POSTULADOS BASICOS DE CONTABILIDAD
MU148 de Mayo de 2014
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INTRODUCCION
Al hablar de los “Postulados básicos de la contabilidad”, nos referimos a la columna vertebral sobre la cual descansa la práctica profesional de la contaduría pública. Su conocimiento y comprensión, coadyuvan al contador público para que éste presente una información financiera apropiada a los usuarios de la misma. Esta norma financiera vino a sustituir el término de “principio contable” por el de “postulado básico”. Antes se tenían nueve principios básicos, hoy en día se tienen ocho postulados básicos.
El objetivo de los postulados contables básicos de la contabilidad, es la de permitir vincular el sistema de la información contable con el entorno en que éste opera, por lo cual el “Centro de Investigación y Desarrollo” del CINIF, como órgano responsable de la emisión de las normas de información financiera, la que proporciona al contador público, las herramientas suficientes para preparar una información financiera comprensible y útil para todo tipo de usuario.
Es aplicable para todas las entidades que emitan estados financieros, en los términos establecidos por la NIF-3 “Necesidades de los usuarios y objetivos de la información financiera”. Los postulados básicos son fundamentos que rigen el ambiente bajo el cual debe operar el sistema de información contable y:surgen como generalizaciones o abstracciones del entorno económico en el que se desenvuelven el sistema de información contable; se deriva de la experiencia, de las formas de pensamiento y políticas o criterios impuestos por la práctica de los negocios, en su sentido amplio; se aplican en congruencia con los objetivos de la información financiera y sus características cualitativas.
1. SUSTANCIA ECONOMICA
La sustancia económica debe prevalecer en la delimitación y operación del sistema de información contable, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan a una entidad.
De este postulado entiendo que se debe atender principalmente lo relativo a la situación financiera de una entidad con independencia de la forma jurídica que esta tenga ya que como su nombre indica la forma jurídica atiende a factores formales de la entidad y no a la sustancia de sus operaciones, es decir se debe dar prioridad al fondo más que a la forma, las formalidades jurídicas se deben de observar en un contexto diferente al de la sustancia económica; incluso se menciona un ejemplo en el caso de la venta de un activo a un tercero que en apariencia legal la compraventa supone una transferencia de la propiedad sin embargo puede haber acuerdos de que aun y cuando se realizo dicho negocio jurídico la entidad en cuestión pueda seguir disfrutando de algunos beneficios económicos del activo transferido, por lo tanto el ajustarnos a informar sobre la existencia de la venta desde la óptica del contrato jurídico no representaría la transacción de forma adecuada.
De manera de ejemplo, supongamos dos ventas a crédito, la primera de ellas se realiza sin garantía documental y la segunda se garantiza con un documento (Pagaré). En la primera venta no tenemos ningún problema, ya que la contabilizaremos en la cuenta de “Clientes”; para la segunda, es posible que alguien utilice la cuenta de “Documentos por Cobrar”, bajo el argumento de que la forma legal de la venta fue a través de un pagaré, lo que es incorrecto. Pero si se aplica la sustancia sobre la forma, lo correcto es utilizar también la cuenta de “Clientes”, ya que la sustancia económica de la transacción fue la generación de ingresos mediante la venta de mercancías a crédito, lo cual constituye, además, la actividad operativa principal de la entidad.
2. ENTIDAD ECONÓMICA
La entidad económica es aquélla unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros (conjunto integrado de actividades económicas y recursos), conducidos y administrados por un único centro de control que toma decisiones encaminadas al cumplimiento de los fines específicos para los que fue creada.; la personalidad de la entidad económica es independiente de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores.
Es identificable porque persigue fines económicos particulares y que es independiente de otras, existe un conjunto de recursos con estructura y operación propias, encaminadas al cumplimiento de fines y, se asocia con un único centro de control que toma decisiones con respecto al logro de fines específicos. No tienen que coincidir con la entidad jurídica ya que para emitir información financiera la entidad económica prevalece sobre los componentes individuales.
Las actividades económicas de la entidad combinadas con sus recursos, determinan el su valor económico que es independiente del valor de cada uno de sus elementos. Al hablar de único centro de control independiente se refiere que a pesar de que la entidad puede ser un sujeto jurídico independiente o un conjunto de éstos, en ambos casos se debe controlar bajo un solo centro de decisiones La entidad económica se asume como una entidad identificable con personalidad independiente de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores, por lo que sólo deben de incluirse en la información financiera los activos, pasivos y el capital contable o patrimonio contable de este ente económico independiente. Lo mismo pasa con la entidad persona física como una unidad de negocios bajo el control de la persona física, en el caso de las personas morales se diferencia al ente moral de los miembros que la integran y por ende solo deben incluirse los activos, pasivos y el capital contable o patrimonio contable de dicha entidad.
Lo anterior lo podemos ejemplificar de la forma siguiente, supongamos que el accionista principal de una empresa, realiza gastos en el extranjero derivado de las vacaciones que pasó con su familia. A su regreso, y a solicitud de éste la empresa le reembolsa el monto total de sus gastos. Por lógica, la empresa afectará sus resultados a la baja por unos gastos que no corresponden al giro de la empresa. Por ende, se viola este postulado de “Entidad Económica” ya que, el resultado refleja erogaciones que no pertenecen a la entidad.
3. NEGOCIO EN MARCHA
La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos, con base en las NIF. En tanto prevalezcan dichas condiciones, no deben determinarse valores estimados provenientes de la disposición o liquidación del conjunto de los activos netos de la entidad. Aquí se entiende que la existencia de la entidad es permanente y por un tiempo ilimitado, si la información que tiene la administración tiene un historial de rentabilidad, acceso a recursos, la base de negocio en marcha es adecuada, cuando no se menciona expresamente el negocio en marcha se asume su continuidad, en una situación atípica que el horizonte de la entidad sea limitado, dicha entidad se sujetara a las disposiciones de la NIF que le sean aplicables.
Por ejemplo: Los inversionistas potenciales que arriesgan su dinero en la empresa, conocen perfectamente que durante la vida de ésta podrán recuperar su inversión más un beneficio, pues saben que se trata de un negocio que tiene una vida indefinida.
Ahora bien, cuando una empresa se encuentra en crisis y los socios deciden entrar en un proceso de liquidación. Su información financiera, principalmente sus activos, deberán presentarse a su valor de realización y será necesario revelarlo con una nota aclaratoria en los estados financieros.
4. DEVENGACIÓN CONTABLE
Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo la entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados para fines contables.
Ej. Donaciones o contribuciones otorgadas, adquisiciones de activos a través de
Contrato de arrendamiento financiero
Algunas definiciones:
Transacciones Una transacción es un tipo particular de evento en el que media la transferencia de un beneficio económico entre dos o más entidades. La transacción puede ser recíproca cuando cada entidad recibe y transfiere recursos económicos, o no recíproca, cuando sólo una de las entidades recibe recursos económicos y otra transfiere dichos recursos; por ejemplo, en el caso de donaciones o contribuciones otorgadas o recibidas. Las transacciones se reconocen contablemente cuando en un acuerdo de voluntades se adquiere un derecho por una de las partes involucrada en dicha transacción y surge una obligación para la otra parte involucrada, independientemente de cuándo se realicen.
Por ejemplo, cuando se ha entregado o recibido la mercancía, ya sea en el lugar de destino o en el de embarque, según se haya pactado; cuando se ha otorgado o recibido el servicio; cuando se han efectuado traslaciones de dominio o adquisiciones de activos a través de un contrato de arrendamiento financiero, entre otros.
Transformaciones internas. Las transformaciones internas son cambios en la estructura financiera de la entidad a consecuencia de decisiones internas, los cuales le ocasionan efectos económicos que modifican sus recursos o sus fuentes. Las transformaciones internas se reconocen contablemente en el momento en que modifican la estructura de sus recursos y sus fuentes. Por ejemplo, la transformación de materia
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