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Incidente De Suspension


Enviado por   •  31 de Julio de 2013  •  732 Palabras (3 Páginas)  •  394 Visitas

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Incidente de suspensión

Dentro del procedimiento del juicio de amparo indirecto pueden presentarse algunos incidentes, entre los cuales se encuentra el de suspensión.

El incidente de suspensión es una institución de seguridad en el juicio de amparo, que tiene por objeto evitar que se causen daños y perjuicios de difícil reparación a los agraviados, y así conservar la materia objeto del conflicto, impidiendo que el acto reclamado se consume irreparablemente; de esta manera, al concederse la protección constitucional pueden restituirse las cosas al estado que guardaban antes de la violación.

Por lo tanto, podemos decir que:

1. La suspensión tiene por objeto paralizar los efectos del acto reclamado manteniendo las cosas en el estado que guarden en el momento de decretarse.

2. El juzgador debe precisar el acto o actos que hayan de suspenderse para evitar todo tipo de confusiones en el quejoso y autoridades responsables.

3. Al resolverse sobre la suspensión no procede estudiar cuestiones relativas al fondo del amparo.

4. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acepta que la suspensión procede en contra de la aplicación de una ley.

Artículo 107 constitucional:

- Los actos reclamados podrán suspenderse en los casos y condiciones que determine la ley (artículos 170 a 176 L.A.).

- La suspensión en materia penal debe otorgarse al proveerse sobre la presentación de la demanda de amparo.

- La suspensión de la ejecución de la sentencia se solicita ante la autoridad responsable.

- La responsable decide sobre la suspensión de la ejecución del acto reclamado (artículo 107 C. y 170 L. A.).

- Tratándose de sentencias definitivas penales, la responsable suspenderá de plano la ejecución de la sentencia reclamada (artículo 171 L. A.)

- Si la sentencia impone una pena privativa de libertad, la suspensión tendrá como efecto que el quejoso quede a disposición del TCC, por mediación de la autoridad que suspendió su ejecución.

- Además, si procede, podrá ponerlo en libertad caucional (artículo 172 L. A.).

1. Clasificación de la suspensión

El artículo 122 de la Ley de Amparo la clasifica como:

De oficio o "de plano", Es la que se decreta en el mismo auto en que el juez admite la demanda.

A petición de parte. Estriba en la naturaleza del acto; en los amparos indirectos, procede primero

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