Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social (LOSSS)
SENIATAYUDATesis27 de Mayo de 2015
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Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social (LOSSS)
La Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad. Tiene Por Objetivo, La Seguridad Social Integral y tiene como fin proteger a los habitantes de la República, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene todo ser humano. La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la imposibilidad sea temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados o servicios. Esta Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela. Tiene como finalidad garantizar a las personas comprendidas en el campo de aplicación de esta Ley, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la misma.
La Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:
• Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por esta Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida;
• Solidaridad: Es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema;
• Integralidad: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema.
• Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos y prestaciones, a fin de alcanzar su objetivo.
• Participación: Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral;
• Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible; y
• Eficiencia: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los beneficios que esta Ley asegura sean prestados en forma oportuna, adecuada y suficiente
La LOSSS constituye el desarrollo inmediato del artículo 86 de la Constitución de la República, que consagra el derecho de toda persona a la seguridad social. Esta Ley es el resultado de grandes esfuerzos, realizados en un ambiente político, social y económico sumamente convulso y conflictivo, lo cual influyó para que la consulta popular resultara muy tímida, parcial y circunscrita a muy pocos sectores de opinión y actores de la vida nacional.
En comparaciones con el sistema de seguridad social aprobado en el año 1999 se puede decir que, ambos Sistemas tienen como objetivos los mismos, los de proteger a los ciudadanos ante diversas contingencias, como enfermedades, accidentes, desempleo, entre otros y están organizados en subsistemas., los cuales están integrados de la misma manera, creando para el año 1999, una novedad dentro del Subsistema de paro Forzoso y es la Capacitación laboral, mediante la cual el desempleado puede optar a capacitación a fin de mejorar su nivel de consecución de e En el año 1998, se incluye el Subsistema de Recreación, dando el rango de necesidad y la importancia que tiene para las normativas laborales el derecho al esparcimiento. Sin embargo, desde muchos antes, se estaba gestando en el extinto Congreso, a través de las subcomisión de Desarrollo Social, la Ley de Recreación que contenía aspectos fundamentales sobre una nueva concepción para el venezolano de la recreación, no solo entendiéndose como vacacionar, sino en emplear su horario libre en actividades que lo nutrieran cultural y espiritualmente y lo hicieran compartir en familia, esta ley abarcaba no solo a los afiliados a la Seguridad Social, sino al toda la población. El Sistema de Seguridad Social la tomó para englobar en uno de sus Subsistemas y así aparece actualmente. La diferencia más sustancial de los dos Sistemas de Seguridad Social radica en que para el año 1999, se incluyeron los Fondos de retiro; los afiliados podían elegir qué tipo de administración regiría para capitalizar sus ahorros, si sería pública, privada ( pudiendo ser determinados bancos) o mixta, esto se hizo tomando en cuenta ejemplos de otros países como Chile, eso sí siendo en todo caso fiscalizadas estas administradoras, por el Estado y pudiendo transferir el monto de sus retiros programados a Seguros de Vida si así lo quisieran o aumentar el capital de su cuenta para asegurar una pensión de vejez más adecuada; en la nueva Ley esto se elimina y vuelve a ser el Estado, el ente que maneja los diferentes Fondos. Además de hacer notar que en el año 1.999, se estableció este Sistema mediante Decretos-leyes y en la actualidad se trata de un Ley Orgánica que tiene más jerarquía legal.
Bases Legales De La Seguridad Social En Venezuela.
1.- En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial Extraoficial 5.453 de fecha 24 de marzo de 2000, son múltiples los artículos que hablan sobre la seguridad social y laboral, entre los cuales se destacan: En el Preámbulo, se establece como propósito el aseguramiento del derecho al trabajo.
• Articulo 76, se contempla la protección integral de la maternidad y la paternidad garantizada por el Estado desde la concepción.
• Articulo 82, garantiza el derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales; éste es obligación compartida entre los ciudadanos y Estado en todos sus ámbitos
• Artículo 83, 84 y 85, regulan el derecho a la salud, garantizándolo como parte del derecho a la vida; organizándolo a través de un sistema público nacional de salud.
• Artículo 86, hace referencia directa al derecho a la seguridad social, como un servicio público no lucrativo, que garantice la salud, y asegure la protección en contingencias que van más allá de infortunios en el trabajo. El Estado garantiza la efectividad del sistema, que será universal, integral, solidario y único.
• Articulo 87, el trabajo es un derecho y un deber, garantiza la adopción de medidas para la obtención de ocupación productiva, asi como el fomento del empleo, el ejercicio de derechos laborales a trabajadores no dependientes, condiciones de higiene, seguridad y ambiente adecuados.
• Articulo 88, garantiza la igualdad de sexo en el trabajo, da reconocimiento al trabajo en el hogar amparado por la seguridad social.
• Articulo 89, el trabajo es un hecho social y gozará de la protección del estado:
Intangibilidad y progresividad de derechos.
Priva el principio de realidad sobre apariencias.
Irrenunciabilidad. Prohibición de transacciones durante la relación.
In dubio pro operario.
Nulidad de actos por inconstitucionales.
No discriminación en el trabajo.
Protección al trabajo de menores adolescentes
• Articulo 90. Regula la jornada de trabajo diurno, la cual, no excederá de 8 horas diarias ni 44 semanales. El trabajo nocturno, cuando sea permitido, no excederá de 7 horas diarias ni de 35 semanales; se propenderá la disminución progresiva de la jornada dentro del interés social y en el ámbito que se determine. Los trabajadores tienen derecho al descanso semanal y vacaciones remuneradas en iguales condiciones a las jornadas laboradas
• Articulo 91. Contempla el derecho a un salario suficiente, representado por a igual trabajo igual social; la ley fijara la participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa; se hace necesario destacar que el salario es inembargable, salvo las obligaciones alimentarías; se garantiza de un salario mínimo vital, que será ajustado anualmente tomando como una referencia la canasta básica
• Articulo 92. Los trabajadores tienen derecho a prestaciones sociales que recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía; las prestaciones sociales y el salario son de pago inmediato y la mora genera intereses
• Articulo 93. La Ley garantizara la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente para limitar toda forma de despido injustificado, los despidos inconstitucionales son nulos.
• Articulo 94. La Ley determinara la responsabilidad de la persona en cuyo provecho se preste un servicio mediante intermediario o contratista; se establece responsabilidad especial para patronos por simulación o fraude para desvirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislación laboral.
• Artículo 95. Los trabajadores tienen derecho a constituir libremente organizaciones sindicales y a afiliarse o no a ellas; las organizaciones sindicales no están sujetas a controles administrativos.
2.- En la Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial Extraoficial 5.152 de fecha 19 de junio de 1997, respecto de la seguridad social señala en su artículo 585, del Título VIII, “En los casos cubiertos por el Seguro Social Obligatorio se aplicarán las disposiciones de
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