Legislacion
nanyfontalvoApuntes11 de Septiembre de 2015
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Factores que inciden dentro de la relación jurídica
Factor Tiempo en una relación jurídica
Alrededor de la relación jurídica existe ciertos factores que influyen en ella y uno de ellos es el factor tiempo, este factor nos permite establecer la vigencia de las relaciones jurídicas que pueden ser determinada e indeterminada. Por otro lado se tiene que tomar en cuenta los siguientes aspectos:
Términos: Se refiere a la duración de la relación jurídica.
Plazos: El termino plazo son los lapsos o espacio de tiempo para llevar acabo dicho acto.
Prescripción: Está determinada por la ley y es un medio de obtener un derecho o emanciparse de una obligación ya sea por el transcurso del tiempo o por lo establecido en la ley.
Caducidad: Es la sanción que se le impone a un ciudadano por el transcurso de un plazo establecido por la ley como carga para el ejercicio de aquellas.
Acción: Es la posibilidad que se tiene para el cumplimiento coactivo de la deuda, por otro lado, no se admite el derecho subjetivo que fundamenta el derecho de acción.
Factor Tiempo en una relación jurídica
Este factor incide en la relación jurídica cuando la conducta no puede ser considerada ni como pura intención, ni tampoco pura realización. Se debe tomas en cuenta los siguientes aspectos:
Buena Fe: Este principio hace referencia a la buena fe de las personas, estas deben ser honorables, justos, honestos y actuar correctamente. La ley toma en cuenta este principio porque les permite proteger a los involucrados.
- RÉGIMEN PRESTACIONAL DE PENSIONES Y OTRAS ASIGNACIONES ECONÓMICAS.
El Régimen Prestacional de Pensiones y otras Asignaciones Económicas establecida en los artículos 61, 64, 66, 67, 68, 69 establece que toda persona nacida en el territorio nacional venezolano o extranjero residente legalmente en el país estarán protegidos conforme a esta ley la viudez, orfandad, discapacidad total o parcial, los hijos póstumos y sobrevivientes de accidentes estarán respaldados por los beneficios establecidos por el RPPAE.
Por otro lado el artículo 66 de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social nos menciona lo siguiente ‘‘La pensión de vejez o jubilación será financiada con las contribuciones de los empleadores y trabajadores y, de los trabajadores no dependientes con ayuda eventual del Estado en los casos en que sea procedente, conforme a lo establecido en la ley que regule éste Régimen Prestacional. Aquellas personas que no estén vinculadas a alguna actividad laboral, con capacidad contributiva, podrán afiliarse al Sistema de Seguridad Social y cotizarán los aportes correspondientes al patrono y al trabajador y en consecuencia serán beneficiarios a la pensión de vejez.’’
Por lo tanto todas aquellas personas, que sean independientes que no estén vinculadas a alguna empresa, ni a instituciones gubernamentales que cumplan con los requisitos establecidos por la ley serán beneficiadas con pensiones siempre y cuando se afilien al Sistema de Seguridad Social y se conviertan en contribuyentes.
El artículo 6 de la Ley del Sistema de Seguridad social nos dice ‘‘Todos los empleados, ya sean personas naturales o jurídicas, están en la obligación de registrarse en la tesorería de seguridad social, de conformidad con la ley orgánica del sistema de seguridad social y sus normas reglamentarias. ’’
Por lo que se puede decir este régimen obliga a los patronos y patronas que tengan a más de una (1) persona laborando ya sea temporal o continuamente, hacer los transmites necesarios con el instituto venezolano de seguros sociales (IVSS) para que dichos trabajadores puedan gozar de las prestaciones que protegen a la mayor parte de los venezolanos que laboran en instituciones públicas o privadas. En el caso de que los patronos no cumplan con esta obligación, los trabajadores están en su derecho de dirigirse a la teoría de seguridad social a solicitar su inscripción.
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