ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Legislacion


Enviado por   •  12 de Julio de 2015  •  882 Palabras (4 Páginas)  •  416 Visitas

Página 1 de 4

TAREA No. 6: Prestaciones Laborales

1- Utilizando el Código de Trabajo realizar un cuadro que describa los días de preaviso, cesantía y la asistencia económica. Coloque en la plataforma UAPA.

Preaviso

De 3 a 6 meses

De 6 a 12 meses

De 12 meses en adelante Cantidad de días específicos a ser pagados al empleado dependiendo de los años de servicio que el empleado tenga en la empresa.

7 días de preaviso

14 días de preaviso

28 días de preaviso

Cesantía

De 3 a 6 meses

De 6 a 12 meses

De 1 a 5 años

De 5 años en adelante Cantidad de días específicos a ser pagados al empleado dependiendo de los años de servicio que el empleado tenga en la empresa.

6 días de cesantía.

13 días de cesantía.

21 días de cesantía por año.

23 días de cesantía por año, más la porción del último año no cumplido.

Asistencia Económica

De 3 a 6 meses

De 6 a 12 meses

De 1 año en adelante Entidad de días específicos a ser pagados al empleado dependiendo de los años de servicio que el empleado tenga en la empresa.

5 días.

10 días.

15 días por año más la porción del último año no cumplido.

2- Utilizando el Reglamento 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo describa cuales son los factores divisores para calcular las prestaciones laborales y la participación en los beneficios o utilidades de la empresa (Bonificación). Coloque en la plataforma UAPA.

Como obtengo el factor divisor 23.83?

El factor divisor se obtiene de la operación siguiente:

Los días de trabajo de la semana (5.5) X la cantidad de semanas del año (52) = 286 horas, luego se divide entre el número de meses del año calendario (12),

Factor divisor = 23.83

PARTICIPACION DE LOS BENEFICIOS DE LA EMPRESA:

Las empresas están obligadas a otorgar una participación equivalente al 10% de los beneficios netos anuales a todos sus trabajadores por un tiempo indefinido. La participación será según lo establece el art. Del código de trabajo.

Trabajadores con menos de 1 a 3 años de antigüedad 45 días de salario ordinario o la proporción.

Trabajadores con 3 años o más de antigüedad 60 días de salario ordinario.

La participación será proporcional al salario anual del tiempo trabajado.

El pago se hará a los trabajadores entre 90 a 120 días del cierre de cada ejercicio fiscal.

3- Elaboración de un reporte con los elementos distintivos entre derechos adquiridos y asistencia económica.

Derechos Adquiridos, los cuales a diferencia de las prestaciones, nacen desde el momento que se empieza a desarrollar la relación laboral, es decir, desde el momento que inicia a trabajar y no importa de la manera en que haya terminado la relación laboral estos deberán ser pagados, la única observación que se debe de tener en cuenta es que al ser adquiridos mientras se desarrolla la relación laboral

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.5 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com