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Los derechos humanos de los adultos mayores


Enviado por   •  19 de Febrero de 2019  •  Ensayos  •  2.033 Palabras (9 Páginas)  •  666 Visitas

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Los derechos humanos en los adultos mayores, a través del tiempo.

Por: L.E. Karina Isabel Casco Gallardo

En el presente ensayo aborda el tema de los derechos humanos en las personas mayores tanto a nivel internacional como a nivel nacional y cómo éstos han ido evolucionando a través de los años debido a cómo las necesidades de la población han cambiado. La comunidad internacional reconoce dos categorías de derechos humanos: los derechos civiles y políticos y los derechos económicos, sociales y culturales (Mann JM, Gruskin S, Grodin MA, 1999) derivándose del significado de ser humano y se aplican a todas las personas sin importar su raza, origen, religión o condición social, además, se reconocen derechos que tienen los grupos vulnerables como las mujeres y los niños sin embargo no se contaba con un documento que protegiera los derechos de las personas en función de la edad. Han existido cuatro iniciativas para lograr una declaración sobre los derechos de las personas mayores, presentadas formalmente o discutidas como documentos en las Naciones Unidas.

La primera Declaración de los derechos de la vejez fue propuesta por la Argentina en 1948 y fue presentada ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, que luego encomendó al Consejo Económico y Social su examen y la preparación de un informe al respecto informó que debido al escaso tiempo transcurrido entre la sesión del Consejo Económico y Social y la de dicha Comisión no había sido posible preparar la información requerida, por lo que se propuso considerarlo nuevamente en su siguiente sesión. A partir de este momento, la iniciativa se diluyó y no se volvió a retomar el tema sino hasta varias décadas después(Huenchuan, 2013).  

Fue con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sancionada hace más de 50 años, que se reconoció el derecho a un nivel de vida adecuado y a contar con un seguro en situaciones de privación ajenas a la voluntad, entre ellas la vejez, el precursor de los derechos de las personas mayores. En dicho documento se estipula que: «Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad» (artículo 25, inciso 1).

Más tarde, El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 estipulaba el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental en su artículo 12, inciso 1. Se debe recalcar que en ambos documentos no se mencionan específicamente derechos de los adultos mayores, pudiéndose deber a que el fenómeno del envejecimiento poblacional no había tomado la importancia que tiene hoy en día. No obstante, años mas tarde, la Asamblea Mundial sobre Envejecimiento efectuada en Viena en 1982 aprobó el Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento, el primer documento de política a nivel mundial sobre envejecimiento para la orientación y formulación de políticas y programas sobre la cuestión, en el marco de los derechos proclamados en los pactos de derechos humanos. El Plan establece 62 recomendaciones para que las naciones incorporaran al envejecimiento en los planes y programas de desarrollo. Aunque el plan no aborda los derechos específicos de los adultos mayores, reconoce el derecho a trabajar, a la jubilación y a la educación.

A partir de la Asamblea Mundial sobre el envejecimiento de Viena 1982, las naciones se han enfocado a trabajar en políticas incluyentes para el adulto mayor. El segundo intento por parte de la ONU para crear un documento para los derechos de los adultos mayores fue en 1991, cuando la Federación Internacional de la Vejez y la República Dominicana presentaron la Declaración sobre los derechos y responsabilidades de las personas de edad, que constituyó la base de los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de Edad, adoptados por resolución de la Asamblea General en 1991.

Unos años más tarde, en 1999, la República Dominicana presentó ante la Comisión de Desarrollo Social una nueva iniciativa denominada Declaración de Interdependencia, en la que se hacía un llamado a promover y respetar tanto los vínculos existentes entre los pueblos a escala internacional como aquellos que unen a las personas y los grupos a escala microsocial. Esta iniciativa tampoco avanzó. En 1999, a propósito del Año Internacional de las Personas de Edad, la American Association of Retired Persons (AARP) de los Estados Unidos puso a consideración de las Naciones Unidas la Carta por una sociedad para todas las edades. Se esperaba que esta iniciativa siguiera el mismo proceso que la propuesta promovida por la Federación Internacional de la Vejez en 1991, sin embargo no prosperó (Huenchuan, 2013). En la segunda asamblea Mundial sobre el envejecimiento que se llevó acabo en Madrid en el año 2002 se aprobó la Declaración Política Y El Plan De Acción Internacional De Madrid Sobre El Envejecimiento la cual establece que para complementar los esfuerzos nacionales para ejecutar en su totalidad el Plan de Acción Internacional, es esencial una cooperación reforzada.  Reconoce que el mundo está experimentando una transformación demográfica sin precedentes, que desafía a todas las sociedades a dotar de más oportunidades a las personas mayores.

La aplicación del enfoque de los derechos humanos al análisis de los asuntos de la vejez ha significado un cambio respecto de una etapa de la vida que, se asocia a carencias de todo tipo, y las Naciones Unidas han hecho un enorme aporte en este sentido. Sin embargo, hablando en el ámbito internacional, las personas mayores no contaban con un instrumento jurídicamente vinculante que proteja sus derechos, como ocurre con otros grupos discriminados, y para hacerlos efectivos es preciso superar la enorme dispersión normativa existente (Huenchuan, Rodríguez-Piñero, & Rodriguez, 2010) por lo que el 15 de junio de 2015, la Organización de los Estados Americanos (OEA) aprobó el texto de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores que es el primer instrumento internacional de su tipo que agrupa y especifica los derechos humanos y principios que deben incluirse en la legislación, políticas públicas y programas nacionales para lograr la independencia, autonomía, salud, seguridad, integración y participación de las personas de 60 años o más, y eliminar la discriminación por motivos de edad en donde se resalta que la persona mayor tiene los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas, y que estos derechos, incluido el de no verse sometida a discriminación fundada en la edad ni a ningún tipo de violencia, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano.

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