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Liquidacion de prestaciones Legislación laboral

paogonzalez33Trabajo24 de Agosto de 2015

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Asignatura:

Legislación laboral

Presenta

Julián León Urbina ID 410226

Docente

Jonathan moreno parra

Colombia, Bogotá D .C.                                                     Agosto 17 de 2015

ACTIVIDAD #10 CASO 3

Una persona ingresa a laborar el 12 de noviembre de 2010 y trabajó hasta el 27 de mayo del 2012.

Su salario mensual era de $900.000.00, más el auxilio de transporte vigente.

La persona necesita saber:

¿Cuantos días laboró?

 

DIA

MES

AÑO

16 DIAS + 180 DIAS + 360 DIAS = 556 DIAS

DIAS LABORADOS EN EL AÑO 2012 = 147 DIAS

F.E.

27

5+12=17

2012-1=2011

F.I.

12

11

2010

15

6

1

15+1

 

 

¿A qué tiene derecho y por qué? Arguméntelo

Según el código laboral  y el código sustantivo del trabajo:

Vacaciones: según el artículo 186 “1. Los trabajadores que hubieren prestados sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas.  

Prima se servicios: según el articula 306 “1. Toda empresa está obligada a pagar a cada uno de sus trabajadores, como prestación especial, una prima de servicios, así: un mes de salario pagadero por semestres del calendario, en la siguiente forma: una quincena el último día de junio y otra quincena en los primeros veinte días de diciembre, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre, o proporcionalmente al tiempo trabajado

Cesantías: según el artículo  249 del código sustantivo del trabajo “Todo empleador está obligado a pagar a sus trabajadores, y a las demás personas que se indican en este Capítulo, al terminar el contrato de trabajo, como auxilio de cesa 

Intereses de las cesantías: “según ley 52 de 1975” estos se pagan al empleador directamente y se liquidan sobre el 12% anual  sobre el valor de las cesantías a diciembre y se pagan el enero, también se liquidan a la terminación del contrato según el caso ya paso un periodo de intereses de cesantías  que debió haber sido pagado desde enero  

¿Cuánto le corresponde por cada concepto?

Periodo de Liquidación: 01 de enero de 2012 al 27 de mayo de 2012

Días Laborados: 147

Salario básico mensual: $900.000.oo (Mas el subsidio de transporte correspondiente al año 2012 se debe tener en cuenta para la liquidación).

Salario de liquidación: $967.800.oo

Se debe tener en cuenta el inicio y la finalización de periodo laboral por consiguiente se analiza que en año 2011 se le cancelan las cesantías del año en curso, se le cancelan vacaciones, y sus primas.

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