La protección de la Propiedad Intelectual en México.
ColattitaEnsayo12 de Septiembre de 2016
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INTRODUCCION
La protección de la Propiedad Intelectual en México ha tenido un desarrollo significativo ya que el gobierno de este país, o sea México se ha encargado que los inventores y los creadores protejan sus derechos a sus inventos.
En México la legislación civil consideraba sólo 3 artículos que hablaban de la propiedad intelectual. Por dicha razón los legisladores se intranquilizaron de proteger tan signifucativa materia.
Se promulgaron las primeras leyes en materia de Propiedad Intelectual en los años treinta y cuarenta que hacían mencion en la protección de dichos sistemas jurídicos.
Ya que en la legislación civil, los Derechos de autor eran conocidos como derechos reales diversas legislaturas, discutieron varias leyes por ejemplo: la ley federal del derecho de autor, la Ley de Invenciones y Marcas, hasta llegar a las Leyes actuales como la ley federal del derecho de autor y la Ley de la Propiedad Industrial.
Con la firma del Tratado de Libre Comercio con los EU de América y Canadá nació el IMPI Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y se conforto el Instituto Nacional del Derecho de Autor.
Empecemos hablando primero que es la propiedad intelectual se define como los derechos de exclusividad que ofrece el estado o país a aquella persona física o moral que realiza algún invento o innovación que tiene origen de ella misma mediante un proceso de su mente, dicho proceso puede idear un producto o herramienta y que además realiza el proceso de exclusividad mediante el IMPI (Instituto Mexicano de la propiedad industrial) y mediante el trámite se establecen las condiciones del mismo igualmente estas leyes, obligaciones y derechos también puede realizarlo alguna empresa u organización con el fin de generar una defensa ante las actividades que ellos procedan.
En la economía del conocimiento el apoyo más importante para el crecimiento asenta en el capital intelectual que adquiere una persona, una empresa o un país. Una buena idea, un nuevo proyecto, una obra o un invento, pueden capitalizarse y producir ganancias. Pero la creatividad y el conocimiento son bienes intocables que tienen un bajo costo económico de replicación.
Por lo siguiente, la simplicidad con la que se pueden copiar, compartir y explotar hace necesario la aplicación de un sistema para su protección para proteger este capital existe la propiedad intelectual, un concepto que describe el reconocimiento social sobre los derechos exclusivos y temporales de titularidad en la creación de conocimiento. Al igual que los bienes materiales, los bienes intangibles, como las ideas y las invenciones, forman parte del patrimonio de su inventor.
Su existencia hace necesaria la creación e implementación de un marco regulatorio, legal e institucional en el que se otorguen derechos y responsabilidades a los generadores de innovaciones.
La propiedad intelectual se cataloga en dos maneras:
1.- La propiedad industrial comprende las invenciones, registro, marca y muestras industriales.
2.- El derecho de autor acapara las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, poemas, obras de teatro, las películas, obras musicales, obras de arte como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas.
Los derechos referentes con los derechos de autor son los derechos de los artistas o intérpretes sobre sus ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión. Obligaciones y derechos del creador La propiedad intelectual implica un acuerdo entre creadores de una idea y la sociedad.
CONCLUSIÓN
En mi opinión es que las organizaciones como IMPI entre otras se encargan de la parte legal donde el autor o inventor de dicha la idea puedan tener exclusividad sobre ella que solo el adquiera los derechos exclusivos que se obtienen al haber realizado esa innovación o invención.
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