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INSTITUCIONES FINANCIERAS

26 de Mayo de 2013

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La Banca o Sistema Bancario.

Es el conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero.

Esta se clasifica en pública y privada, estas instituciones reciben depósitos en dinero, otorgan créditos y prestan otros servicios.

Tratan de cubrir todas las necesidades financieras de la economía de un país.

Las operaciones bancarias son todas aquellas practicadas por un banco de manera profesional, como eslabón de una serie de operaciones activas y pasivas similares. Esta se clasifica en activa, pasiva y neutras.

Origen de los Bancos y Otras instituciones Financieras.

Las continuas guerras de religión que atravesaron y fragmentaron la Europa del siglo XVI marcaron e impulsaron el paso de la Edad Media a la modernidad.

Aunque los antecedentes más remotos de las instituciones financieras y de la banca puedan remontarse a la antigüedad, con las primeras operaciones comerciales ligadas a los templos de Mesopotamia o al código babilónico sobre préstamos y depósitos del año 1800 a.C., el origen de los bancos tal como los conocemos hoy en día data, precisamente, de esa Europa del siglo XVI caracterizada por la guerra. Guerra y comercio caminan de la mano en la historia.

Muchas de la funciones de los bancos, como la de guardar fondos, prestar dinero y garantizar préstamos, así como el cambio de monedas, pueden rastrearse hasta la antigüedad.

Durante la edad media, los caballeros templarios, miembros de una orden militar y religiosa, no sólo almacenaban bienes de gran valor sino que también se encargaban de transportar dinero de un país a otro.

Las grandes familias de banqueros del renacimiento, como los Medici de Florencia prestaban dinero y financiaban parte del comercio internacional.

Los primeros bancos modernos aparecieron durante el siglo XVII: el Riksbank en Suecia (1656), y el Banco de Inglaterra (1694).

Los orfebres ingleses del siglo XVII constituyeron el modelo de partida de la banca contemporánea. Guardaban oro para otras personas, a quienes tenían que devolvérselo si así les era requerido.

Pronto descubrieron que la parte de oro que los depositantes querían recuperar era sólo una pequeña parte del total depositado.

Así, podían prestar parte de este oro a otras personas, a cambio de un instrumento negociable o pagaré y de la devolución del principal y de un interés.

Con el tiempo, estos instrumentos financieros que podían intercambiarse por oro pasaron a reemplazar a éste.

Resulta evidente que el valor total de estos instrumentos financieros excedía el valor de oro que los respaldaba.

Situación Actual del Sistema Bancario.

En la actualidad, el sistema bancario conserva dos características del sistema utilizado por los orfebres.

En primer lugar, los pasivos monetarios del sistema bancario exceden las reservas; esta característica permitió, en parte, el proceso de industrialización occidental y sigue siendo un aspecto muy importante del actual crecimiento económico. Sin embargo, la excesiva creación de dinero puede acarrear un crecimiento de la inflación.

En segundo lugar, los pasivos de los bancos (depósitos y dinero prestado) son más líquidos, es decir, se pueden convertir con mayor facilidad que el oro en dinero en efectivo que los activos (préstamos a terceros e inversiones) que aparecen en su balance. Esta característica permite que los consumidores, los empresarios y los gobiernos financien actividades que, de lo contrario, serían canceladas o diferidas; sin embargo, ello suele provocar crisis de liquidez recurrentes.

Cuando los depositantes exigen en masa la devolución de sus depósitos (como ocurrió en Venezuela tras la intervención del Banco Latino; por parte del Banco Central de Venezuela en 1995 el sistema bancario puede ser incapaz de responder a esta petición, por lo que se deberá declarar la suspensión de pagos o la quiebra.

Uno de los principales cometidos de los bancos centrales es regular el sector de la banca comercial para minimizar la posibilidad de que un banco entre en esta situación y pueda arrastrar tras él a todo el resto del sistema bancario.

El banco central tiene que estar preparado para actuar como prestamista del sistema bancario, proporcionando la liquidez necesaria si se generaliza la retirada de depósitos.

Esto no implica la obligatoriedad de salvar a cualquier banco de la quiebra, como se demostró en 1995 cuando el Banco de Inglaterra se negó a ayudar al quebrado Banco de inversiones Barings por ejemplo.

Disposiciones Legales del Sistema Bancario Nacional.

El Consejo Bancario Nacional, fue fundado el día 14 de marzo de 1.940, conforme con expresa disposición de la Ley de Bancos del 24 de enero de 1.940.

La actual Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, (La Ley), vigente desde el 1° de enero de 1.994, mantiene en su artículo 134, el mandato legal que soporta su existencia.

Hoy en día, el Consejo Bancario Nacional se rige por las disposiciones de los artículos 134 al 140 de La Ley. Ésta dispone que el Consejo Bancario Nacional tendrá su sede en Caracas y estará formado por un representante de cada uno de los bancos e instituciones financieras regidas por esa Ley o por leyes especiales, con la única excepción del Banco Central de Venezuela.

Conforme a estas disposiciones, todas las instituciones financieras de capital privado, mixto o público, incluidas las Entidades de Ahorro y Préstamo y los bancos extranjeros son, obligatoriamente, miembros del Consejo Bancario Nacional.

La Ley establece que el Consejo Bancario Nacional, tiene dos órganos deliberantes y de decisión: la Asamblea y la Junta Directiva.

La Junta Directiva está formada por un Presidente, dos vicepresidentes y cuatro vocales, que serán elegidos, en Asamblea, de su propio seno, y durarán en sus funciones un año.

Los miembros de la Junta pueden ser re-elegidos. El otro órgano, es la Asamblea, la cual deberá reunirse cada vez que la convoque su Presidente, con una frecuencia de, por lo menos, una vez mensual.

La Asamblea la conforman todos los miembros del consejo Bancario y se requiere normalmente, mayoría simple para sus acuerdos y decisiones.

También se deberá reunir la Asamblea cuando lo soliciten el Presidente del Banco Central de Venezuela, el Presidente del Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, el Superintendente de Bancos o dos de los miembros del mismo Consejo.

La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras (La Ley), establece que las atribuciones del Consejo Bancario Nacional son:

1. Estudiar las condiciones bancarias y económicas del país y enviar informes con sus conclusiones y recomendaciones a la Superintendencia de Bancos y al Banco Central de Venezuela.

2. Responder las consultas que le haga la Superintendencia de Bancos y el Banco Central de Venezuela.

3. Identificar y recopilar las costumbres mercantiles bancarias, bien que sean estas de carácter nacional, regional o local, a los fines de declararlas y considerarlas como costumbres mercantiles, con la función supletoria de normas de carácter legal que atribuye a la costumbre mercantil, el artículo 9 del Código de Comercio venezolano.

Otras importantes atribuciones son:

Estudiar, coordinar y mejorar las prácticas bancarias y velar por su observancia y uniformidad y estudiar, para su cabal ejecución, las disposiciones y medidas que dicten el Ejecutivo Nacional, la Superintendencia de Bancos y el Banco Central de Venezuela.

La ley también le atribuye función conciliadora en las disputas que surjan entre las instituciones que lo integran, cuando así se le solicitare.

Para las respuestas a las consultas que le hagan la Superintendencia y el Banco Central de Venezuela, la coordinación y la mejora de las prácticas bancarias y para decidir como órgano conciliador, se requiere que la Asamblea decida con una mayoría igual o superior al 75% de los miembros asistentes a la reunión donde se adopte la decisión.

Clasificación de la Banca y otras Instituciones Financieras.

Sistema Bancario (Banca):

El sistema bancario de un país es el conjunto de instituciones y organizaciones públicas y privadas que se dedican al ejercicio de la banca y todas las funciones que son inherentes.

Banca o sistema bancario, conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero.

Dentro del sistema bancario podemos distinguir entre banca pública y banca privada que, a su vez, puede ser comercial, industrial o de negocios y mixta. La banca privada comercial se ocupa sobre todo de facilitar créditos a individuos privados.

La industrial o de negocios invierte sus activos en empresas industriales, adquiriéndolas y dirigiéndolas.

La banca privada mixta combina ambos tipos de actividades.

Definición de Bancos.

Los bancos son instituciones públicas o privadas que realizan actos de intermediación profesional entre los dueños de dinero y capital y los usuarios de dicho dinero y capital. Es decir, los bancos actúan en el mercado de dinero y capitales.

Funciones de los Bancos.

Algunas de las funciones de los bancos son:

1. Recibir depósitos en dinero del público en general.

2. Otorgar créditos a corto y largo plazo.

3. Manejar cuentas de cheques, de ahorro, de tarjetas de crédito (y lo relacionado con ellas) etc.

4. Recibir depósitos de los siguientes documentos:

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