Ley Organica De La Redistribucion De Las Riquezae
marianacede971 de Julio de 2015
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¿ Cual es el objeto a gravar?
Grava a los incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos o cualquier adquisición a título gratuito. Grava también la adquisición de dominios de bienes o derechos que tuviera el causante o posea el donante en el exterior a favor de residentes en el Ecuador, se aplica también para sociedades, instituciones privadas sin fines de lucro, fideicomisos y similares, dentro del país o en el exterior.
¿Quienes están exentos de pagar?
Estados y sus empresas
Estados extranjeros
Convenios internacionales
Beneficiarios de seguros y de desgravamen de vida
Becas y donaciones del estado e IESS
Transferencia de acciones a trabajadores
Autoconsumo
Herencia legados o donaciones de muebles de uso domestico: libros o ajuar de la casa
Transferencias título gratuito establecido por la ley
Donaciones a damnificados de desastres naturales según el reglamento
Deducciones
Gasto de ultima enfermedad, funerales y apertura de la sucesión
Publicación del testamento
Pagos albacea
Pagos de impuestos que se encuentre adeudando hasta el día del fallecimiento
Porciones conyugales y gananciales a que hubiere lugar
Reducciones
Adicionalmente, los hijos o padres beneficiarios de la herencia, legados o donaciones que comprendan bienes inmuebles gozarán de una deducción adicional de hasta 100 salarios básicos. También los hijos menores de edad del causante o donante tendrán una deducción adicional de hasta 100 salarios básicos. El mismo beneficio se aplica para los hijos que tengan alguna discapacidad , como los padres con algún tipo de discapacidad.
Plazos para declarar
Herencia y legados seis meses
Donaciones y otras transferencias a título gratuito la declaración es previa a la inscripción de la escritura o celebración del contrato
Presunciones ( fideicomisos en paraíso fiscal o separación del patrimonio a través de cualquier acto, contrato o figura legal) seis meses
Rebajas
Para el caso de herencias y legados se tendrá derecho a rebajas en el impuesto siempre y cuando se pague en los cinco primeros meses después de generado. Las rebajas van entre el 2% y 10% del impuesto Cuando el pago se realice un mes después de recibir la herencia se aplicará un rebaja de 10%; dos meses, 8%; tres meses, 6%; cuatro meses, 4% y cinco meses, 2%. En adelante, no habrá rebajas.
Descuentos por democratización del capital. Con el objetivo de "garantizar la democratización de la riqueza y el acceso de los trabajadores al capital y a los medios de producción, los herederos podrán descontar del total del impuesto causado, el valor de las acciones o participaciones de una sociedad que sean donadas a los empleados.
En la tabla consta que quienes reciban hasta $ 35.400 no pagarán el impuesto. Quienes hereden bienes a partir de este valor hasta $ 70.800 deben cancelar el 2,5%, pero el cálculo no se hace sobre el valor completo, sino sobre el excedente es decir solo sobre $ 35.400. La propuesta de Ley establece dos tablas para el impuesto: la primera es para herencias indirectas y la segunda para herencias directas. En el caso de las indirectas –que se refiere a las grandes fortunas– la tasa máxima del impuesto será del 77,5%. Esta tasa será progresiva, es decir, mientras más se recibe más se paga y corresponde a los patrimonios indirectos. Mientras que para las herencias directas – aquellas que reciben hijos, padres, nietos o abuelos–, tendrán una tasa máxima del 47,5% esto significa 30 p
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