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Legislacion De Prevencion


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2014  •  586 Palabras (3 Páginas)  •  431 Visitas

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: Cálculo de cotización adicional diferenciada por estadísticas de accidentabilidad

Daniela Carolina Astorga Arqueros.

Legislación de Prevención.

Instituto IACC

17 de Noviembre de 2014.

Desarrollo:

La empresa fabricadora de muebles de madera “El Sillón Regalón”, se encuentra cotizando en

la ACHS durante varios años, por lo que desea acogerse a una rebaja de su cotización adicional.

Según usted, ¿esta empresa puede acogerse al beneficio de disminuir el pago del monto de

cotización a pagar mensualmente?, la cotización pagada actualmente corresponde al monto de

2,72 %, según Decreto Supremo 110.

La información de accidentabilidad en los tres periodos estadísticos es la siguiente:

INTRODUCCIÒN:

En este trabajo realizado se habla de las cotizaciones qua cada empresa debe tener en su estructuración dependiendo del tipo de organización que cada empresa lleva a cabo, el

Decreto Supremo 110, es aquel que rige las cotizaciones adicionales para cada rubro de las empresas. Existen para que no se les cobre a todas las empresas los mismos valores, ya que, no todas las organizaciones tienen el mismo rubro y riesgo, hay que tener en cuenta que el Decreto Supremo 110 va muy de la mano con el Decreto Supremo 67, ya que, ambos Decretos de cierta forma llegan al mismo fin.

El Financiamiento de la ley 16.744, puede solventar las prestaciones médicas y económicas que se le otorgaran a los afectados por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, el financiamiento del seguro es de mayor importancia y el que está a cargo de cumplir con esta forma es el empleador.

Existen dos formas de cotizaciones:

• La cotización adicional diferencial

• La cotización básica general

Estas cotizaciones corresponden al 0,95% de la remuneración de los trabajadores.

1. Calcule la cotización adicional diferenciada.

Paso 1:

Calculo de Tasa de Siniestralidad por incapacidad Temporal

• 1.-TSIT= Nº de días perdidos x 100 125 x 100

Promedio de dotación 316 Por lo tanto TSIT periodo 1 =39.5

• 2.- TSIT= Nº de días perdidos x 100 70 x 100

Promedio de dotación 391,6

Por lo tanto TSIT periodo 2 =17.9

• 3.-

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