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Libro Y Registro Vinculados A Asuntos Tributarios


Enviado por   •  14 de Abril de 2015  •  11.148 Palabras (45 Páginas)  •  341 Visitas

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LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS

INDICE

1. Tablas a utilizar en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios

2. Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios

3. Legalización de los Libros y Registros

4. Contenido de la constancia

5. Registro de las legalizaciones

6. Oportunidad de la legalización

7. Comunicación de la pérdida o destrucción

8. Empaste de los libros y registros

9. Forma de llevado de los libros y registros

10. Datos de cabecera

11. Empleo del Plan Contable General

12. Totalización de los importes en los folios

13. Modificación de la denominación o razón social

14. Pérdida O destrucción de los libros

15. Contabilidad completa

16. Información mínima en los libros y los formatos

17. Libro Caja y Bancos

18. Registro de compras

19. Registro de consignaciones

20. Registro de costos

21. Registro de Inventario permanente valorizado

22. Registro de ventas e ingresos

23. Otros Libros

Fuente: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT)

Normas Legales

• Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT -

Resolución de Superintendencia que establece las normas referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios.

• Resolución de Superintendencia N° 230-2007/SUNAT -

Modificación de la Resolución de Superintendencia que establece las normas referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios.

• Resolución de Superintendencia N° 239-2008/SUNAT -

Modificación de la Resolución de Superintendencia que estableció las normas referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios.

Tablas a utilizar en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios

La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias, se han establecido disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes a partir del 1 de enero de 2007, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas vigentes sobre la materia.

Las disposiciones para el tratamiento tributario de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios están referidas a:

• El procedimiento para la autorización de los mismos.

• La forma en la cuál deberá ser llevados.

• Los plazos máximos de atraso.

• La perdida o destrucción de los mismos.

• La contabilidad completa - vigente a partir del 2009.

• La información mínima contenida en ellos, así como los formatos que la integran - vigente a partir del 2009.

Las disposiciones referidas a la contabilidad completa, así como la utilización de los formatos que debe contener cada libro o registro entraron en vigencia a partir del 1 de enero de 2009.

Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios

Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios serán los libros de actas, los libros y registros contables u otros libros y registros exigidos por las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia que se señalan a continuación:

Legalización de los Libros y Registros

Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios serán legalizados por los notarios o, a falta de éstos, por los jueces de paz letrados o jueces de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario.

Tratándose de las provincias de Lima y Callao, la legalización podrá ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias.

Los notarios o jueces, según corresponda, colocarán una constancia en la primera hoja de los mismos y procederán a sellar todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas.

Tanto los notarios como los jueces llevarán un registro cronológico de las legalizaciones que otorguen.

Importante:

La autorización del Libro de Planillas será de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias.

Contenido de la constancia

La constancia a ser colocada en la primera hoja de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios contaran con la siguiente información:

a. Número de legalización asignado por el notario o juez, según sea el caso;

b. Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario, según sea el caso;

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