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Incendios Forestales en el Estado de México y sus Emisiones a la Atmósfera

Lexton27 de Agosto de 2013

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Evidencia de Aprendizaje. Análisis de Caso: Parte III. Incendios Forestales en el Estado de México y sus Emisiones a la Atmósfera.

INDICE

1. INTRODUCCIÓN______________________________________________2

2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA___________________________________________________3

2.1. Problemática Central_________________________________________3

2.2. Problemática Colateral________________________________________3

2.3. Actores Involucrados__________________________________________3

2.4. Conflictos, Intereses y Posibilidades en juego______________________3

3. MARCO DE REFERENCIA__________________________________________________5

4. ESTRATEGIAS DE SOLUCIÓN_____________________________________________________7

4.1. Posibles vías de solución________________________________________7

4.2. Diagrama 1. Posibles Rutas de Acción____________________________8

5. ANÁLISIS DE LAS RUTAS DE ACCIÓN_______________________________________________________9

5.1. Cuadro 1. Matriz Comparativa sobre las Leyes Aplicables al caso____9

6. CONCLUSIONES______________________________________________10

7. PROPUESTA__________________________________________________11

8. FUENTES DE INFORMACIÓN_______________________________________________11

1. INTRODUCCIÓN

Las causas que explican la pérdida de los recursos forestales conforman una larga lista que incluye: la pobreza, el crecimiento de la mancha urbana, la tenencia colectiva de la tierra, la tala clandestina, la sobreexplotación forestal, la agricultura de subsistencia, la ganadería sin control y los incendios forestales.

Se conoce como incendio forestal a la propagación libre y no programada del fuego sobre la vegetación silvestre y es un fenómeno que posee una condición dual. Por una parte, los incendios constituyen un factor importante para la dinámica de los ecosistemas, sobre todo, en los bosques templados; contribuyen a la mineralización de la materia orgánica; abaten el combustible ligero disminuyendo la presencia de incendios de grandes magnitudes; e inician los procesos de sucesión ecológica que ayudan al mantenimiento de la biodiversidad. Por otra parte, afectan el hábitat de la fauna silvestre; propician la erosión del suelo, alteran el régimen hidrológico y contribuyen con la contaminación del aire y la emisión de gases de efecto invernadero, además de afectar la belleza escénica y dañar, en ocasiones, determinadas construcciones.

Los incendios forestales pueden ocurrir de forma natural, accidental o intencional. En México, el principal motivo consiste en el empleo del fuego para la habilitación de terrenos cultivables, así como las fogatas y la quema de basura. El fuego utilizado de manera irresponsable o negligente puede convertirse en un evento de consecuencias devastadoras para el medioambiente, que incluso, puede originar la alteración del sistema natural y la pérdida de la biodiversidad.

Durante los últimos años el Estado de México ha ocupado el primer lugar nacional en cuanto a número de incendios y el doceavo lugar en superficie total afectada. El Gobierno Estatal, por conducto de la Protectora de Bosques (PROBOSQUE), vigila y protege contra incendios forestales 894 mil hectáreas, es decir, 39.7 % del territorio estatal. Durante el periodo 1980-2007 han ocurrido casi 52 mil incendios, los que han afectado 10 % del territorio estatal. En el periodo 2000-2007 hubo, en promedio, 1 419 incendios, 5 564 hectáreas quemadas y una aportación de 54 643 toneladas de contaminantes. En la entidad, más de 79 % de tales siniestros están relacionados con la quema de esquilmos agrícolas y de pastos, fogatas de excursionistas y actividades silvícolas.

Se conocen tres tipos de incendios determinados básicamente por la naturaleza de los combustibles:

Incendio superficial. Se propaga en forma horizontal sobre la superficie del terreno. Daña principalmente pastizales y vegetación herbácea encontrada desde la superficie del suelo hasta 1.5 metros de altura. Deteriora la regeneración natural y la reforestación. En México es el más frecuente, pues alrededor de 90 % de los incendios corresponden a este tipo.

Incendio de copa o aéreo. Se inicia en forma superficial propagándose hacia las copas de los árboles. Se presenta con fuertes vientos y en lugares con pendiente muy pronunciada. Afecta seriamente a los ecosistemas pues destruye la totalidad de la vegetación y daña a la fauna silvestre en diversos grados. Aproximadamente, 8 % de los incendios en el país es de este tipo.

Incendio subterráneo. El fuego se inicia en forma superficial y se propaga bajo la superficie del terreno; afecta las raíces y la materia orgánica acumulada en los afloramientos de roca. Por lo general no produce llama y emite poco humo. En México no es muy común (menos de 2 % de los incendios), pero cuando se presenta es peligroso y difícil de controlar.

2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

2.1. Problemática Central:

Los incendios forestales tienen un papel relevante en la estructura, funcionamiento y dinámica de los ecosistemas terrestres, también contribuyen con la emisión de contaminantes atmosféricos como el monóxido de carbono (CO), partículas suspendidas (PM10 y PM2.5) y gases orgánicos totales (GOT), entre otros, así como con gases de efecto invernadero, entre estos, el metano (CH4) y el bióxido de carbono (CO2). Los humos de los incendios afectan la calidad del aire en localidades y ciudades cercanas a las zonas siniestradas y provocan malestares o enfermedades del sistema respiratorio, tanto en la población como en los brigadistas, al igual que los gastos por tratamiento médico. De aquí la importancia de considerar a los incendios forestales dentro de la evaluación y gestión de la calidad del aire.

2.2. Problemática Colateral:

Pérdida y degradación de los recursos forestales de la entidad por incendios.

2.3. Actores Involucrados:

Gobierno Federal, SEMARNAT, Gobierno del Estado de México, Protectora de Bosques (PROBOSQUE), Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Comisión Nacional forestal (CONAFOR), Municipios, Protección Civil, Bomberos.

Normatividad Ambiental:

Un incendio forestal se puede definir de distintas maneras según el enfoque de que se trate:

- Dentro de la normatividad forestal, la NOM-015-SEMARNAP/SAGAR-1997 se refiere a éste como la “quema sin control de la vegetación forestal” (SEMARNAT y SAGARPA, 1999).

- En el ámbito del manejo forestal, consiste en la “propagación libre y no programada del fuego sobre la vegetación en los bosques, selvas, zonas áridas y semiáridas” (CONAFOR, 2006).

- En términos de inventario de emisiones, es un proceso natural de combustión a gran escala que consume diferentes tipos de vegetación silvestre en un área determinada (véase EPA, 1996).

Llama la atención que ni la Ley General para el Desarrollo Forestal, su reglamento, ni el Código para la Biodiversidad del Estado de México contengan una definición de incendio forestal a pesar de su uso frecuente, y sea a nivel de Norma Oficial Mexicana donde aparezca.

NORMA Oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, Que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario:

Que esta nueva Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, es reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción ordenación, el cultivo, el manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales, del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal, corresponden a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX-G Constitucional, con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable; por lo que de igual forma se consideró procedente que la referida NOM se adecuara a la nueva legislación.

Que de acuerdo con la distribución de competencias que establece la referida Ley, le corresponde entre otras facultades a los Estados y al Distrito Federal regular el uso del fuego en las tareas relacionadas con las actividades agropecuarias o de otra índole, que pudieran afectar los ecosistemas forestales, así como llevar a cabo las acciones de prevención, capacitación y combate de incendios forestales en congruencia con el programa nacional respectivo, en los términos que establezcan las legislaciones locales.

Que de conformidad con el artículo 15 fracción Xl de la Ley en cita, le corresponde a los Gobiernos de los Municipios participar y coadyuvar en las acciones de prevención y combate de incendios forestales en coordinación con los gobiernos federal y estatal, y participar en la atención, en general, de las emergencias y contingencias forestales, de acuerdo con los programas de protección civil.

Que de acuerdo con el artículo 122 de la referida Ley, se determina que la Secretaría dictará las normas oficiales mexicanas que deberán regir en la prevención, combate y control de incendios forestales, así como los métodos y formas de uso del fuego en los terrenos forestales y agropecuarios colindantes, cuestión esta última que es materia de la presente norma.

Que según lo establecido en el artículo 123 de la multicitada Ley, la Comisión Nacional Forestal coordinará

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