fecha 21 de junio de 2013 visible a foja 77 y escrito de fecha 11 de Julio del mismo año visible a foja 84 del expediente principal, documentales que desde esto momento hago mías para el presente incidente.

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