La Estructura Fiscal Federal Y La Justicia Administrativa Y El Proceso Y Procedimiento Tributario
Imelda10 de Febrero de 2013
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INDICE
Introducción……………..……………………………………………………….. 3
UNIDAD 1. LA ESTRUCTURA FISCAL FEDERAL
1.1 Concepto de Proceso y Procedimiento Fiscal…………………….. 4
1.2 Principios Generales del Proceso……………………………………. 5
1.3 Principios del Procedimiento y del Proceso Fiscal……………….. 5
1.4 Leyes Fiscales, Reglamentos, Circulares y Órdenes Presiden…. 7
UNIDAD 2. LA JUSTICIA ADVA. Y EL PROCESO Y PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
2.1 Sistemas Procesales……………………………………………………….. 9
2.2 El Sistema Jurisdiccional………………………………………………….. 9
2.3 Leyes Federales de Procedimientos Administrativo y Contencioso. 10
2.4 Tribunal Federal en materia Fiscal………………………………………. 11
2.5 Clasificación y características generales de los procedimientos
Administrativos Fiscales………………………………………………………. 11
Conclusión………………………………………..……………………………… 14
Bibliografía……………………………………..……………………………....,.. 15
INTRODUCCIÓN
El Art. 31 fracción IV, nos habla de que son obligaciones de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del estado o municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Estas contribuciones son destinadas al gasto público y sirven para mejorar el nivel de vida de todos los mexicanos.
Los impuestos son casi tan antiguos como el hombre, por tal motivo, la historia, la economía y la literatura de todos los países y de todos los tiempos, contienen infinidad de temas relativos a los impuestos, dentro de los que se incluyen los tributos como prestaciones personales y muchas otras formas de pago semejantes.
Una de las principales obligaciones de los contribuyentes, es la de estar al corriente en cuanto a la presentación de declaraciones, pues el no presentar una declaración de impuesto en tiempo y forma trae como consecuencia se haga acreedor a las sanciones establecidas en la Ley.
Los principios del procedimiento y del proceso fiscal se siguen aplicando, en virtud de que al aplicarse un impuesto este debe estar contenido en la ley (legalidad), debe tener una aplicación (uso o destino), la aplicación a los individuos de una manera equitativa (equidad) y de acuerdo a su capacidad (proporcionalidad).
UNIDAD 1. LA ESTRUCTURA FISCAL FEDERAL
1.1 CONCEPTO DE PROCESO Y PROCEDIMIENTO FISCAL.
Procedimiento es el conjunto de actos jurídicos que se ordenan a una finalidad determinada, y puede o no ser jurisdiccional.
Proceso es la resolución jurisdiccional de pan litigio. Como se ve; si bien todo proceso implica un procedimiento, no todo procedimiento implica un proceso.
El Derecho Procesal Fiscal se ocupa de estudiar los procesos fiscales que se desarrollan ante autoridades jurisdiccionales y de procedimientos tributarios que son del conocimiento de autoridades administrativas.
Es el conjunto de reglas o normas que señalan la manera de ejercitar derechos que se consideran tener, ante los órganos jurisdiccionales, a quienes corresponda la facultad de resolver sobre ese ejercicio.
El procedimiento es a su vez, un conjunto que regulan el trámite ante autoridades administrativas en asuntos no jurisdiccionales; y cuando se trata de materia fiscal, el procedimiento se sigue ante autoridades fiscales.
Se puede distinguir entre el termino proceso y procedimiento, el primero se refiere a las etapas o fases que se tramitan por partes interesadas ante un órgano jurisdiccional que concluye de ordinario con la emisión de una sentencia.
El proceso es una controversia, un litigio, exige la existencia de un órgano jurisdiccional o juez que tiene delegada facultades del Estado para decidir sobre el asunto mediante una sentencia ajustada a derecho, a favor de quien tenga la razón.
Un procedimiento pude dar lugar a un proceso, por ejemplo si se niega por la autoridad el permiso para construir un hotel en virtud de que se pretende construir a la orilla de un río, y ello puede resultar peligroso. Este acto o resolución se da en un procedimiento administrativo; sin embrago, el peticionario niega que exista ese supuesto peligro, y por ello puede demandar la nulidad del acto administrativo que negó el permiso, ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que sería ya un órgano jurisdiccional, a quien le correspondía resolver y decidir sobre la petición del particular.
1.2 PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO
a) Escrito u oral. Según la forma en que se tramita.
b) Ordinario o sumario: según se tramite en una serie de fases o audiencias en un tiempo más o menos prolongado; o bien, se opte por el procedimiento en una sola audiencia con la finalidad de abreviar el tiempo.
c) Libertad de pruebas o restricción de pruebas: la ley señala si se aceptan todo tipo de pruebas o se restringe alguna, en materia fiscal no se acepta la prueba confesional por posiciones de la autoridad.
d) Publico o secreto: todas la audiencias ante la autoridad jurisdiccional son públicas, solo serán secretas por excepción cuando la autoridad así lo decida mediante razones fundadas.
e) Con recurso o sin recurso: la propia ley contempla si el fallo que se pronuncie, admite ser impugnado, es decir, si admite algún recurso o no.
f) Puede ser civil, mercantil, penal, laboral, fiscal: dependiendo de la materia o asunto.
g) Puede ser de materia común, estatal y federal: según corresponda a los municipios, estados o federación.
1.3 PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO Y DEL PROCESO FISCAL
Tiene su base en el artículo 31 Constitucional:
Son obligaciones de los mexicanos:
IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
A) Principio de legalidad: toda autoridad solo puede llevar a cabo lo que la ley permite, es decir, todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado entendiéndose que es fundado un acto de autoridad cuando existe la ley que así lo permite y la autoridad está obligada a citar expresamente en los documentos que emita consten el acto de autoridad (acuerdo o resolución), la disposición legal aplicable que sea la que corresponda.
Principio de proporcionalidad: en que los sujetos pasivos deben contribuir al gasto público en función de su respectiva capacidad contributiva, debiendo aportar una parte adecuada de sus ingresos, utilidades, rendimientos, o la manifestación de riqueza gravada.
Principio de equidad: este principio significa la aplicación de la justicia a casos concretos, es decir, se deben tratar igual a los iguales y en forma desigual a los que no se encuentran en igualdad de circunstancias.
Principio de Oficiosidad: es de interés público, es decir, la autoridad está obligada a actuar dentro del marco de la ley, no requiere que el contribuyente lo pida o solicite.
Principio de Publicidad: el procedimiento fiscal, es de interés publico, no es secreto, debe hacerse saber al interesado a quien afecte el procedimiento, pero solo es público para él, para los demás es reservado.
Principio por Escrito: no se admiten trámites orales.
Principio de exacta aplicación de la Ley: el Código Fiscal de la Federación en su artículo 5° señala que las disposiciones que establezcan cargas fiscales, así como las excepciones a las mismas y las que fijan las infracciones y sanciones son de aplicación estricta.
Principio del destino del Gasto Público: las contribuciones que se recauden deben aplicarse destinadas al bien social, especificando en las partidas del presupuesto tal como fueron aprobadas por el Congreso de la Unión. El importe de lo recaudado por la Federación, a través de impuestos, derechos, productos y aprovechamiento, se debe aplicar a la satisfacción de las necesidades colectivas o sociales a través de los servicios públicos, en la forma autorizada por el Congreso.
Principio de irretroactividad de la Ley Fiscal: la ley fiscal solo puede aplicarse para supuestos futuros, los que sucedan a partir de su vigencia, pero no para supuestos cuya situación se hubiese presentado con anterioridad a la ley, así la ley no puede retroceder en su aplicación, es decir, a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de alguna personas.
1.4 LEYES FISCALES, REGLAMENTOS, CIRCULARES, Y ÓRDENES PRESIDENCIALES
Por ley se entiende la norma jurídica emanada del poder legislativo, con características de generalidad, abstracción y obligatoriedad, pero que impone, además, la obligación de dar sumas de dinero al estado, tiene eficacia específica propia de ejercicio inmediato.
Elementos:
De carácter declarativos: son los que se refieren a los principios de la contribución o sea los que determinan la obligación señalando el objeto, sujeto, base tasa o tarifa de las circunstancias en la que se manifiesta el hecho o situación jurídica, a la cual la ley condiciona el nacimiento
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