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Juridico.


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2013  •  Informes  •  724 Palabras (3 Páginas)  •  421 Visitas

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TO: Pacto o convenio entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada y a cuyo cumplimiento pueden ser comprendidas. En uno definición jurídica, se dice que hay contrato cuando dos o más personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a arreglar sus derechos. Otra definición es que el Contrato es un acuerdo de voluntades, entre dos o más personas, con el objeto de crear entre ellas vínculos de obligaciones; y también documento escrito destinado a aprobar una convención. Sin embargo pese a que la mayoría de las definiciones dictan que es un acto entre dos o más personas no debemos confundirnos, pues existen contratos unilaterales, de los cuales encontramos los estamentos y las voluntades personales.

DEFINICIÓN LEGAL DEL CONTRATO EN VENEZUELA: Nuestro Código Civil en el artículo 1133 lo define como " una convención entre dos o más personas para constituir, arreglar, transmitir, modificar o distinguir entre ellas un vínculo jurídico”.

MODALIDADES DEL CONTRATO (REDACCIÓN): En el Código Civil Venezolano se establece cuatro modalidades de contrato a saber, relacionado con la venta, transferencia o enajenación de bienes:

• Venta Ad Gustum (artículo 1.177 del Código Civil Venezolano)

• Venta de Mercancía con sujeción al peso, cuenta o medida (artículo 1.175 del Código Civil Venezolano)

• Venta con pacto “Addictionis Diem” (artículo 1.198 del Código Civil Venezolano)

• Venta Arras (artículo 1.263 del Código Civil Venezolano)

PROHIBICIONNES LEGALES DE VENTAS:En el Código Civil Venezolano se establece dos prohibiciones de las personas que no pueden Comprar o Vender.

• Artículo 1.481 del Código Civil Venezolano entre marido y mujer.

• Artículo 1.482 del Código Civil Venezolano padre y madre los bienes de los hijos, los tutores, protutores y curadores, Los Mandatarios, etc.

TRADICION LEGAL: Según el artículo 1.487 del Código Civil Venezolano. – La tradición se verifica poniendo la cosa vendida en posesión del comprador. De la anterior definición podemos definir que la tradición se cumple con la consignación de la cosa vendida bajo el poder y en posesión del comprador.

SANEAMIENTO DE LEY: El Saneamiento es la obligación del vendedor de garantizar la posesión pacífica y útil de la cosa vendida, Según el artículo 1.486 del Código Civil Venezolano. – Las principales obligaciones del vendedor son la tradición y el saneamiento de la cosa vendida.

Traslativo de dominio: únicamente en el caso de que una de las partes dé a la otra, una cosa que no sea objeto de la disputa (art. 2157 CC), en ese caso, aquella estará

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