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Nulidad De Personalidad


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2014  •  595 Palabras (3 Páginas)  •  141 Visitas

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La tramitación de poderes notariales y, en particular, lo relativo a la revocación, modificación, extinción o renuncia de los mismos, se encuentra regulada por las Leyes del Notariado, específicamente en su Artículo 119 para el Distrito Federal; por tanto extiendo mi objeción de contenido y valor probatorio a dicho Poder Notarial ya que proviene de una institución Bancaria que tiene participación de funcionarios de la banca de origen extranjero, y requieren aprobación y actualización de sus documentos migratorios como en otro párrafo más adelante se demostrará. Adicionalmente es de sabido derecho y del dominio público que instituciones como la actora, tienen cambios frecuentes de mesa directiva, cambios de secretarios, cambios de delegados y cambios de apoderados facultados entre otros asuntos. A manera de ejemplo y por estrecha conexión al caso que nos ocupa, donde han acordado otorgar y/o ratificar el poder otorgado a xxxxxxxxxx en la escritura pública número xxxxxxxxxxxxxxxxF.” (sic) con las FACULTADES que más delante refiere en la hoja tres. Información obtenida y que puede ser consultada en páginas publicadas en internet cuya citación y vínculos electrónicos se citan a continuación: xxxxxxxxx

Ahora bien insisto en oponerme e impugnar en su totalidad el contenido y valor probatorio de la multicitada escritura número xxxxxxxxx pidiendo respetuosamente a esta H. Autoridad dotar de certeza y seguridad jurídicas para corroborar la existencia, validez, vigencia, modificación y posible revocación relativos al multicitado Poder Notarial que se objeta ya que se aprecia que xxxxxxxxxxxx fue facultado para otorgar Poder a la apoderado legal quien firma la demanda inicial que se combate, habiendo comparecido xxxxxxxxx en este territorio nacional como persona extranjera y cuya Forma Migratoria expedida por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaria de Gobernación fue vigente hasta xxxxxxxxxxlo cual es visible en xxxxxxxxxx de GENERALES de los comparecientes, por tanto no es certero que el poder NO actualizado que aquí se objeta sea veraz ni que haya sido pasado a los cambios del Notario Público por no presentarse ACTUALIZADO toda vez que a la fecha de hoy YA CADUCÓ la vigencia de la Forma Migratoria del poderdante xxxxxxxxxx como allí indica, por ende se le estaría acreditando a la Apoderado legal de la actora una personalidad mediante un facultado cuya legalidad y calidad migratoria no consta actualizada en autos y el suscrito podría quedar en estado de indefensión y deberá evitarse cualquier violación procesal.

A mayor abundamiento y para robustecer mi fundamento, esta H. autoridad sabe que el marco legal que regula la actividad del Registro Público de Comercio lo son: el Código de Comercio, el Reglamento del Registro Público de Comercio, la Legislación Mercantil (Ley General de Sociedades Mercantiles, Ley General de Títulos

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