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NORMAS DE AUDITORIA


Enviado por   •  26 de Mayo de 2011  •  8.580 Palabras (35 Páginas)  •  3.203 Visitas

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Materia AUDITORIA I

NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS

Material recopilado por MSc. Manlio Benito Reyes Díaz

FUENTE: UNIVERSIDAD DEL CAUCA - COLOMBIA

4.1 CONCEPTO DE NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA

Las Declaraciones de Normas de Auditoría o SAS (Statements on Auditing Standards) son interpretaciones de las normas de auditoría generalmente aceptadas que tienen obligatoriedad para los socios del American Institute of Certified Public Accountants AICPA, pero se han convertido en estándar internacional, especialmente en nuestro continente. Las Declaraciones de Normas de Auditoría son emitidas por la Junta de Normas de Auditoría (Auditing Standard Board ASB).

En Colombia las Normas de Auditoría de General Aceptación (NAGA) fueron elevadas a categoría de Normas Legales por el artículo séptimo de la ley 43 de 1990 el cual reza:

De las normas de auditoría generalmente aceptadas: se relacionan con las cualidades profesionales del Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo. [Ley 43, 7° ]

En otras palabras, aunque la Ley no plantea una definición propiamente dicha, se puede afirmar que las Normas de Auditoría de General Aceptación (NAGA) se consideran como el conjunto de cualidades personales y requisitos profesionales que debe poseer el Contador Público y todos aquellos procedimientos técnicos que debe observar al realizar su trabajo de Auditoría y al emitir su dictamen o informe, para brindarles y garantizarle a los usuarios del mismo un trabajo de calidad.

Son normas de Auditoría todas aquellas medidas establecidas por la profesión y por la Ley, que fijan la calidad, la manera como se deben ejecutar los procedimientos y los objetivos que se deben alcanzar en el examen. Se refieren a las calidades del Contador Público como profesional y lo ejercitado por él en el desarrollo de su trabajo y en la redacción de su informe. Las normas de Auditoría se definen como aquellos requisitos mínimos, de orden general, que deben observarse en la realización de un trabajo de auditoría de calidad profesional.

El SAS-1 trata en una forma amplia el tema de responsabilidades profesionales del auditor independiente. Estas responsabilidades son descritas en el contexto de las tres normas generales, las tres normas de ejecución del trabajo y las cuatro normas sobre la información.

4.2 NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS (NAGA)

Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas, tal como fueron aprobadas por el Congreso de la República y transcritas en la ley 43 de 1990 se dividen en tres grupos: normas personales, normas relativas a la ejecución del trabajo y normas relativas a la información.

Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas. Las normas tienen que ver con la calidad de la auditoría realizada por el auditor independiente. Los socios del AICPA han aprobado y adoptado diez normas de auditoría generalmente aceptadas (NAGA), que se dividen en tres grupos: (1) normas generales, (2) normas de la ejecución del trabajo y (3) normas de informar. [Bailey, 1998]

4.3 NORMAS PERSONALES

Las normas generales son de naturaleza personal y se relacionan con las cualidades del auditor y la calidad de su trabajo a diferencia de aquellas normas que se refieren a la ejecución del trabajo a las relativas al informe. Estas normas personales o generales se aplican por igual a las áreas del trabajo de campo y al informe. Las personas que desempeñan una profesión constituyen el factor más importante de la misma por tanto, la calidad de la gente marca la calidad de la profesión. Dicen como debe ser el auditor para garantizar que su trabajo sea de calidad.

Es difícil determinar cuales son los rasgos deseables para una persona; es más difícil aún especificar cuales son los rasgos deseables para una profesión. En consecuencia, estas normas generales son bastante amplias y permiten un considerable grado de interpretación. [ Bailey, 1998 ]

4.3.1 ENTRENAMIENTO TÉCNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL

La primera norma personal manifiesta:

El examen debe ser ejecutado por personas que tengan entrenamiento adecuado y estén habilitadas legalmente para ejercer la Contaduría Pública en Colombia. [ Ley 43, 7° ]

Esa norma personal reconoce que independientemente de lo capaz que sea una persona en otras disciplinas, incluyendo los negocios y las finanzas, no puede cumplir con las normas de auditoría sin una educación y una experiencia conveniente en el campo de la esta disciplina.

Norma General No. 1

La auditoría debe desempeñarse por una persona o personas que posean un adiestramiento técnico adecuado y pericia profesional [Bailey, 1998]

La primera norma general da por sentado que el auditor no puede satisfacer los requerimientos de normas de auditoría sin poseer dos características: una educación adecuada complementada con experiencia en campo contable. La primera se logra con el título universitario y la segunda se comprueba con la tarjeta profesional de contador público, pues para hacerse acreedor a ella se debe demostrar experiencia en el desempeño de labores técnico contables no inferior a un año.

En el desarrollo de un trabajo tendiente a expresar una opinión sobre estados financieros el auditor independiente actúa como un individuo capacita¬do en las prácticas contables y procedimientos de auditoría. La obtención de tal capacitación se inicia por la educación formal de la cual será complementada con experiencia práctica. La educación debe ser adecuada para formar a un profesional, ampliada con un entrenamiento adecuado para llenar los requisitos profesionales y no sólo ser lo necesariamente extensa en materia técnica, sino también incluir educación general es decir formación integral. La formación universitaria por sí sola no es suficiente para dar cumplimiento con la primera norma relativa a la persona del auditor, pues debe demostrar que se encuentra habilitado por la Ley, y esto sólo se puede lograr a través de la tarjeta profesional vigente de Contador Público.

El examen debe ser realizado por personas que estén habilitadas legalmente para ejercer la Contaduría Pública en Colombia, es decir estar acreditados por una tarjeta profesional de Contador Público con plena vigencia, y que tengan entrenamiento adecuado, conocimientos suficientes sobre la aplicación de los procedimientos y técnicas de

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