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MODELO DE DENUNCIA PENAL POR ABUSO DE AUTORIDAD


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  681 Palabras (3 Páginas)  •  1.055 Visitas

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                                                SUMILLA: DENUNCIA PENAL.

SEÑOR FISCAL DE LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE TURNO DE YAUYOS.

        Sarita Erika PIO RODRIGUEZ, Identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 44104081, con domicilio real y procesal en el Jiron Alfonso Ugarte S/N-Yauyos,   del Distrito y Provincia de Yauyos, a Ud. digo:

I.- DENUNCIA  PENAL.

Que, formulo DENUNCIA PENAL   contra los Señores que forman el comité sancionador de la UGEL Nª 13 de Yauyos,  José FLORES LUYO  y Sabino LOZANO por  la  comisión del delito cometidos por funcionarios públicos-ABUSO DE AUTORIDAD,   a usted digo:

II. FUNDAMENTOS DE HECHO  

PRIMERO: Que, con Resolución Nª 010-2017-AAIE/UGEL 13, que viene derivado del expediente Nª 007-2017-ST-UGEL 13-Yauyos, con el informe Nª 071-2017-AGP, de fecha 5 de Octubre 2017 remitido por la Jefa del Área de Gestión Pedagógica de la UGEL 13 de Yauyos, ejerciendo la posesión del  inmueble   ubicado Asociación Santa Luisa Mz.F. Lt. 09 del Distrito Nuevo Imperial - Cañete, de propiedad de Lucinda Zelmira Ramos Matos con los siguientes  linderos y colindancias siguientes:POR EL FRENTE: colinda con la Calle Acacias, y mide 6.20 metros lineales; POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO: colinda con el Lote N° 08 y mide 20 metros lineales; POR EL LADO DERECHO: colinda con el  Lote N° 10 y mide 20 metros lineales; POR EL FONDO: colinda con el Lote N° 12 y mide 6.20 metros lineales, con un área total de 124 m2, desde 20 de Octubre del 2005 a la fecha.

SEGUNDO: DELITO CONTRA  EL PATRIMONIO  TURBACIÓN DE LA POSESIÓN ART. 202 INCISO 1        y  3. Que, el día 05 de Noviembre de 2013, siendo aproximadamente las nueve de la mañana al salir de mi casa me encuentro con el señor  ISMAEL OSCAR REVATA VALCARCEL  y le pregunte porque había construido las cinco hileras en mi lote N° 09, quien sin mi permiso  alteró los linderos  del lote antes referido materia  de turbación  de posesión y por el cual me respondió que  había levantado para  la seguridad de su vivienda  de su sobrino y además me dijo que había hecho contrato con la señora ROSA BORDA CASTILLÓN la cual vive como inquilina en mi lote N° 09  y lo usa como deposito de leña ,  es donde el me  dice que tenia un contrato firmado con la señora ROSA AMELIA BORDA CASTILLON y en forma prepotente  vociferando palabras  soeces me empieza a amenazar de muerte diciéndome  que iba a traer unos malandrines del callao y que esta misma noche me iba a desaparecer y que también iba destruir toda mi casa. 

III. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.

Fundamento la presente en los siguientes artículos;

-  Art. 1 del Decreto Legislativo Nº 052 Ley Orgánica del Ministerio Público.

- Art.202. Inciso 1 del Código Penal; El que para apropiarse  de todo o parte de un inmueble, destruye o altera los linderos del mismo.

- Art. 202. Inciso 3 del Código Penal;  El que, con violencia o amenaza, turba la posesión de un inmueble.

IV.- ELEMENTOS DE CONVICCIÓN.

1. Se adjunta dos fotografías en el que se aprecia los actos de turbación.

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