Introduccion Impuesto 3ra Categoria
kattyrc2320 de Mayo de 2015
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La Renta de Tercera Categoría es también denominada Renta Empresarial, son aquellas provenientes de la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo, de personas naturales y jurídicas/, derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios.
Contribuyentes:
-Las personas naturales con negocio unipersonal
-Las personas jurídicas ,/ por ejemplo la Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L), Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L), entre otras.
-Las sucesiones indivisas,/ aquellos que comparten una herencia que no ha sido repartida, principalmente por ausencia de testamento o porque aún no se dicta la declaratoria de herederos.
-Las sociedades conyugales que opten por tributar como tales.
-Las asociaciones de hecho de profesionales/ y similares, son agrupaciones de personas que se reúnen con la finalidad de ejercer cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.
Rentas gravadas de tercera categoria
Las rentas que resulten de la realización de actividades que constituyan negocio habitual,/ tales como las comerciales, industriales y mineras;
la explotación agropecua/ria, forestal, pesquera) o de otros recursos naturales;
la prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, etc
También se consideran gravadas con este impuesto, entre otras, las generadas por:
• Los agentes mediadores de comercio, tales como corredores de seguros y comisionistas mercantiles.
• Los Rematadores y Martilleros
• Los Notarios
DETERMINACION
El impuesto a la renta de Tercera categoría se determina al finalizar el año.
La declaración y pago se efectúa dentro de los tres primeros meses del año siguiente, de acuerdo con el Cronograma de Vencimientos que aprueba la SUNAT para cada ejercicio , se deberá aplicar sobre la renta neta anual que estos obtengan, la tasa general del 28% para el 2015- 2016.
Sin embargo todos los meses, desde su fecha de inicio de actividades, usted debe hacer pagos a cuenta. 1.5% a total de ingresos netos
En caso que las cantidades abonadas durante el año resulten inferiores al monto del Impuesto Anual, la diferencia se considera saldo a favor del fisco. De lo contrario es saldo a favor de la empresa lo cual puede pedir a sunat la devolucion previa comprobacion , o sino . .
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