ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Notacion Cientifica


Enviado por   •  21 de Marzo de 2014  •  426 Palabras (2 Páginas)  •  286 Visitas

Página 1 de 2

Art. A12 Son causas legales que extinguen la acción penal y dan lugar al sobreseimiento definitivo de la causa?

a) La retractación oportuna del ofensor

b) Las explicaciones satisfactorias a juicio del agraviado

c) El perdón del agraviado

Art. 413 En qué momento del juicio el querellante podrá desistir?

En cualquier estado del juicio el querellante podrá desistir de la acción deducida. El desistimiento deberá constar en forma fehaciente o ser ratificado ante el presidente del tribunal de sentencia. Formulado el desistimiento el tribunal dictara el sobreseimiento definitivo.

DEL ANTEJUICIO PARA DEDUCIR RESPONSABILIDAD CRIMINAL A JUECES Y MAGISTRADOS

Art. 421 Cómo y por quien será promovido el antejuicio?

Será promovido por escrito por el ministerio público o por el agraviado, en su caso, por el superior jerárquico del respectivo juez o magistrado. Si se trata de un magistrado de la corte suprema de justicia se estará a lo dispuesto al procedimiento para conocer de los procesos incoados a los más altos funcionarios del Estado.

Art. 422 cuál es el trámite del antejuicio?

El órgano jurisdiccional llamado a conocer del antejuicio, proveerá lo procedente dentro de los 3 días siguientes a la fecha de la recepción de la solicitud, y ordenará al funcionario acusado que informe durante igual plazo, más el que corresponde por la distancia.

Art. 422 cuánto tiempo tendrá el órgano jurisdiccional para dictar sentencia en ul tramite de antejuicio?

El órgano jurisdiccional pronunciara sentencia durante los 3 días siguientes a la fecha de la recepción del informe declarando, sin prejuzgar sobre el fondo, si ha lugar o no a la acusación o querella.

Art. 423 Qué recursos cabrán contra el fallo de un antejuicio?

Contra la sentencia que declare que ha o no lugar a la acusación o querella, cabrán:

a) El recurso de apelación

b) El recurso de amparo en su caso

DEL JUICIO POR FALTAS

Art. 424 Cuál es la autoridad competente para conocer de las faltas?

Las faltas serán conocidas y resueltas por el juez de paz

Art.426 Cuál es el procedimiento a seguir cuando el imputado no admite la culpabilidad?

EL JUEZ:

a) Convocará de inmediato al imputado, al ofendido y a quien

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.6 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com