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Juicio De Amparo

didier1824 de Junio de 2013

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Contenido

Juicio de amparo…………………………………………………………………………. 3

Sustento legal……………………………………………………………………………3

Naturaleza jurídica ………………………………………………………………………..5

Principios del amparo……………………………………………………………………. 6

Partes que intervienen …………………………………………………………………...7

Principios del derecho penal……………………………………………………………..9

Introducción.

El juicio de amparo se revela teórica e históricamente como un medio de control o protección del orden constitucional contra todo acto de autoridad que afecte o agravie a cualquier gobernado y que se ejercitara exclusivamente al impulso de este.

Desde el punto de vista de la ley aplicable en la materia, la aplicación de este principio implica no todo el variado sistema jurídico para la seguridad y eficacia del estado de derecho, sino lo que se ha entendido por derechos del gobernado frente al poder público.

Como sabemos la constitución es el objeto titular del juicio de amparo, con las modalidades inherentes, y la fuente de existencia. En consecuencia siendo el amparo acción o un medio jurídico tendiente a proteger el orden constitucional, es imprescindible no solo conocer el concepto de constitución sino también, sino los principios fundamentales sobre los cuales descansa, los cuales a su vez significa la proclamación jurídica de diversos supuestos y postulados de carácter no solo jurídico, sino también sociológico.

A través de este trabajo se definirá el papel del amparo en el sistema jurídico mexicano, así como la exposición de motivos para la Nueva Ley de Amparo promulgada en marzo de 2013, para que así en la parte final del trabajo se identifiquen los elementos trascendentales de esta nueva legislación.

Juicio de amparo

Según Ignacio Burgoa el Juicio de amparo es:

“Es un medio jurídico que preserva las garantías constitucionales del gobernado contra todo acto de autoridad que las viole (fracción I del artículo 103 de la constitución); que garantiza en favor particular del sistema competencial existente entre las autoridades federales y de los Estados (fracciones II y tres de dicho precepto) y qué por último , protege la constitución, así como toda la legislación secundaria, con vista a la garantía de legalidad consignada en los artículos 14 y 16 de la Ley fundamental y en función del interés jurídico particular del gobernado”.

De esta manera podemos decir que el amparo es un método de defensa que el ciudadano tiene ante el gobierno en cuestiones legales. Lo trascendental es que esta forma de defensa está resguardada por la Constitución.

Sustento Legal

“Articulo 103. Los tribunales de la federación resolverán toda controversia que se suscite

I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte;

II Por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estados o la esfera de competencia del Distrito Federal, y

III. Por normas generales o actos de las autoridades de los estados o del Distrito Federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal”.

De esta manera podemos ver que existen tribunales especializados para resolver este tipo de controversias entre distintas instancias de gobierno, así mismo el recurso de amparo siempre estará presente para respetar lo establecido por la Constitución.

Artículo 107. Todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetarán a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley, de acuerdo a las bases siguientes:

“I. El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada;

II. La sentencia será siempre tal, que solo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare

III En el juicio de amparo deberá suplirse la deficiencia de la queja de acuerdo con lo que disponga la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución” .

El papel del amparo es proteger siempre al agraviado frente a instancias gubernamentales buscando el respeto de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución

Naturaleza jurídica del juicio de amparo

Control de constitucionalidad.

El amparo es una de las maneras en las cuales los ciudadanos tienen la garantía que sus Derechos Fundamentales van a ser respetados.

“El juicio de amparo es considerado como un método de protección de la constitucionalidad. El juicio de amparo tiene como finalidad esencial la protección de las garantías del gobernado y el régimen competencial existente entre las autoridades federales y sus Estados. [...}De ahí que el control de la Constitución y la protección del gobernado sean objetivos lógica y jurídicamente inseparables que integran la teleología esencial del juicio de amparo.”

De esta forma el fin de los juicios de amparo siempre sea resolver controversias hasta despejar todas las inconformidades legales del agraviado, agotando así todas las posibilidades razonables.

Control constitucional por vía de acción y vía de excepción

Existe una manera activa y una pasiva de hacer valer el control constitucional, una es haciendo un proceso jurídico ante una instancia federal de manera independiente y la otra es anteponiendo una demanda ante una instancia de gobierno distinta a la agraviante.

En el régimen jurisdiccional por medio de acción su función se desarrolla en forma de verdadero procesos judicial, con sus respectivas partes integrantes y en el que el actor violatorio del orden constitucional, persigue como objetivo la declaración de su inconstitucionalidad que deba dictar una autoridad judicial distinta de la responsable, que en nuestro Derecho es generalmente la Federal.

En el régimen de control por vía de excepción , la impugnación de la ley o el acto violatorio no se hace directamente ante una autoridad distinta sino que opera a título de defensa en un juicio previo en el que uno de los litigantes invoca la ley que se reputa inconstitucional.

Principios del amparo.

Como ya se ha definido anteriormente los juicos de amparo son aquellas instancias legales en las cuales se buscan respaldar los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, de esta manera los agraviados tienen la oportunidad de defenderse ante eventuales atropellos y negligencias efectuados por particulares dentro de instancias gubernamentales.

Partes que intervienen en el juicio de amparo.

El quejoso o agraviado. Es conocido también como amparista, es la parte demandante

Autoridad responsable. Es el nivel de gobierno responsable. Está conformado por las personas físicas o morales pertenecientes a la Federación.

Tercero perjudicado. Es aquel órgano codemandado junto con la autoridad responsable.

Ministerio Público de la Federación. Es aquel organismo que desempeña el papel de árbitro. Es un órgano de la Procuraduría General de la República, cuya función consiste en tutelar el interés público.

Marco legal constitucional del Derecho Penal

A continuación se muestra un resumen con los elementos sustanciales de cada artículo que sirven como base Derecho Penal mexicano conforme a la teoría del delito funcionalista social:

• “Artículo 9 Constitucional. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.

• Artículo 13. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales.

• Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

• Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente.

• Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho

• Artículo 18. Solo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva.

• Artículo 19. Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición

• Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

• Artículo 21. La investigación de los delitos corresponde al ministerio público y a las policías, las cuales actuaran bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función.”

Principios del Derecho Penal

Irretroactividad de la ley

El principio de irretroactividad es un elemento que manifiesta diversas interpretaciones en múltiples formas, gracias a la importante función papel que desempeña en el sistema judicial de nuestro país. Es fundamental

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