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MODELO DE DEMANDA DE SEPARACIÓN DE HECHO


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2018  •  Trabajos  •  656 Palabras (3 Páginas)  •  205 Visitas

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EXPEDIENTE   :

ESPECIALISTA:

ESCRITO N°     :01

SUMILLA             : INTERPONE DEMANDA DE SEPARACION POR CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO.

SEÑOR JUEZ DEL  SEGUNDO JUZGADO  DE  FAMILIA DE TACNA

URSULA CANDIA MARON, identificada con D.N.I. N°78564534 con domicilio real y procesal en la calle Piura N°89 Tacna,  en contra de  JUAN PABLO RODRIGUEZ MENDEZ, identificado con D.N.I N°89786754 con domicilio real en la calle Piura N°89 ,Tacna .Asimismo  debiendo notificarse al Ministerio Publico con domicilio institucional en la calle Bolognesi S/N-Tacna a Ud. Con el debido respeto digo:

|.PETITORIO.-

Que teniendo interés y legitimidad para obrar, interpongo la demanda de DIVORCIO POR LA CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO, desde el mes de diciembre del 2006 hasta la fecha, es decir, más de 10 años ININTERRUMPIDOS POR ENCONTRARSE SEPARADA CON EL DEMANDADO para efectos de que mediante sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial y oportunamente se cursen los partes al jefe  de Registro Civil de la Municipalidad distrital de Tacna, para la anotación de la sentencia.

||.FUNDAMENTOS FACTICOS DE LA DEMANDA.-

1.-Que, con fecha 02 de Abril del 1983, he contraído matrimonio civil con el demandado Juan Pablo Rodriguez Mendez hasta el mes de diciembre del 2006 decidimos por mutuo acuerdo separarnos definitivamente hasta el día de hoy.

2.-Ambos en una decisión armoniosa en vista que ya nos habíamos separado , con fecha 25 de enero del 2008, suscribimos ante la notaria Publica Daisy Morales de Barrientos el cambio de Régimen Patrimonial de Sociedad de gananciales a  uno de  separación de patrimonios y liquidación de sociedad de gananciales respecto a la separación y división de los bienes adquiridos durante el matrimonio, cediendo el 50% que me corresponde del inmueble Lote 20 de la Manzana N°2,ubicado en Alfonso Ugarte |ETAPA –TACNA ,a  favor del demandado.

3.-En ese contexto al vincularnos solamente  un acta de Matrimonio, resulta justo y legal que se haga uso de la causal de Separación de Hecho de los cónyuges por un periodo ininterrumpido de 2 años, en vida  que no existen hijos, para poner fin al rompimiento y resquebrajamiento de nuestro matrimonio ya que de manera definitiva se ha interrumpido la cohabitación y convivencia marital, es decir ya no existe entre nosotros el fin sublime del matrimonio, cual es de hacer vida en común ,conforme lo disponer el artículo 289 del Código Civil.

4.-Finalmente debo señalar que no hemos adquirido bienes que deben ser motivo de poner en conocimiento del órgano jurisdiccional, que motivara la liquidación de sociedad de gananciales, así como tampoco hijos.

|||.FUNDAMENTOS DE DERECHO DE LA  DEMANDA:

Amparo la presente demanda en lo dispuesto en el artículo 333 inciso 12  del Código Civil que señala: La separación de hecho de los cónyuges durante un periodo ininterrumpido de dos años. Dicho plazo será de cuatro si los cónyuges tuviesen hijos menores.

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