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La importancia de la creación de un comité de supervisión bancaria de Вasilea con el fin de mejorar la cooperación entre las autoridades de supervisión bancaria


Enviado por   •  1 de Noviembre de 2014  •  Informes  •  2.142 Palabras (9 Páginas)  •  194 Visitas

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HISTORIA

• El comité de Basilea comienza a partir de una decadencia financiera provocada por la clausura del Bankhaus Hersttat, banco cerrado por el banco central de Alemania, debido a las masivas pérdidas producidas por sus movimientos con dinero exterior en el año 1974.Debido a ese cierre muchas operaciones extranjeras no se llevaron a cabo, porque el banco corresponsal del Bankahaus en estados unidos rechazo cheques y órdenes de pago contra el banco alemán. Todas estas situaciones provocaron un bloqueo en el medio financiero internacional. Todo este descontrol e inestabilidad llevo a los presidentes de los bancos centrales que eran miembros del G10 a desarrollar el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea , cuya función se basaba en establecer principios y normas apropiadas sobre prácticas de regulación y supervisión de los mercados bancarios internacionales con el fin de frenar la posible existencia de crisis futuras parecidas .

• Se trata de un Comité el cual los países que lo engloban son interpretados por sus propios bancos centrales además de por la autoridad (cuya función es la de controlar el negocio bancario, en aquellas situaciones en las que la entidad no posea esa supervisión, algunas veces tienen el nombramiento de superintendencias bancarias, otras de comisiones bancarias, etc.).En la actualidad los miembros del Comité provienen de Alemania, Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Países Bajos, Reino Unido, Suecia y Suiza.

• En Diciembre de 1974, los gobernadores del G-10 (de los diez grandes bancos centrales europeos) crearon el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea con el fin de mejorar la colaboración entre las autoridades de supervisión bancaria. El comité de Basilea constituye un foro de debate para la resolución de problemas específicos de supervisión. Coordina la distribución de las competencias supervisoras entre las autoridades nacionales, a fin de garantizar una supervisión eficaz de las actividades bancarias, y con el paso del tiempo sus normas de supervisión transfronteriza se ha convertido en un referente en todo el mundo. Las pautas recogidas en el I Acuerdo de Basilea, o también conocida como, Basilea I de 1988 de adecuación de capital para la banca son de enorme importancia. Las reglas han demostrado su valía, sobretodo la regla principal, por la cual los bancos deben mantener un volumen de capital que, por lo mínimo, sea del 8% del valor total de sus activos, ponderado por su nivel de riesgo. En 1994 reventó una crisis financiera que hizo que muchos de los bancos norteamericanos, pequeños y medianos, que prestaron dinero por toda América Latina, se fueron al traste, siendo absorbidos por bancos más grandes y teniéndose que negociar las liquidaciones de los préstamos con emisiones de bonos denominados Brady, por el antiguo Secretario del Tesoro de los Estados Unidos llamado James Brady quienes dio el respaldo para poder recuperar, a mediano y largo plazo, las colocaciones efectuadas.

• Tras una amplia relación entre los bancos, autoridades y grupos del sector , ese entorno revisado, se publicó en el año 2004 con el nombre de Nuevo Acuerdo de Capital(Basilea II)Por último, los presidentes y reguladores de bancos centrales llegaron al acuerdo que obliga a los bancos a triplicar al 7% su capital de calidad (algunos miembros quería mínimos de hasta un 4%, y otros en cambio luchaban por un 10%) con el fin de tener capacidad para hacer frente a las oleadas financieras sin necesidad de obtener ayuda del estado. Este acuerdo recibe el nombre de Basilea III.También cabe destacar que el grupo Basilea anuncio que las nuevas leyes se introducirán entre enero de 2013 y diciembre de 2018. Esta reforma endurece la definición de lloque cuenta como capital Tier 1.

• BASILEA 1Con el nombre de Basilea I se conoce al acuerdo publicado en 1988, en Basilea, Suiza, por el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España, EE. UU., Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza. Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba. El acuerdo establecía una definición de "capital regulatorio" compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio.

• Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados sencillos. El principal riesgo era el riesgo de crédito, y se calculaba agrupando las exposiciones de riesgo en 5 categorías según la contraparte y asignándole una "ponderación" diferente a cada categoría (0%, 10%, 20%, 50%, 100%), la suma de los riesgos ponderados formaba los activos de riesgo. El acuerdo establecía que el capital mínimo de la entidad bancaria debía tener debía ser el 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados).El primer acuerdo de capital de Basilea ha jugado un papel muy importante en el fortalecimiento de los sistemas bancarios. La repercusión de ese acuerdo, en cuanto al grado de homogenización alcanzado en la regulación de los requerimientos de solvencia ha sido extraordinaria. Entró en vigor en más de 130 países. Dado que el acuerdo contenía ciertas limitaciones en su definición, en junio del 2004 fue sustituido por el llamado acuerdo Basilea II.

• PRINCIPIOS DE BASILEA ICONDICIONES PREVIAS PARA LA EL CONTROL EFICAZ DE BANCOS Un sistema eficaz de control bancario asignará responsabilidades y objetivos claros a cada uno de los organismos involucrados en el control de las organizaciones bancarias. Todos estos organismos deberán tener independencia para funcionar y los debidos recursos. El control bancario también requiere un marco jurídico apropiado, incluyendo disposiciones relativas a la autorización de organizaciones bancarias y su control incurso

• PILARES DE BASILEA I

• PILAR 1 – REQUERIMIENTOS DE CAPITAL El primer pilar establece cuáles son los requerimientos mínimos de capital que debe tener una entidad financiera para cubrir los riesgos de crédito y operativo, principalmente. Riesgo de crédito Con relación a Basilea I, la nueva versión del acuerdo representa un avance en la medición de riesgo de crédito, al tornar más sensibles los requerimientos de capital del riesgo en las operaciones activas, y permitir para su cálculo, métodos estadísticos desarrollados en los últimos años en la comunidad académica. El método estándar La primera alternativa

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