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Ley Federal De Transparencia Y Acceso A La Información Publica


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  1.603 Palabras (7 Páginas)  •  424 Visitas

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La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Cuadro comparativo

Ley Federal de Transparencia y Acceso de la información Ley Federal de Protección de Datos Personales

Objetivo General Objetivo General

Su finalidad es proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en Posesión de los Poderes de la Unión, los Órganos Constitucionales Autónomos o con autonomía legal y cualquier otra entidad federal. Su finalidad es la protección de datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su trato de manera legitima, controlada e informada, garantizar la privacidad del derecho a la autodeterminación informativa de las personas

Objetivos: Objetivos:

1.- Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos.

2.- Transparentar la gestión pública mediante la difusión de información que generan los sujetos obligados;

3.- Garantizar la protección de los datos personales en posesión de los sujetos Obligados.

4.- Favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados;

5.- Mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos, y

6.- Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del estado de derecho.

1.- Establece que los responsables en el tratamiento o manejo de de los datos personales deben observar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad.

2.- Los datos personales deberán recabarse y tratarse de manera lícita conforme a las disposiciones establecidas por esta Ley y demás normatividad aplicable.

La obtención de datos personales no debe hacerse a través de medios engañosos o fraudulentos.

3.- Señala que tratándose de datos personales sensibles (Aspectos de origen racial o étnico, estado de salud, presente o futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual) el responsable deberá obtener el consentimiento expreso y por escrito del titular para su tratamiento.

4.-Establece como obligación de los responsables en el tratamiento de los datos personales, de informar a los titulares de los datos personales, la información que se recaba de ellos y con que fines a través del aviso de privacidad.

5.- Todo tratamiento de datos personales estará sujeto al consentimiento de su titular, salvo las excepciones previstas por la presente Ley.

6.- El consentimiento será expreso cuando la voluntad se manifieste verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos.

7.- Se entenderá que el titular consiente tácitamente el tratamiento de sus datos, cuando habiéndose puesto a su disposición el aviso de privacidad, no manifieste su oposición.

8.- Los datos financieros o patrimoniales requerirán el consentimiento expreso de su titular.

Obligaciones de transparencia Aviso de privacidad

Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, en los términos del Reglamento y los lineamientos que expida el Instituto la información siguiente:

I.- Su estructura orgánica;

II.- Las facultades de cada Unidad Administrativa

III.-El directorio de servidores públicos,

IV.-La remuneración mensual por puesto, incluyendo el sistema de compensación,

V.- El domicilio de la unidad de enlace, dirección electrónica para recibir las solicitudes de información;

VI.- Las metas y objetivos de las unidades administrativas

VII.- Los servicios que ofrecen;

VIII.- Los trámites, requisitos y formatos. En caso de que se encuentren inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios o en el Registro que para la materia fiscal establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberán publicarse tal y como se registraron

IX. La información sobre el presupuesto asignado, los informes sobre su ejecución, en los términos del Presupuesto de Egresos de la Federación.

En el Ejecutivo Federal, la información será proporcionada respecto de cada dependencia y entidad por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública.

X. Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que realicen, según corresponda, la Secretaría de la Función Pública, las contralorías internas o la Auditoría Superior de la Federación y las aclaraciones que correspondan;

XI. El diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio, los padrones de beneficiarios de los programas sociales que establezca el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación;

XII.- Las concesiones, permisos o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos;

XIII.- Las contrataciones que se hayan celebrado en términos de la legislación aplicable detallando por cada contrato;

a) Las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y los servicios contratados; en el caso de estudios o investigaciones

b) El monto;

c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y

d) Los plazos de cumplimiento de los contratos;

XIV.-

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