Modelo de contrato de compraventa que se regirá por las normas civiles y comerciales que regulan la materia
130419852015Apuntes14 de Diciembre de 2015
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En la ciudad de Las Margaritas, Chiapas, Distrito Judicial de Comitán, Estado de Chiapas; República Mexicana. A los veinte días del mes de octubre del año dos mil seis. Ante los testigos que al final suscriben, comparecemos, por una parte y como VENDEDOR, el señor. José Domingo López Jiménez, y por la otra parte como COMPRADOR el señor Dagoberto Solís López y como testigos los señores Avidail Méndez Sánchez y Carmelino Solís López. Quienes hacemos constar la celebración del presente CONTRATO DE COMPRAVENTA que se regirá por las normas civiles y comerciales que regulan la materia según las siguientes:
==================== CLAUSULAS ======================
I.- Yo, José domingo López Jiménez, de oficio, agricultor mayor de edad, casado, originario y vecino del barrio sacsalum de este municipio, Las Margaritas, Chiapas; mexicano por nacimiento, con capacidad legal para contratar, y obligarme, manifiesto ser dueño en plena y legitima propiedad, dominio y posesión del predio ubicado en 4ª calle norte poniente S/N del barrio Sacsalum, Las Margaritas, Chiapas, sin antecedentes de registro alguno a mi nombre y que por convenir a mis intereses he dispuesto enajenarlo dicho inmueble, siendo sus dimensiones, linderos y colindancias, las siguientes:
AL NORTE: mide 15.00 Metros (Quince Metros), colinda con la propiedad del Sr. Gustavo Aguilar Pérez.
AL SUR: mide, 30.00 metros (Treinta metros), colinda con propiedad que el vendedor se reserva.
AL ORIENTE: mide, 30.00 metros (Treinta Metros) con propiedad del Sr. Francisco Hernández Pérez.
SUPERFICIE TOTAL: Superficie deslindada 450 M2. (Cuatrocientos cincuenta metros). De predio urbano sin construcciones.
II.- El deslindado inmueble y me corresponde por compra que hice, con un familiar, según escritura privada de compra-venta, de fecha 20 (veinte) del mes de julio del año 2002 (dos mil dos), documento que pongo a la vista en dos hojas útiles ante los testigos y del comprador.
III.- Estando cierto y seguro de los derechos y acciones que como propietario me asisten sobre dicho inmueble y en concepto de encontrarse libre de gravamen y responsabilidad, he dispuesto enajenar la parte deslindada y a cuyo efecto he celebrado con el joven Dagoberto Solís López, quien se encuentra presente en este contrato de compra-venta.
IV. Y para que tenga forma legal, por el presente privado instrumento, de mi libre, franca y espontanea voluntad, otorgo: vendo, cedo y transfiero sin reserva alguna el terreno mencionado en el estado en que se encuentra, con lo que encierra y, con todas sus entradas, salidas, usos, costumbres y servidumbres y todo cuanto de hecho y por derecho le corresponde, por el convenido precio que omitimos mencionarlo en el presente contrato, pero que es dinero de recibo legal y que antes de este acto, declaro tener recibido de manos del comprador, contados en nuestra entera satisfacción; por lo que por medio del presente privado instrumento le otorgo el recibo más eficaz que a su seguridad conduzca.
V.- El dinero ya recibido; es el justo, real y verdadero valor del terreno transferido, sin que exista lesión de ningún género, respondiendo yo el vendedor por la evicción y saneamiento de esta venta en forma y conforme a derecho; en consecuencia, ambos contratantes renunciamos la acción y plazo que, para rescindir, señalan los artículos 2257, del Código Civil Vigente en el Estado de Chiapas; agregando que en la misma no ha mediado dolo, engaño, mala fe ni ningún otro vicio del consentimiento que pudiera ser causa de nulidad, como lo señalan los artículos, 2202, 2204, 2235 y demás relativos del citado ordenamiento de leyes en vigor del Estado de Chiapas.
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