ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Identificación de las diversas formas de cumplir y extinguir obligaciones


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2013  •  Trabajos  •  460 Palabras (2 Páginas)  •  4.877 Visitas

Página 1 de 2

B. IDENTIFICACIÓN DE LAS DIVERSAS FORMAS DE CUMPLIR Y EXTINGUIR OBLIGACIONES.

Contratos

• Delitos penales

Es un hecho doloso que causa daño, es sancionado por el Código Penal, y tiene además de una pena, una sanción pecuniaria (esta definición de delito es para efectos de la responsabilidad civil, no para caracterizar la naturaleza penal del mismo).

• Delitos civiles

Es un hecho doloso que causa daño y que no está sancionado por el Código Penal; por lo tanto, sólo tiene como consecuencia la reparación del daño, más no la imposición de una pena o sanción pública. Ejemplo de ello es una persona que haga uso de sustancias peligrosas y provoque un daño, únicamente estará obligado a repararlo, de acuerdo con el arto 1913 del Código Civil.

• Cuasidelitos penales

Es un hecho culposo que causa daño y que está sancionado por una norma del Código Penal y por una sanción pecuniaria que consiste en la reparación del daño. Por ejemplo, el robo de famélico que se realiza por necesidad personal o familiar y que está reglamentado en el arto 379 del Código Penal. Consiste en apoderarse de objetos estrictamente indispensables del momento, sin emplear engaños ni medios violentos y que se realiza una sola vez.

• Cuasidelitos civiles.

Es un hecho culposo que causa un daño que no tiene sanción penal y que sólo engendra responsabilidad civil. Un ejemplo es cuando una mascota ataca a una persona que está haciendo ejercicio en el parque; acto por el que el dueño tiene que reparar el daño causado, de acuerdo con el arto 1929 del Código Civil.

Formas de transmitir las obligaciones.

 Cesión

Puede definirse como un contrato en virtud del cual una persona (deudor) transfiere a otra (asunto), las deudas que tiene con su acreedor, cesión que debe contar con el consentimiento del acreedor en forma expresa o tácita

Es importante señalar que en términos del arto 2055 del Código Civil, en la cesión de deudas el crédito se transmite sin transferir ninguna garantía otorgada, a menos que quien la haya otorgado acceda a seguir respondiendo por el nuevo deudor. Por ejemplo, si la fecha de vencimiento de un pagaré es de seis meses y el deudor sabe que va a ausentarse del país por un año, tendrá que buscar a alguien para cederle su obligación, para ello tendrá que avisar al acreedor y pedir su consentimiento para efectuar la cesión.

 Subrogación

Es una forma de transferir las obligaciones por sustitución del acreedor. Opera por mandato de la ley, en caso de que un tercero tenga

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.8 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com