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NORMA E-050

CANDYFIO6 de Junio de 2014

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RESUMEN DE LA NORMA E-050

“SUELOS Y CIMENTACIONES”

CAPITULO 1. GENERALIDADES

1.1 OBJETIVO

Los Estudios de Mecánica de Suelos (EMS) y e Ingeniería de Cimentaciones se ejecutaran con la finalidad de asegurar la estabilidad de las obras y para promover la utilización racional de los recursos.

1.2 AMBITO DE APLICACIÓN

La presente Norma Técnica es aplicable a los EMS para la cimentación de edificaciones y otras obras indicadas en esta Norma.

1.3 OBLIGATORIEDAD DE LOS ESTUDIOS

1.3.1 Casos donde existe obligatoriedad

Es obligatorio efectuar el EMS en los siguientes casos:

a) Edificaciones que presten servicios de educación, servicios a la salud o servicios públicos y en general locales que alojen gran cantidad de personas, equipos costosos o peligrosos, tal es el caso de colegios, universidades, hospitales y clínicas, estadios, cárceles, auditorios,

templos, Salas de espectáculos, museos, centrales telefónicas, estaciones de radio y televisión, estaciones de bomberos, centrales de generación de electricidad, sub-estaciones eléctricas, silos, tanques de agua y reservorios, archivos y registros públicos.

b) Edificaciones (viviendas, oficinas, consultorios y locales comerciales), de uno a tres pisos, que ocupen individual o conjuntamente más de 500 m2 en planta.

c) Edificaciones (viviendas, oficinas, consultorios y locales comerciales de cuatro o más pisos de altura, cualquiera que sea su área.

d) Edificaciones (viviendas, oficinas, consultorios y locales comerciales de cuatro o más pisos de altura, cualquiera que sea su área.

e) Edificaciones (viviendas, oficinas, consultorios y locales comerciales), de uno a tres pisos, que ocupen individual o conjuntamente más de 500 m2 en planta.

f) Estructuras industriales, fabricas, talleres, o similares.

g) Edificaciones especiales cuya falla, además del propio colapso, representen peligros adicionales importantes, tales como: reactores atómicos, grandes homos, depósitos de materiales inflamables, corrosivos o combustibles, paneles de publicidad de grandes dimensiones y otros de similar riesgo.

h) Cualquier edificación que requiera el uso de pilotes, pilares o plateas de fundación

i) Cualquier edificación adyacente a taludes o suelos que puedan poner en peligro su estabilidad.

En los casos en que es obligatorio efectuar un EMS, de acuerdo a lo indicado en esta Sección, el informe del EMS correspondiente deberá ser firmado por el Profesional Responsable.

1.3.2 Casos donde no existe obligatoriedad

En casos en que no exista obligatoriedad de realizar los EMS en la forma especificada en esta Norma, la presión admisible, la profundidad de cimentación y cualquier otra consideración adoptada, deberán figurar en un recuadro en el piano de cimentación con la firma del Profesional Responsable que efectuó la estimación, quedando bajo su responsabilidad la información proporcionada.

1.4 ESTUDIOS DE MECANICA DE SUELOS PARA CIMENTACION (EMS)

Son aquellos que cumplen con la presente Norma y que se han basado en el metrado de cargas estimado para la estructura.

1.5 ALCANCE DEL ESTUDIO DE MECANICA DE SUELO (EMS)

La información del EMS es válida solamente para el área y tipo de obra indicadas en el informe. Los resultados e investigaciones de campo y laboratorio, así como el análisis, conclusiones y recomendaciones del EMS, sólo se aplicaran al terreno y edificaciones comprendidas en el mismo. No podrán emplearse en otros.

1.6 RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL EMS

Todo EMS deberá ser firmado por el Profesional Responsable, que por lo mismo asume la responsabilidad del contenido y de las conclusiones del informe. El Profesional Responsable no podrá delegar a terceros dicha responsabilidad.

1.7 RESPONSABILIDAD DE LA APLICACION DE LA NORMA

La entidad encargada de otorgar la ejecución de las obras es la responsable del cumplimiento de esta Norma. Dicha entidad no autorizara la ejecución de las obras, si el proyecto no cuenta con un EMS, para el área y tipo de obra específico.

CAPITULO 2. ESTUDIOS

2.1 INFORMACION PREVIA

2.1.1 Del terreno a investigar

a) Plano de ubicación y accesos.

b) Plano topográfico con curvas de nivel. Si la pendiente promedio del terreno fuera inferior al 5%, bastará un piano planimétrico. En todos los casos se hará indicación de linderos, usos del terreno, obras anteriores, obras existentes, situación y disposición de acequias y drenajes.

2.1.2 De la obra a cimentar

a) Características generales acerca del uso que se le dará, número de pisos, niveles de piso terminado, área aproximada, tipo de estructura, sótanos, luces y cargas estimadas.

b) En el caso de edificaciones especiales (que transmitan cargas concentradas importantes, que presenten luces grandes o alberguen maquinaria pesada o que vibre), deberá contarse con la indicación de la magnitud de las cargas a transmitirse a la cimentación y niveles de piso terminado, o los parámetros dinámicos de la máquina.

c) Las edificaciones deberán ser clasificadas de acuerdo a uno de los tipos determinados en la siguiente tabla.

2.1.3 Datos generales de la zona

El Profesional Responsable recibirá de quien solicita el EMS los datos

disponibles del terreno sobre:

a) Usos anteriores del terreno (terreno de cultivo, cantera, etc.).

b) Fenómenos de geodinámica externa de conocimiento del Propietario o del vecindario, que puedan de alguna manera afectar al terreno tanto en su capacidad portante, deformabilidad e integridad.

c) Construcciones antiguas, restos arqueológicos u obras semejantes que puedan afectar de alguna manera la aplicabilidad irrestricta de las conclusiones del EMS.

2.1.4 De los terrenos colindantes

Datos disponibles sobre EMS efectuados.

2.1.5 De las edificaciones adyacentes

Número de pisos incluidos sótanos, tipo y estado de las estructuras. De ser posible tipo y nivel de cimentación.

2. 1.6 Otra información

Cuando el Profesional Responsable lo considere necesario, deberá incluir cualquier otra información de carácter técnico relacionado con el EMS debiendo respaldarla con la información pertinente.

2.2 APLICACION DE LAS TECNICAS DE INVESTIGACION

2.2.1 Técnicas de investigación de campo

Las técnicas de investigación de Campo aplicables al uso de los EMS son las indicadas en el artículo 2.2.2

2.2.2 Aplicación de las técnicas de investigación

Se hará según la Norma Técnica ASTM D 420

a) Pozos o calicatas y trincheras

b) Perforaciones manuales y mecánicas.

c) Ensayo de Penetración Estándar (ASTM D 1586) (SPT)

d) Auscultación Semi - Estática (ASTM D 3441) (CPT)

e) Auscultación Dinámica con el Cono Tipo Peck (ACP)

f) Auscultación Dinámica (DIN 4094) ( DP)

g) Ensayos de Resistencia al Corte con Veleta (ASTM D 2573 y ASTM D 4648)

h) Pruebas de carga (ASTM D 1194)

2.2.3 Correlación entre ensayos y propiedades de los suelos

En base a los parámetros obtenidos en los ensayos "in situ" y mediante correlaciones debidamente comprobadas, se pueden obtener valores de resistencia al corte no drenado, ángulo de fricci6n interna, relación de preconsolidación, relación entre asentamientos y carga, coeficiente de balasto, módulo de elasticidad, entre otros.

2.2.4 Tipos de Muestras

Se consideran los cuatro tipos de muestras que se indican en la Tabla N 2.2.4, en función de las exigencias que deberán atenderse en cada caso, respecto del terreno que representan.

2.2.5 Ensayos de Laboratorio

Se realizaran de acuerdo con las normas que se indican en la Tabla N 2.2.5

2.2.6 Compatibilización de perfiles estratigráficos

las muestras se clasificaran en todos los casos de acuerdo al SUCS y los resultados de esta clasificación serán comparados con la descripción visual-manual obtenida para el perfil estratigráfico de campo, procediéndose a compatibilizar las diferencias existentes a fin de obtener el perfil estratigráfico definitivo, que se incluirá en el informe final.

2.3 PROGRAMA DE INVESTIGACION

2.3.1 Generalidades

Un programa de investigaci6n de campo y laboratorio se define mediante:

a) Condiciones de frontera.

b) Número n de puntos a investigar.

c) Profundidad p a alcanzar en cada punto.

d) Distribución de los puntos en la superficie del terreno.

e) Número y upo de muestras a extraer.

f) Ensayos a realizar "In situ” y en el laboratorio.

2.3.2 Programa de Investigación Mínimo

El Programa de investigación aquí detallado constituye el programa mínimo

requerido por un EMS. De no cumplirse las condiciones indicadas, el Profesional Responsable deberá ampliar el programa de la manera más adecuada para lograr los

objetivos del EMS.

a) Condiciones de Frontera

Tienen como objetivo la comprobación de las características del suelo, supuestamente iguales a las de los terrenos colindantes ya edificados.

b) Número "n" de puntos a investigar

Se determina este número de sondajes en función del tipo de edificio y del área de la superficie a ocupar por este. 1 cada 225m², 2 cada 450m², 3 cada 800m², en urbanizaciones

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