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Legislación aplicable a la universidad


Enviado por   •  10 de Mayo de 2021  •  Exámen  •  1.930 Palabras (8 Páginas)  •  44 Visitas

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Laura Bergamaschi Broggi

Actividad Integradora- Legislación aplicable a la Universidad – TGU - UNER

1) Mencione las leyes y decretos dictados sobre las universidades en Argentina. Elija tres de esas normas y explique brevemente su importancia

Ley de Avellaneda: La  primera ley que establecía normas elementales para el gobierno y la organización de las universidades, llamada Ley Avellaneda, la que instaló los principios a los que debían ajustarse los estatutos de las universidades nacionales, cómo debía ser su organización y régimen administrativo y les otorgaba un formato legal superior a las casas de altos estudios. Según Lamarra, con su aprobación dio comienzo un período de 30 años de “fuerte homogeneidad ideológica y política entre gobierno y universidad. Así, los funcionarios políticos y legisladores alternaron el desempeño de estos cargos con el de profesores universitarios y formaron a sus alumnos como sus asistentes y, en el futuro, herederos, tanto en el campo político como en el universitario”

La ley  de Avellaneda estableció:  

  • Tres órganos colegiados de gobierno, la asamblea universitaria, integrada por miembros de las facultades y presidida por el Rector; el Consejo Superior, integrado por el propio
  • Rector, los decanos de las facultades y los delegados que éstas designasen, y las facultades.
  • Sobre los órganos unipersonales, encomendaba a la asamblea la elección del Rector.

1947 - Ley Nº 13.031: Perón intervino las universidades y con esta ley  derogó la Ley Avellaneda. Era una  ley-estatuto, visto que, regulaba de manera uniforme la organización y el funcionamiento de casi todos los aspectos de las universidades nacionales. La nueva normativa significó un claro avasallamiento de la autonomía institucional y de la composición de los gobiernos universitarios, ya que restableció la potestad del Poder Ejecutivo nacional para designar a los rectores y los profesores y con ello le dio el control político absoluto sobre las organizaciones.

1984 - Ley Nº 23.068: reconoce al  Decreto Nº 154  como régimen provisorio de normalización de las universidades nacionales hasta tanto se dictase la correspondiente ley de fondo. Deroga  la Ley de facto Nº 22.207. Además, fijó un plazo para la normalización, estableció taxativamente las posibles causales para la intervención del gobierno de una universidad por parte del Poder Ejecutivo nacional, aseguró la participación de los docentes en los Consejos Superiores provisorios y la existencia de un régimen de reincorporación que contemplara la situación del personal docente y no docente cesanteado, prescindido u obligado a renunciar por motivos políticos, gremiales o conexos.

2) ¿Cuáles eran las ideas que se encontraban vigentes en el plano internacional a partir del año 1.995 en el ámbito de los sistemas educativos y que fueron materializadas a través de la Ley de Educación Superior de 1.995?

En el plano internacional había una agenda de modernización de los sistemas educativos superiores, promovida esencialmente por el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo.

3) Desarrolle autonomía y autarquía en el ámbito universitario. Determine si dichos caracteres se encuentran previstos en la Constitución Nacional.

La Ley N° 24521  le confirió a la universidad  una naturaleza dual: autonomía académica e institucional  y autarquía económico-financiera.

La Autonomía universitaria está reconocida en la Constitución Argentina  en el  artículo 75, incisos 18 y 19 d y Ley Nacional Nº24521

Las universidades nacionales poseen autonomía, pero no tienen 2 atributos que tienen otros entes: el territorio y la población.

La autonomía es la capacidad de las universidades de determinar sus propios órganos de gobierno, elegir sus autoridades, ejercer funciones de docencia, investigación y extensión, y las actividades administrativas y de gestión que se desarrollen; redactar sus estatutos, designar su claustro docente, autoridades, personal y, para el cumplimiento  de sus fines, adquirir derechos y contraer obligaciones. En los sistemas democráticos, el Estado es más una condición de la autonomía que un obstáculo para ella. La autonomía es polisémica y se construye socialmente.

La CN reformada, reconoce la autonomía de las universidades en nuestro país, pero con la particularidad de consagrarla conjuntamente con la autarquía. En la Ley Nº 24521 el artículo 59 habla sobre el objetivo económico-financiero.

Su texto dice “Las instituciones universitarias nacionales tienen autarquía económico-financiera que ejercerán dentro del régimen de la Ley Nº 24156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional. En ese marco corresponde a dichas  instituciones: a) Administrar su patrimonio y aprobar su presupuesto... f) Aplicar el régimen general de contrataciones, de responsabilidad patrimonial y de gestión de bienes reales... El rector y los miembros del Consejo Superior de las instituciones universitarias nacionales serán responsables de su administración según su participación, debiendo responder en los términos y con los alcances previstos en los artículos 130 y 131 de la Ley Nº 24156. En ningún caso el Estado nacional responderá por las obligaciones asumidas por las instituciones universitarias que importen un perjuicio para el Tesoro Nacional…”

Por aplicación de la Ley N°24521, la Ley N° 24156 y la Ley de Contabilidad, las universidades están sujetas al control externo de la SIGEN.

La doctrina definía la entidad autárquica como “toda persona jurídica pública que dentro de los límites del derecho objetivo y con capacidad para administrarse, es considerada respecto del Estado como uno de sus órganos...”.

La CSJN manifestó que “…la autarquía es complementaria de la autonomía universitaria y por ella debe entenderse la aptitud legal que se les confiere a las universidades para administrar por sí mismas su patrimonio, es decir, la capacidad para administrar y disponer de los recursos que se les asignará a cada una de ellas, mediante los subsidios previstos en la ley de presupuesto, como así también la plena capacidad para obtener, administrar y disponer sobre los recursos propios que se generen como consecuencia del ejercicio de sus funciones”.

Las universidades solamente están sujetas al control financiero interno de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y al control externo de la Auditoría General de la Nación (AGN) por expresa remisión de la Ley de Educación Superior

4) ¿Qué materias abordan los reglamentos expedidos por los órganos de gobierno de las universidades? Da un ejemplo de cada uno.

Las materias que abordan los reglamentos de la universidad  son de diversa naturaleza, por ejemplo,  en materia electoral, administrativa,  y en temas académicos, científicos y Extensión.

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