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Identificación de las obligaciones ciudadanas


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2013  •  Exámen  •  991 Palabras (4 Páginas)  •  369 Visitas

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A.- Identificación de las obligaciones ciudadanas

Concepto de obligación.

¿Quién las debe cumplir?

Todos los ciudadanos estamos obligados a respetar y cumplir con las leyes y normas que nos dan las garantías individuales apegados al estado de derecho y sobre todo respetar y hacer respetar los derechos humanos

es importante que los ciudadanos estemos consientes de todo lo que conlleva el demandar o denunciar sobre todo que estén consientes de no agredir sin justificación a terceros que estén consientes del daño que se hace por los dichos.

Elementos

Clases.

Naturales.

Son obligaciones naturales aquellas a cuyo cumplimiento no obliga la ley, es decir, ésta no sanciona a quien deja de cumplirlas. Por ejemplo: la obligación que contrajera una persona, en el sentido de pagar un crédito prescrito, las deudas de juego, etc.

Civiles.

Son obligaciones civiles las que pueden exigirse con apoyo en la ley; ésta obliga a cumplirla. Ejemplo: las nacidas de los contratos.

Mercantiles.

Se estudian dentro del derecho mercantil; podemos afirmar de éstas que son las que nacen de los actos jurídicos mercantiles, ya porque las personas que celebran el acto sean comerciantes, o porque la cosa materia del acto sea mercantil por naturaleza o finalmente, porque el acto, la obligación en sí misma, sea mercantil.

B.- Fuentes de Obligaciones

Modalidades.

Puras.

La obligación que carece de modalidades se denomina “pura o simple”, la cual existe y es exigible desde luego, figurando en sus elementos un solo sujeto activo y un solo sujeto pasivo, así como un solo objeto.

De condición

La condición es una modalidad que afecta a la EXISTENCIA de la obligación. La condición se define como un acontecimiento futuro e incierto, de cuya realización depende el nacimiento o extinción de una obligación (Artículo 1546 CCP). De la anterior definición se desprenden 2 tipos de condiciones: Condición suspensiva. Se configura cuando de su realización depende el nacimiento de la obligación (Artículo 1547 CCP). Condición resolutoria. Lo es cuando de su realización se deriva la extinción de la obligación, restableciendo la situación jurídica anterior a su nacimiento (Artículo 1549 CCP).

De técnico

La obligación según el número de sujetos.

Mancomunadas.

Cada deudor debe y cada acreedor tiene derecho a exigir la parte de la prestación que le corresponde.

Por ejemplo, A, B y C deben 300.000 Ptas. a los señores V y Z, la deuda será mancomunada si cada uno de los deudores sólo está obligado al pago de su parte, supongamos 100.000 Ptas., y los acreedores V y Z sólo pueden exigir lo que les corresponde del total, en este caso 150.000 Ptas. por cabeza.

En el ejemplo anterior, la deuda sería solidaria si V o Z pudieran exigir a cualquiera de los deudores A, B o C las 300.000 Ptas., con independencia de los derechos y obligaciones que se generarán entre los tres deudores una vez efectuado el pago a los acreedores.

Solidarias.

Cualquiera de los acreedores puede exigir a cualquiera de los deudores el cumplimiento total de la prestación.

C.- Identificación de la diversas formas de cumplir y extinguir obligaciones

Contratos

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