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Mario De La Cueva


Enviado por   •  25 de Junio de 2013  •  931 Palabras (4 Páginas)  •  357 Visitas

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CAUSAS ESPECIFICASDE RECISION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO

El artículo 264 de la ley específica como causales especiales de recisión:

a) La negativa a efectuar el viaje contratado o su interrupción sin causa justificada. Será considerada en todo caso causa justificada la circunstancia de que el vehículo no reúna las condiciones de seguridad indispensables para garantizar la vida de los trabajadores, de los usuarios y del público en general.

b) La disminución importante y reiterada el volumen de ingresos, salvo que ocurran circunstancias justificadas.

TRABAJO DE MANIOBRISTAS DE SERVICIO PUBLICO EN ZONAS DE JURISDICCION FEDERAL

EL AMBITO DE SU APLICACIÓN

Las normas que se establecen en la ley laboral para todos aquellos trabajadores que en maniobras de servicio público la realicen en zonas bajo jurisdicción federal, ya sea cargando, descargando, estibando, desestibando, alijo, chequeo, atraque, amarre, acarreo, almacenaje y transbordo de carga y equipaje , que se efectué a bordo de buques o en tierra, y en los puerto, días navegables, o estaciones de ferrocarril, son reflejo del atraso mecánico tecnológico, en dichas operaciones y una supervivencia de épocas en las que en el trabajo manual era preponderante en las tales actividades. En la medida en que se actualicen con los estándares que predominan para el tráfico marítimo aéreo y terrestre, ameritan su actualización para evitar practicas nocivas de explotación para los trabajadores derivadas de las propias organizaciones colectivas de los trabajadores, llevadas a cabo con el pretexto de la obtención de tarifas de maniobras otorgadas para el poder publico y

Obtenidas con el argumento de la protección de la fuente de trabajo y que ha permitido la explotación del los llamados cuijes quienes verdaderamente prestan el trabajo de los sindicalizados, recibiendo una sola parte de la paga.

Mario de la cueva afirma que las normas contenidas en la ley, para los trabajadores maniobristas, “se proponen, por sobre la ordenación técnica de una actividad, poner fin a la explotación de trabajo y restituir la vigencia en el derecho, o todavía, en una ordenación jerárquica: lograr la adecuación de las normas generales a las peculiaridades de esta forma de trabajo, poner fin a la explotación de los trabajadores cuijes por los organismos que aun se llaman sindicales no obstante que ya dejaron de serlo ( al no mejorar ni defender el interés de los trabajadores) y restablecer el imperio del derecho a fin de que el estatuto laboral lleve su misión y brille nuevamente la justicia social entre los hombres”

a) El ámbito territorial de aplicación de las normas sobre el trabajo de las maniobras

Las maniobras que se lleva a cabo en puerto marítimos, ya de mar o de vías navegables interiores, puertos terrestres fronterizos estación de ferrocarril y en cual quier lugar reputado como zona de

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