Las Luchas Obreras
siraca26 de Enero de 2013
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El Derecho del Trabajo surge por la necesidad de regular las tensas relaciones entre Trabajador y Patrón, toda vez que entre ambos estas relaciones siempre han sido y serán difíciles y delicadas, esto debido a que convergen dos intereses contrapuestos. Por un lado el trabajador que desea trabajar menos y ganar más y el patrón que pretende ganar más y pagar menos.
De ello se desprende el Derecho Colectivo del Trabajo; que no es más que el conjunto de Normas Jurídicas que regulan las Relaciones entre un Patrón y un Sindicato o un Conjunto de Trabajadores que representan el interés profesional de una Empresa. Este tiene su origen y fundamento en la disposición natural del hombre hacia la sociabilidad. Es parte del Derecho Laboral comprensivo de sindicatos, convenios, acuerdos o pactos colectivos entre trabajadores y empleadores, condiciones de trabajo y conflictos.
Los sujetos del Derecho Colectivo del Trabajo son quienes laboran para obtener un Salario (Trabajadores) y quienes ordenan el Trabajo (Patrones), ambos integrados en Sindicatos.
PRINCIPIOS DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
Es bien sabido que este derecho es solo una rama del derecho laboral, por lo que le son aplicables todos sus principios, y especialmente el protector. Pero además se suma un principio fundamental, que es el de LIBERTAD SINDICAL, el cual a su vez se divide en tres subprincipios:
El de Autonomía Sindical
El de Autonomía Interna
El de Autonomía Colectiva
La autonomía puede ser definida como el poder que tiene un sujeto de derecho de atribuirse un ordenamiento, presentándose así como sinónimo de capacidad normativa. Así la autonomía colectiva tiene por finalidad la protección o defensa tanto de los intereses individuales de cada trabajador como de los intereses del colectivo en general.
ORIGENES DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
Los trabajadores para defender sus intereses necesitan agruparse y formar sindicatos o grupos de trabajadores. Estas agrupaciones provocan las negociaciones colectivas entre trabajadores y patronos, que con la tenacidad humana originan como última solución la huelga. Los sindicatos son parte fundamental del Derecho Colectivo del Trabajo, ya que esa rama del derecho del trabajo ha evolucionado al ritmo de los sindicatos. El sindicalismo, nace a finales del siglo XIX en Francia e Italia, y se va desarrollando por los países industrializados como movimientos de cooperativismo, para luego convertirse hacia la organización económica y social con fines de mejorar la clase trabajadora
En 1971, época de la Ley Le Chapelier, surgen en Inglaterra los llamados “trade unions”, equivalente a asociaciones de oficios y profesiones y en 1861 surge en Francia la asociación profesional donde se emplea por primera vez la palabra sindicato, con el calificativo de profesional; y la ley Waldeck Rousseau de 1884, que reconoció las asociaciones profesionales.
Al surgimiento de la Revolución Industrial, los trabajadores se encuentran con que no existían legislaciones que regulasen la actividad industrial, jornadas de doce (12) horas, niños trabajadores y mujeres trabajadoras con salarios inferiores a los hombres adultos. Así surgen las primeras manifestaciones de los obreros organizados.
Actualmente, el Derecho Colectivo del Trabajo va de la mano con las posibilidades del ejercicio de la Libertad Sindical, que por lo demás es sinónimo del ejercicio de la democracia.
LAS LUCHAS OBRERAS
Las luchas obreras las podemos identificar como los esfuerzos que han realizado los trabajadores por lograr beneficios con ocasión de la realización de su labor.
En Grecia y Roma en los Siglos XII y XIII aparecen los gremios profesionales, con los cuales nacen las corporaciones, que por
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