INCOTERMS
Enviado por mdarami • 21 de Noviembre de 2012 • 16.802 Palabras (68 Páginas) • 246 Visitas
INCOTERMS
EXW
EN FÁBRICA (... lugar convenido)
FCA
FRANCO TRANSPORTISTA (... lugar convenido)
FAS
FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (... puerto de carga convenido)
FOB
FRANCO A BORDO (... puerto de carga convenido)
CFR
COSTE Y FLETE (... puerto de destino convenido)
CIF
COSTE, SEGURO Y FLETE (... puerto de destino convenido)
CPT
TRANSPORTE PAGADO HASTA (... lugar de destino convenido)
CIP
TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA (... lugar de destino convenido)
DAF
ENTREGADAS EN FRONTERA (... lugar convenido)
DES
ENTREGADAS SOBRE BUQUE (... puerto de destino convenido)
DEQ
ENTREGADAS EN MUELLE (... puerto de destino convenido)
DDU
ENTREGADAS DERECHOS NO PAGADOS (... lugar de destino convenido)
DDP
ENTREGADAS DERECHOS PAGADOS (... lugar de destino convenido)
INCOTERMS 2000
Grupo E EXW En Fábrica (... lugar designado)
Salida
Grupo F FCA Franco transportista (... lugar designado)
Transporte principal no pagado FAS Franco al costado del buque (... puerto de carga
convenido)
FOB Franco a bordo (... puerto de carga convenido)
Grupo C CFR Coste y flete (... puerto de destino convenido)
Transporte principal pagado CIF Coste, seguro y flete (... puerto de destino
convenido)
CPT Transporte pagado hasta (... lugar de destino
convenido)
CIP Transporte y seguro pagado hasta (... lugar de
destino convenido)
Grupo D DAF Entregada en frontera (... lugar convenido)
Llegada DES Entregada sobre buque (... puerto de destino
convenido)
DEQ Entregada en muelle (... puerto de destino
convenido)
DDU Entregada derechos no pagados (... lugar de
destino convenido)
DDP Entregada derechos pagados (... lugar de
destino convenido)
EXW
EN FÁBRICA (... lugar convenido)
“En Fábrica” significa que el vendedor entrega cuando pone las mercancías a disposición del comprador en
el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, fábrica, factoría, almacén, etc.), sin
despacharlas para la exportación ni cargarlas en el vehículo receptor.
Este término representa, así, la menor obligación del vendedor, y el comprador debe asumir todos los
costes y riesgos que comporta recibir las mercancías en los locales del vendedor.
Sin embargo, si las partes desean que el vendedor se responsabilice de la carga de las mercancías a la
salida y que asuma sus riesgos y todos sus costes, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en
ese sentido en el contrato de compraventa. Este término no debería usarse cuando el comprador no pueda
llevar a cabo las formalidades de exportación, ni directa ni indirectamente. En tales circunstancias, debería
emplearse el término FCA, siempre que el vendedor consienta cargar a su coste y riesgo.
A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR
B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
A1 Suministro de las mercancías de conformidad con el contrato.
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de
acuerdo con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el
contrato.
B1 Pago del precio.
El comprador debe pagar el precio según lo previsto en el contrato de compraventa.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades.
El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para
obtenter, cuando sea pertinente, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial necesarias para
exportar las mercancías.
B2 Licencias, autorizaciones y formalidades.
El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, las licencias de exportación e importación o
cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la
exportación de las mercancías.
A3 Contratos de transporte y seguro.
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación
B3 Contratos de transporte y seguro.
a) Contrato de transporte
...