MANUAL DE DOCUMENTACION
germallin14 de Septiembre de 2012
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0456-90-IN/PNP
REGLAMENTO
DE
DOCUMENTACIÓN POLICIAL
Lima, 19 SET 1990
CONSIDERANDO :
Que, por Ley 24949 de 06DIC88, se modifico la Constitución Política del Perú, creando la Policía Nacional, en base a la Organización y funciones de la Guardia Civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana, con todos sus derechos y obligaciones.
Que, en el proceso de integración de la Policía Nacional, es conveniente adecuar y actualizar la normatividad que venia rigiendo en las Ex –Instituciones Policiales, en cuanto a las normas y procedimientos para la formulación y administración de la documentación policial.
Que, mediante RD. Nº 2023-89-DGPNP/COAS de 24JUL89, se nombro una comisión encargada de la formulación del “Proyecto de Reglamento de Documentación Policial de la Policía Nacional del Perú”.
Que, el Proyecto de Reglamento elaborado por la Comisión de referencia satisface la finalidad encomendada.
Estando en lo propuesto por el Señor Teniente General PNP Director General de la Policía Nacional y a lo opinado por la oficina de Asesoria Jurídica del Ministerio del Interior.
SE RESUELVE:
Articulo 1ro.- Aprobar el “Reglamento de Documentación Policial de la Policía Nacional del Perú”, que consta de CINCO (05) TITULOS, TREINTIOCHO (38) CAPITULOS, CIENTO TRTEINTIDOS (132) Artículos y VEINTIOCHO (28) Anexos.
Articulo 2do.- La Dirección General de la Policía Nacional del Perú, queda encargada de su impresión y difusión.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ADOLFO ALVARADO FOURNIER
General de División EP
Ministro de Interior
REGLAMENTO
DE
DOCUMENTACIÓN POLICIAL
TITULO
GENERALIDADES
CAPITULO I
OBJETO, FINALIDAD Y ALCANCE
Art. 1º. El presente Reglamento tiene por objeto establecer los Principios, Normas y Procedimientos para la formulación y administración de la documentación empleada en la Policía Nacional.
Art. 2º. El reglamento tiene por finalidad:
Determinar los documentos operativos y administrativos que se emplean en la Policía Nacional del Perú.
Lograr uniformidad en la formulación y administración de los documentos policiales.
Conseguir la correcta y adecuada formulación y administración de los documentos policiales por todo el personal del instituto.
Art. 3º. Las prescripciones del presente Reglamento serán cumplidas obligatoriamente por todos los órganos y miembros de la Policía Nacional del Perú, en el cumplimiento de sus funciones y atribuciones.
CAPITULO II
BASE LEGAL Y DEFINICIÓN DE TERMINOS
Art. 4º. El presente Reglamento tiene el siguiente sustento legal:
Constitución Política del Perú
Ley Nº 24949 modificatoria de la Constitución
Ley Nº 25035 de Simplificación Administrativa
Art. 496 del EJEM (DL. Nº 23214) - Documentos clasificados
DL. Nº 371 - Ley de Bases de las Fuerzas Policiales
DS Nº 006-SG de 11 NOV. 67, Reglamento General de Procedimientos Administrativos.
DS Nº 070-89- PCM Reglamento de la Ley de Simplificación Administrativa.
DS Nº 009 –CCFA de 30NOV77, Seguridad Conjunta de las Informaciones.
DS Nº 006- IN/DM DE 31MAR89, Estructura Orgánica de la Policía Nacional.
Art. 5º. La definición de los términos empleados en el Reglamento son los siguientes:
a. ANEXO
Documento que amplia una orden o cualquier otro documento, unido o agregado a otra información con dependencia de ella.
b. ANTECEDENTE
Dato, Noticia, referencia que busca al personal policial.
c. AUTENTICAR
Autorizar o acreditar la originalidad de un documento.
d. ARCHIVO
Conjunto de documentos convenientemente agrupados que constituyen la historia y memoria de una dependencia de la Policía Nacional.
e. CARGO
Elemento celular de una estructura orgánica con funciones especificas integrada por tareas y responsabilidades que son asignadas a una persona por ley o por autoridad competente.
- También se conoce como recibo por la recepción o entrega de documento.
f. CLASIFICAR
- Ordenar o disponer por clases. Ordenar, coordinar, arreglar, catalogar y disponer.
- Otorgar una categoría de seguridad a un documento en función a su naturaleza y contenido.
g. COMPARECER
Acudir o presentarse ante una Autoridad Judicial o Policial previa notificación.
h. DEPENDENCIA
Cualquier nivel orgánico de la Institución.
i. DOCUMENTACIÓN POLICIAL
Conjunto de documentos que emplea la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones.
j. NORMA
Regla, pauta, guía, modelo que se debe seguir.
k. OBJETIVO
Fin a que se dirige una acción o propósito que se pretende alcanzar.
l. PRINCIPIO
Base, fundamento, origen, razón fundamental, sobre el cual se procede discurriendo en cualquier materia.
m. PROVEIDO
Documento con el cual se da tramite interno, en forma ascendente, descendente o colateral a un expediente u otro documento.
n. SISTEMA
Conjunto de principios, normas o reglas, lógicamente enlazadas entre si, acerca de una ciencia o materia.
Ñ. TRAMITE
Tratamiento que tiene un documento en las diferentes instancias encargadas de su formulación o estudios, dictamen o solución de acuerdo con un procedimiento administrativo.
TITULO II
PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES
CAPITULO I
PRINCIPIOS
Art. 6º. En la formulación de la documentación policial se observaran los siguientes principios:
a. CONCISIÓN.- El contenido de la documentación debe ser breve, con el menor numero de palabras, utilizando oraciones simples y cortas.
b. PRECISION.- Las oraciones contenidas en el documento deberán expresar exactamente el deseado.
c. CLARIDAD.- El texto del documento debe ser de fácil comprensión.
d. COHERENCIA.- El contenido del documento debe tener un orden lógico y armónico.
e. OBJETIVIDAD.- El documento debe tratar sobre asuntos concretos, en forma impersonal y exento de prejuicios.
f. EXACTITUD.- El texto debe expresar los hechos con la mayor certeza posible y sin errores.
h. UNIDAD.- El documento debe estar referido a un solo tema o asunto.
CAPITULO II
NORMAS GENERALES
Art. 7º. Para la formulación de los documentos policiales se emplearan maquinas de escribir con cinta de color negro y papel de las características siguientes:
a. Bond.- Tamaño oficial (A-4) de 210mm. X 297mm. Con peso de 60grs para documentos originales.
b. Periódico o cebolla.- Las mismas dimensiones del papel bond, para copias, utilizando papel carbón color negro.
c. Bulki.- Tamaño oficio, para las copias mimeografiadas.
Art. 8º. Los márgenes que se observan en los documentos policiales son :
a. Margen Superior : 04 cm. O 09 espacios verticales de maquina de escribir
b. Margen Inferior : 03 cm. O 07 espacios verticales
c. Margen Izquierdo : 04 cm. o 15 espacios horizontales
d. Margen Derecho : 02 cm. O 07 espacios horizontales
Art. 9º. Todo documento policial debe constar de tres partes :
a. ENCABEZAMIENTO
Es el conjunto de elementos identificatorios del documento y comprende:
(1) MEMBRETE: Indica la dependencia de origen del documento y se imprime en el Angulo superior izquierdo de la primera página.
(2) AÑO OFICIAL: Se consigna en la parte céntrica y superior de la primera pagina de lo oficios.
(3) LUGAR Y FECHA: Se consigna en el margen derecho de la primera página del documento o al término según corresponda.
(4) DENOMINACIÓN, NUMERO DEL DOCUMENTO Y ABREVIATURA DE LA DEPENDENCIA: Se consigna en letras mayúsculas subrayadas y se ubican en la parte superior céntrica o lado izquierdo del documento, según corresponda
(5) DESTINATARIO: Indica el nombre de la persona y/o el cargo a quien se dirige el documento, anteponiéndose el grado policial o militar, profesión o categoría, según corresponda
(6) ASUNTO: Expresa sucintamente el contenido del documento.
(7) REFERENCIA: Mención del documento o disposición que origina la formulación del documento, siempre y cuando hubiera.
b. CUERPO
Es parte expositiva y central del documento en la que se desarrolla el tema, asunto o motivo que origina su formulación.
c. TERMINO
Conjunto
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