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La Norma Internacional de Auditoría 210


Enviado por   •  18 de Octubre de 2013  •  Documentos de Investigación  •  1.662 Palabras (7 Páginas)  •  419 Visitas

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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 210

ACUERDO DE LOS TÉRMINOS DE LOS TRABAJOS DE AUDITORÍA

Alcance

La Norma Internacional de Auditoría 210 (NIA 210) “Acuerdo de los términos de los trabajos de auditoría” trata de las responsabilidades del auditor para acordar los términos del trabajo de una auditoría con la administración de una entidad y, cuando sea apropiado, con los encargados del gobierno corporativo. Esto incluye establecer que están presentes ciertas precondiciones para una auditoría, la responsabilidad de las cuales descansa en la administración y, cuando sea apropiado, en los encargados del gobierno corporativo.

Fecha de vigencia

Entra en vigor para auditorías de estados financieros por ejercicios que comiencen en o después del 5 de diciembre de 2009.

Objetivo

El objetivo del auditor es aceptar o continuar un trabajo de auditoría sólo cuando se ha acordado la base sobre la cual se va a desempeñar, al:

a) Establecer si están presentes las precondiciones para una auditoría; y

b) Confirmar que hay un común entendimiento de los términos del trabajo de auditoría entre el auditor y la administración de una entidad y, cuando sea apropiado, los encargados del gobierno corporativo.

Definiciones

Para fines de las NIA, el siguiente término tiene el significado que se le atribuye a continuación:

Precondiciones de una auditoría. El uso por parte de la administración de un marco de referencia de información financiera aceptable en la preparación de los estados financieros y el acuerdo de la administración y, cuando sea apropiado, los encargados del gobierno corporativo de la premisa sobre la que se conduce una auditoría.

Para fines de esta NIA, las referencias a “administración” deberán entenderse de aquí en adelante como “administración y, cuando sea apropiado, a los encargados del gobierno corporativo.

Requisitos (Precondiciones para una auditoría)

Para establecer si están presentes las precondiciones para una auditoría, el auditor deberá:

Determinar si es aceptable el marco de referencia de información financiera que se va a aplicar en la preparación de los estados financieros; y

Obtener el acuerdo de la administración de que reconoce y entiende su responsabilidad sobre:

La preparación de los estados financieros de acuerdo con el marco de referencia de información financiera.

El control interno y

Proporcionar al auditor acceso a:

Toda la información de la que tenga conocimiento la administración que es relevante para la preparación de los estados financieros, como registros, documentación y otros asuntos;

La información adicional que el auditor pueda solicitar a la administración para el fin de la auditoría; y

Personas (sin restricción) de dentro de la entidad de quienes el auditor determine que es necesario obtener evidencia de auditoría.

Limitación al alcance antes de la aceptación del trabajo de auditoría

Si la administración o los encargados el gobierno corporativo imponen una limitación al alcance del trabajo del auditor en los términos de un trabajo de auditoría propuesto, que haga creer al auditor que la limitación dará como resultado una abstención de opinión del auditor sobre los estados financieros, el auditor no deberá aceptar este trabajo limitado como un trabajo de auditoría, a menos que la ley o regulación requiera que lo haga.

Otros factores que afectan la aceptación de un trabajo de auditoría

Si no están presentes las precondiciones para un trabajo de auditoría, el auditor deberá analizar el asunto con la administración. El auditor no deberá aceptar el trabajo de auditoría propuesto, a menos que se lo requiera la ley o regulación:

a.Si el auditor ha determinado que el marco de referencia de información financiera que se va a aplicar en la preparación de los estados financieros es inaceptable, excepto lo dispuesto en el párrafos anteriores (obtener el acuerdo de la administración de que reconoce y entiende su responsabilidad; o

b.Si no se ha obtenido el acuerdo a que se hace referencia en párrafos anteriores (obtener el acuerdo de la administración de que reconoce y entiende su responsabilidad.

Acuerdo sobre términos del trabajo de auditoría

El auditor deberá acordar los términos del trabajo de auditoría con la administración o los encargados del gobierno corporativo, según sea apropiado.

Sujeto al párrafo, los términos acordados del trabajo de auditoría deberán registrarse en una carta compromiso de auditoría u otra forma adecuada de acuerdo escrito y deberá incluir:

a) El objetivo y alcance de la auditoría de los estados financieros;

b) Las responsabilidades del auditor;

c) Las responsabilidades de la administración;

d) Identificación del marco de referencia de información financiera aplicable para la preparación de los estados financieros; y

e) Referencia a la forma y contenido esperados de cualesquier dictámenes que vaya a emitir el auditor y una declaración de que puede haber circunstancias en las que un dictamen pueda diferir de su forma y contenido esperados.

Si la ley o regulación prescribe con suficiente detalle los términos del trabajo de auditoría o el auditor no necesita registrarlos en un acuerdo escrito, excepto el hecho de que aplica dicha ley o regulación y de que la administración reconoce y entiende sus responsabilidades.

Si la ley o regulación prescribe responsabilidades

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