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Justicia caso, ¿Comò el Estado Colombiano protege a Pedro y a Juan?


Enviado por   •  26 de Marzo de 2020  •  Documentos de Investigación  •  713 Palabras (3 Páginas)  •  103 Visitas

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Samir Molina

Laura Garcia

Natalia Rey

Enunciado: Juan y Pedro sostienen una uniòn marital de hecho y quieren adoptar a Thomas y Matilda, pero la trabajadora social niega la adopciòn a causa de la orientaciòn sexual de Juan y Pedro.

En este caso, ¿Comò el Estado Colombiano protege a Pedro y a Juan?

La trabajadora social, està vulnerando el derecho de la libre personalidad, ya que ella les está negando la adopciòn solamente por su orientaciòn sexual, aun cuando, la uniòn marital de hecho entre dos personas del mismo sexo està protegida por la sentencia C-075/7.

El único argumento dado por la trabajadora es no poder conceder la adopciòn como consecuencia de una uniòn marital entre homosexuales conlleva un riesgo para los menores en el desarrollo de su personalidad.

Es claro que los derechos de los niños prima sobre sobre el derecho de los demás (art44 CP), es decir,  principio de interés superior,  donde Pedro y Juan han demostrado que no significan un riesgo y más allá de estar vulnerando el derecho de pedro y juan al libre desarrollo de la personalidad, se está vulnerando el derecho de los niños a tener una familia (art 42 CP), que para este caso ha demostrado ser suficiente para a la adopción de estos infantes.

Para terminar es necesario mencionar que los jueces de acuerdo al artículo 230 CP se deben basar en estrictamente en las normas existentes y la jurisprudencia es una fuente auxiliar, por tal motivo citó la sentencia C683- 15 donde la corte constitucional incluye a las parejas homosexuales a la adopción de niños siempre y cuando estas personas cumplan con los requisitos necesarios contemplados en la ley 1098 de 2006 código de infancia y adolescencia; donde se establece que es necesario tener una relacion formal en el artículo 68 la cual 5 años de convivencia y relación demuestran.

¿Es lo mismo Justo que Justicia?

no es lo mismo, debido a que la justicia es la estructura básica de la sociedad, se entiende por los principios de cómo se asignan los derechos  y deberes fundamentales y las oportunidades económicas que cada asociación considere correctos , es decir estos principios van a asignar derechos y obligaciones y así determinar la distribución correcta de la cargas en la sociedad. en otras palabras la justicia se asemeja a la concepción que cada individuo tiene de lo justo, considerándose a sí mismo como imparcialidad.

Por otro lado lo justo se asocia a impartir justicia desde un punto totalmente imparcial, sin tomar posición alguna en los derecho y deberes que que asignan las cargas en la sociedad, lo cual en el derecho positivo sería ceñirse a lo que la norma dice.

¿ Es Justo lo bueno?

lo justo puede ser bueno, si en la sociedad se acordó que dentro del contrato social que lo bueno dentro de la moral es bueno es justo, como en el caso que se nos plantea de pedro y juan, en el contrato social que establecimos los colombianos, la familia es un derecho que no se puede vulnerar a pesar de cualquier orientación sexual, también hay una decisión de antemano donde decidimos lo que está bien o mal y lo determinamos como justo o injusto.

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