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Incidente liquidacion alimentos vencidos


Enviado por   •  8 de Febrero de 2018  •  Prácticas o problemas  •  1.085 Palabras (5 Páginas)  •  292 Visitas

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Consultaría Jurídica Especializada                        

ABOGADOS        

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CIUDADADANO

JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR  DEL

DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO

PRESENTE        

VALENTINA HERNANDEZ HERNANADEZ, promoviendo por mi propio derecho y en representación de mis menores hijos DANTE CONSTANTINO y SELENE DEL PILAR de apellidos FABIAN HERNANDEZ. el inmueble que ocupa el despacho jurídico que se encuentra ubicado en la calle de División Oriente numero 534 Interior 1, Centro, Oaxaca. Autorizando para que en mi nombre y representación las reciban al Licenciado en Derecho JORGE GARCIA PETRIZ con numero de Cedula Profesional 1019594 y a los CC. CESAR HERNANDEZ GONZALEZ, JOSE MANUEL GONZALEZ MARTINEZ, DALILA CONCEPCION SANCHEZ MARTINEZ; indistintamente. Ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que en virtud del presente ocurso y con fundamento en lo dispuesto por los  diversos 404 y 501 del Código Adjetivo Civil vigente en nuestro estado, vengo a promover INCIDENTE DE LIQUIDACION DEL CONVENIO DE PENSION ALIMENTICIA, en contra de mi cónyuge el C. RUFINO FABIAN FABIAN, al tenor de las siguientes:

PRESTACIONES

  1. El pago de las pensiones alimenticias adeudadas a partir del dia diecinueve de octubre del año dos mil diez al primero de enero del del año dos mil once.
  2. El aseguramiento del pago de las pensiones alimenticias adeudadas, exhibiendo el certificado de depósito correspondiente ante este juzgado a favor de la suscria y de nuestros menores hijos

Fundándome en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.

HECHOS

  1. Con fecha doce de noviembre del año dos mil cuatro, el C. RUFINO FABIAN FABIAN y la Suscrita celebramos convenio en el expediente principal al rubro indicado, en el cual se pacto que el C. RUFINO FABIAN FABIAN otorgaría a la suscrita y a nuestros menores hijos la cantidad de $ 320.00 (Trescientos veinte pesos 00/100) semanales por concepto de pensión alimenticia.
  2. El deudor alimentista no ha cumplido con su obligación de proporcionar alimentos a favor de la suscrita y de nuestros menores hijos de acuerdo a lo establecido en el convenio descrito en el punto número 1 de este capítulo, mismo que obra en autos del expediente principal.
  3. El C. RUFINO FABIAN FABIAN debe otorgar la cantidad de $ 320.00 (Trescientos veinte pesos 00/100) semanalmente es decir $ 45.70 (Cuarenta y cinco pesos 71/100) diariamente. Hecho que no ha sucedido desde el día diecinueve de octubre del año dos mil diez hasta el primero de enero del año dos mil once. Y para lo cual exhibo la siguiente PLANILLA DE LIQUIDACION, en los siguientes términos:

A partir del diecinueve de octubre del año dos mil diez hasta el primero de enero del dos mil once, el C. RUFINO FABIAN FABIAN ha acumulado diez semanas y cuatro días sin cubrir las cantidades por concepto de pensión alimenticia. A razón cada semana de TRESCIENTOS VEINTE PESOS, CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, correspondiendo a las diez semanas citadas, la cantidad de $3,200.00 (TRES MIL DOCIENTOS PESOS 00/MN), en tanto que a los cuatro días restantes a razón de cuarenta y cinco pesos con setenta  y un centavos moneda nacional, cada dia; corresponde la cantidad de $ 182.84 (CIENTO OCHENTA Y DOS 84/100 MN). Por ello después de una sencilla operación aritmética sumando dichas cantidades nos arroja una cantidad total de        $3, 382..84 ( TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 84/100 MN).

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