Supervision Bancaria
adrianvillada12 de Noviembre de 2013
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Globalización y Derecho Financiero:
La Nueva Propuesta del Comité de Basilea relacionada con Estándares de Supervisión Bancaria
Introducción
I. Evidencias de la relación causa efecto entre Crisis Financieras y Supervisión
1. Crisis financieras y respuestas de los supervisores: un proceso ascendente
1.1 Una crisis financiera internacional de origen cambiario en el G-10: el origen del Comité de Basilea y su respuesta regulatoria internacional: El concordato, supervisión comprensiva y la necesidad de cooperación internacional
1.2 Una crisis financiera internacional crediticia sin precedentes: la necesidad de relacionar riesgos asumidos por los bancos con su capital: El Acuerdo
1.3 Una crisis financiera internacional proveniente de países en desarrollo: la conveniencia de adoptar estándares internacionales: Una estrategia preventiva
1.3.1 La estrategia para la consecución de estabilidad financiera internacional
1.3.2 El papel de las instituciones financieras internacionales: los ROSCs
2. Del Comité de Basilea a la dispar Arquitectura Financiera Internacional: la irrupción de los conglomerados internacionales y la necesidad de establecer nuevas instituciones y acuerdos internacionales
2.1 El creciente y complejo proceso de estandarización: el kaleidoscopio de estándares internacionales.
II. Los actualizados principios básicos para una eficiente supervisión bancaria como herramienta internacional preventiva: ¿el comienzo del fin de la relación causa efecto?
1. Los principios: propósito y características fundamentales
2. La estructura y contenido de los principios
3. Comparación preliminar del contenido de los principios básicos para una supervisión bancaria efectiva, 1997-2006
4. Principios nuevos incluidos
A modo de conclusión
GLOBALIZACION Y DERECHO FINANCIERO:
LA NUEVA PROPUESTA DEL COMITE DE BASILEA RELACIONADA CON ESTANDARES DE SUPERVISION BANCARIA
Se presenta en este documento un estudio preliminar de las modificaciones introducidas por el Comité de Basilea a los originales “Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Efectiva” (1997), publicitadas el 6 de Abril de 2006 por el Comité para comentarios por parte de la comunidad financiera internacional. Ciertamente, los estándares internacionales contenidos en tales principios hacen parte de un esfuerzo mayor a nivel internacional que pretende alcanzar estabilidad financiera a nivel global. En tal sentido, globalización financiera, supervisión bancaria efectiva y estabilidad son conceptos que están intrínsecamente relacionados. Con el objeto de aportar algunos elementos para el cabal entendimiento de estos procesos cada día más complejos, la primera parte analiza la relación existente entre crisis financieras y mecanismos de supervisión bancaria a escala internacional así como la estrategia preventiva desarrollada para alcanzar estabilidad financiera, de la cual hacen parte esos principios. Como quiera que los mismos se han convertido en una imprescindible herramienta mundial de evaluación de la calidad de la supervisión bancaria, es importante promover tanto el estudio como la discusión contextuada de las propuestas promovidas. En consecuencia, la segunda sección del documento presenta tanto los principios originales de 1997 así como las modificaciones introducidas en el 2006 traducidas libremente del Inglés por el autor, con unos breves comentarios. A modo de conclusión se realizan unas reflexiones finales.
1 Evidencias de la relación causa-efecto entre Crisis Financieras y Supervisión
El Derecho Financiero puede considerarse como una rama relativamente reciente del Derecho. Su desarrollo ha sido creciente a nivel mundial durante las últimas tres décadas especialmente en las áreas de estructuración legal y regulación de nuevos productos financieros, banca central, sistemas de pagos, seguro de depósito, regulación prudencial y supervisión financiera internacional. Ciertamente, han sido tanto los desarrollos tecnológicos como la creciente e incesante actividad de las instituciones financieras e intermediarios a nivel mundial los que han llevado a concebir el mundo financiero ya no como un espacio meramente local sino como una actividad realmente globalizada. Este rápido desarrollo tanto de la regulación a todos los niveles como de la supervisión ha sido motivado por la flexible y dinámica evolución del sector. De hecho, una observación común presente en todo manual básico de Derecho Financiero en casi cualquier jurisdicción consiste precisamente en el reconocimiento del rezago natural de las reglas respecto de las prácticas usadas en los mercados financieros. De igual manera, han sido las crisis financieras internacionales las que han llevado a los reguladores y supervisores a tratar de entender sus causas así como a establecer mecanismos apropiados para evitar y, más recientemente, prevenir su nueva ocurrencia. En tal sentido, la presente sección introduce tres evidencias de la relación causa-efecto existente entre crisis financieras internacionales y desarrollo de nuevos mecanismos de regulación/supervisión. La enunciación de los principios básicos para una supervisión bancaria efectiva hace parte de una estrategia global encaminada a lograr estabilidad financiera mediante el establecimiento e implementación preventiva de una serie de principios, no sólo se supervisión, considerados como mínimos para alcanzar tal fin. Así las cosas, es preciso entonces estudiar el contexto de estos principios básicos de supervisión bancaria, su razón e importancia, aspectos que serán objeto de las siguientes sub-secciones.
1. Crisis financieras y respuestas regulatoria y de supervisión: un proceso ascendente
1.1 Una crisis financiera internacional de origen cambiario en el G-10: el establecimiento del Comité de Basilea y su respuesta regulatoria internacional: El concordato, supervisión comprensiva y la necesidad de cooperación internacional
1.1.1 El origen y características del Comité de Basilea en 1974
Tal como lo describe Walker, el Comité de Basilea tuvo su origen por razón de la crisis financiera originada por el cierre del BANKHAUS HERSTATT en Colonia, Alemania, 1974. Tal decisión adoptada por el Bundesbank tuvo como origen las importantes pérdidas incurridas por razón de operaciones en moneda extranjera calculadas por cerca de US $200 millones al tiempo de su clausura. Como consecuencia de tal cierre intempestivo, la liquidación y compensación de un número considerable de operaciones internacionales quedó sin realizarse toda vez que el Chase Manhattan de Nueva York, banco corresponsal del Herstatt en USA, rehusó cumplir con órdenes de pago y cheques contra la cuenta tal banco Alemán por valor de US $620 millones. Estas difíciles circunstancias por poco conducen al colapso del sistema de pagos Norteamericano y del sistema financiero internacional.
Con el propósito de restaurar la confianza y estabilidad del sistema financiero internacional, los gobernadores de los Bancos Centrales del G-10 expidieron un comunicado en Septiembre de 1974 transmitiendo un mensaje de total respaldo a la liquidez del sistema de pagos internacionales. De igual manera, crearon un comité permanente de supervisores encargado de desarrollar principios y reglas apropiadas sobre prácticas de regulación y supervisión de los mercados bancarios internacionales. Tal comité debía reportarles a tales gobernadores sobre el desarrollo de herramientas que evitaran la ocurrencia de crisis similares en el futuro. Tendría su sede en Basilea, Suiza, en las oficinas del Banco de Pagos Internacionales. Desde entonces, el Comité de Basilea se ha caracterizado por su informalidad legal y procedimental, por ser un comité que deriva su existencia del mandato de los gobernadores y directores del los referidos Bancos Centrales, así como por la seriedad y solidez de su trabajo.
El comité evita expresarse en términos legales o en textos que reflejen acuerdos o mandatos y siempre tiende a utilizar marcos generales, reportes, recomendaciones y declaraciones. Los gobernadores y directores de los Bancos Centrales apoyan tales trabajos pero no los adoptan expresamente o los verifican. En sus orígenes, el Comité se encargó de temas relacionados con operaciones en moneda extranjera y de crear mecanismos de detección temprana que evitaran la ocurrencia de nuevas crisis como la de 1974. De igual manera, la metodología utilizada así como la composición de sus miembros posibilitó que los supervisores conocieran las experiencias de otros países. Así, aprendieron uno del otro mejorando los mecanismos de regulación y supervisión utilizados a la fecha a nivel doméstico, procurando al mismo tiempo, con su trabajo común, alcanzar de alguna manera la estabilidad financiera internacional.
1.1.1 Hacia la determinación de responsabilidades de supervisión de establecimientos bancarios actuando multinacionalmente: El Concordato
En Septiembre de 1975, el comité de Basilea expidió el denominado “Concordato” o reporte sobre la supervisión de establecimientos bancarios en el extranjero. Con tal acuerdo se procuró establecer directrices tanto para el establecimiento de responsabilidades entre supervisores como para afianzar la cooperación entre autoridades nacionales llevando a cabo supervisión de los establecimientos (sucursales, filiales o joint ventures) de los
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