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Internacional Humanitario


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2013  •  977 Palabras (4 Páginas)  •  165 Visitas

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DOCENTE:

ALUMNO:

TALLER INTERNACIONAL HUMANITARIO

SEGUIMIENTO

Julio Cifuentes Ganadero de puerto triunfo somete a sufrimientos físicos a uno de los peones de su finca, con el animo de que confiese su relación con la guerrilla; fruto de lo sufrimientos físicos y psíquicos, le quedan secuelas en las extremidades inferiores y en los testículos. A la luz de la convención interamericana para prevenir y sancionar la tortura y el código penal colombiano

Explique:

1. Cual es el ámbito Normativo que aplicaría usted: la convención americana de derechos humanos o el código penal?

Yo como apoderado del proceso, iniciaría en el ámbito normativo nacional a través de el código penal colombiano, dado que este cuenta con herramientas jurídicas para abordar el caso como lo estipula el capitulo V de los delitos contra la autonomía personal en su articulo 178 TORTURA

“ARTICULO 178. TORTURA. El que inflija a una persona dolores o sufrimientos físicos o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o confesión, de castigarla por un acto por ella cometido o que se sospeche que ha cometido o de intimidarla o coaccionarla por cualquier razón que comporte algún tipo de discriminación incurrirá en prisión de ciento veintiocho (128) a doscientos setenta (270) meses, multa de mil sesenta y seis punto sesenta y seis (1066.66) a tres mil (3000) salarios mínimos legales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena privativa de la libertad. En la misma pena incurrirá el que cometa la conducta con fines distintos a los descritos en el inciso anterior.

No se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o inherente a ellas.”

Sumado a ello es importante recordar que para elevar la demanda ante la convención americana de derecho humanos es indispensable haber agotado la vía ordinaria en el estado parte del tratado, para este caso haber agotado los recursos jurídicos internos del estado colombiano, también es importante recordar que la corte penal internacional no actúa en remplazo de la justicia colombiana si no como un complemento, esto es bajo el principio de complementariedad, la corte penal solo actuara cuando la justicia colombiana sea incapaz o se demuestre impunidad o poca importancia en el proceso.

2. Como se diferencia esta conducta de: “infligir deliberadamente grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud (Estatuto de Roma). Señale toda la bibliografía y cibergrafia consultada.

Se diferencia básicamente porque cuando hablamos de tortura hablamos de una vulneración de derechos en el marco del código penal colombiano, es decir la lectura que se hace es de un hecho aislado e individualizado a un civil, sin embargo si la tortura es sistemática o generalizada contra la población civil podríamos estar hablando de un crimen de lesa humanidad el cual esta consignado

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