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INSTRUCCION PREMILITAR

DELVALLEDELACRUZ21 de Octubre de 2012

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1) ¿QUÉ ES LA INSTRUCCIÓN PREMILITAR?

Es una asignatura que hace énfasis en nociones legales sobre la organización y roles de la Fuerza Armada Nacional, así como en aspectos que se relacionan con la condición del Estado.

2) ORIGEN

Es una necesidad de conocimientos, de formación de actitudes y comportamientos, exigidos en la vida civil y política de nuestra nación, al igual que el M.E. para el Poder Popular la considera como requisito obligatorio para todos los estudiantes.

3) OBJETIVO

Proporcionar conocimiento relacionado con los valores de la identidad y soberanía nacional para contribuir con la formación integral de los egresados en educación media, diversificada y profesional.

4) I M P O R TA N C I A

Es buscar reforzar los valores patrios y mejorar e incrementar el orden y la disciplina en el educando.

5) BASES LEGALES Y SUS ARTICULOS

Se presentan las normas que están vigentes o están en proceso de actualización, acatando que más que la norma en si que es solo la institucionalización de una practica. Lo importante es la comprensión de las mismas a la luz de la seguridad y la defensa en las circunstancias que hoy día la humanidad en general la esta viviendo.

Las bases legales que fundamentan la Instrucción Premilitar son:

• Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela De 1999 Art. 79 130 y 322.

Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.

Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

Artículo 322. La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.

• Ley Orgánica de Seguridad de la Nación Art. 1,2, y 3

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la actividad del Estado y la sociedad, en materia de seguridad y defensa integral, en concordancia a los lineamientos, principios y fines constitucionales.

6) COMITÉ PERMANENTE

El Comité Permanente para la Instrucción Pre-militar estará constituido por un Consejo Directivo, una Secretaría Ejecutiva y los Comités Permanentes que funcionarán en cada una de las Entidades Federales. Estará integrada ( la Comisión) por los representantes que los Ministerios de la Defensa y de Educación designen para tal efecto”.

Estructura de instrucción premilitar

La secretaria ejecutiva de la comisión permanente para la instrucción premilitar, presenta la propuesta para la reorientación curricular de la instrucción premilitar, la cual ha sido elaborada a partir de las conclusiones y recomendaciones producto de las diversas reuniones y jornadas de coordinadores docentes y militares de los distintos estados de la nación en función de adecuar los contenidos de esta disciplina al proceso de construcción del currículo de la Educación Bolivariana.

Año en que se creo la instrucción premilitar

Desde el año 1981, a través de una resolución conjunta entre el ministerio de educación y el ministerio de la defensa se decidió implantar el ensayado de la instrucción premilitar en varios estados (Distrito Federal,

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